Hacienda.gob.es 27.12.23
El Real Decreto tiene por objetivo aprobar, para el ámbito de la Administración General del Estado, la tasa adicional que fue previamente autorizada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, con el objetivo de convocar procesos selectivos conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. El artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023 contemplaba, en cuanto a los procesos de estabilización de interinos, una tasa adicional a las Administraciones Públicas Estatal, Autonómicas y Locales.
La norma que hoy se aprueba es la relativa a la Administración General del Estado. De esta forma, con ella se garantiza en todo el territorio el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad, con los criterios previstos en dicho Real Decreto-ley 5/2023.
Se cumple así con el espíritu de la Ley 20/2021, que tiene por objeto situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8% en el conjunto de las Administraciones Públicas españolas, en línea con lo comprometido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Esta ley autorizaba una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal.
La oferta de empleo público que se aprueba, cuyos principios van en consonancia con lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, se ha elaborado previa comprobación con los distintos departamentos ministeriales del volumen de empleo temporal susceptible de estabilización. En ella se cuantifica el número de plazas a convocar en función del colectivo de personal afectado.
Asimismo, se trata de una medida acordada con los sindicatos, ya que se ha negociado en la Comisión Técnica de Temporalidad y Empleo de la Administración General del Estado. Cuenta además con el acuerdo de los sindicatos UGT y CCOO en el seno de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, celebrada el pasado 22 de diciembre.
Casi 900 plazas
De esta forma, este proceso de estabilización permitirá la incorporación de 884 plazas, en su mayor parte funcionarios.
En concreto, del total, 793 plazas serán de funcionarios de la Administración General del Estado, de los cuerpos A1 (73), A2 (224), C1 (8) y C2 (488). Otra plaza corresponde a personal laboral de Instituciones Penitenciarias.
El resto corresponden a plazas de personal estatutario. Así, habrá 77 plazas correspondiente a la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa, sumando el personal facultativo, el personal no facultativo y el personal de gestión y servicios. Los 13 restantes forman parte del personal estatutario del Ministerio de Sanidad, tanto del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) como de la Organización Nacional de Trasplantes.
Los procesos de estabilización que se celebren deberán garantizar, por tanto, el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El sistema de selección para los procesos de la tasa adicional de estabilización previstos en el Real Decreto será el sistema de concurso, que deberá ser convocado y resuelto por cada departamento ministerial.
Además, las convocatorias derivadas de esta tasa adicional de estabilización deben estar resueltas antes del 31 de diciembre de 2024.
Con estas convocatorias de estabilización, unidas a las ofertas de empleo público sin precedentes que se han celebrado en estos últimos años, se pretende seguir profundizando en el fortalecimiento de los servicios públicos, reforzando las plantillas de empleados públicos que tantos años se han visto mermadas tras años de recortes.
Además, se mejora y dignifica la calidad en el empleo público, uno de los objetivos primordiales de este Gobierno. Ello incide en la mejora del Estado del Bienestar y en conseguir unos servicios con unos medios humanos y materiales suficientes y de calidad, que presten servicios a todos los ciudadanos vivan donde vivan.
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