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Declara el TS que la distancia mínima de 500 metros respecto de zonas pobladas para el emplazamiento de los cementerios de nueva construcción no es de aplicación a los casos de construcción de hornos crematoriosProcede la confirmación de la sentencia impugnada que desestimó el recurso interpuesto por la Asociación actora contra el otorgamiento de licencia de construcción de tanatorio con servicio de incineración -crematorio-. Se discute en el pleito si la distancia mínima de 500 metros de zonas pobladas para el emplazamiento de los cementeros de nueva construcción, prevista en el art. 50 del Reglamento de Policía Mortuoria de 1974, ha de aplicarse en los casos de construcción de hornos crematorios, se encuentren o no en el recinto de un cementerio.
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Para que pueda deducirse de la cuota del Impuesto sobre Sociedades los rendimientos financieros derivados de operaciones vinculadas sujetos a retención, es necesario el pago de los rendimientosEl debate litigioso consiste en determinar si la entidad recurrente tiene o no derecho a deducir de la cuota del Impuesto sobre Sociedades la cantidad que debió ser retenida por otra entidad, en el marco de unos rendimientos financieros derivados de operaciones vinculadas entre ellas.
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El TS reconoce la indemnización de daños y perjuicios al contratista cuando aumenta el plazo de ejecución de la obra por causas no imputables al mismo, y establece el método para la determinación de su importe
Estima la Sala el recurso interpuesto por la entidad actora en el que sostiene que debe ser indemnizada por los perjuicios sufridos por el retraso en el comienzo de las obras adjudicadas debido a la falta de disponibilidad de los terrenos, lo que era responsabilidad de la Administración adjudicataria, y por el retraso debido a la legalización de determinadas instalaciones; asimismo se impugna el cálculo de la indemnización concedida correspondiente a los costes indirectos por un porcentaje estimativo cuando ha ofrecido una cuantificación documentada de los perjuicios efectivos sufridos.
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El TS determina el cómputo del plazo de prescripción para determinar la deuda tributaria cuando se devuelven las actuaciones por la jurisdicción penal, previamente remitidas por la Administración tributaria
Estima el Tribunal el recurso contra la sentencia que entendió que la deuda tributaria correspondiente al Impuesto sobre Sociedades, liquidada al deudor principal y que se incluyó en el acuerdo de derivación de responsabilidad a la actora, no estaba prescrita, considerando que, junto a la circunstancia de la remisión de las actuaciones al Ministerio Fiscal y la posterior devolución a la AEAT, no se habría superado el plazo máximo de duración del procedimiento inspector.
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Un funcionario interino elegido concejal no tiene derecho a la permanencia en el mismo puesto de trabajo en el centro en el que estuviera prestando servicios en el momento de la elecciónSe plantea en el litigio si el derecho de los funcionarios electos como miembros de las corporaciones locales -sin dedicación exclusiva en dicha condición- a la permanencia en el mismo puesto de trabajo en el centro o centros de trabajo -en el presente caso públicos- en los que estuvieran prestando servicios en el momento de la elección, es extensible a quienes están unidos por vínculo estatutario temporal con nombramiento interino, o, por el contrario, se reconoce únicamente a quienes mantienen vínculo estatutario fijo o son funcionarios de carrera.
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El TS fija que, para la acreditación de residencia a los efectos de aplicar la exención en el IVA por exportación de bienes en régimen de viajeros, no basta con la aportación del pasaporte
La cuestión debatida en el presente recurso gira en torno a la interpretación del art. 9.2.º.B b) del Reglamento del IVA, que desarrolla los requisitos establecidos en el art. 21.2.º A) de la Ley 37/1992 del IVA, para la exención de las entregas de bienes a viajeros, en concreto la acreditación de la residencia habitual del adquirente de los bienes, requisito esencial para el reconocimiento de la exención.
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Establece el TS que la nuda propiedad no es título suficiente para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual, a efectos del IRPF
Se recurre la sentencia que rechazó la aplicación de la exención por reinversión en vivienda habitual, a efectos del IRPF, por no ser la actora titular de la propiedad de la vivienda en la que residía habitualmente, sino de la nuda propiedad.
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Declara el TS que, a efectos de valorar el fondo de comercio generado en una operación de fusión por absorción de entidades, la Ley no permite tener en cuenta el porcentaje de participación que poseían otras entidades absorbidas por la obligada tributaria
Se plantea ante la Sala si en los procesos de fusión en los que una sociedad absorbe en unidad de acto a varias sociedades respecto de las cuales no posee una participación previa, pero sí que existe dicha participación previa entre las sociedades absorbidas -y ésta es superior al 5%-, habiéndose satisfecho por ella un precio superior al valor de los fondos propios, resulta de aplicación el régimen establecido en el art. 89.3 del TR de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, resultando deducible en el Impuesto de Sociedades de la entidad absorbente el correspondiente fondo de comercio, con el límite de la veinteava parte.
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Declara el TS que en el procedimiento de elaboración de las ordenanzas fiscales municipales no es exigible seguir el trámite previo de consulta pública previsto en el art. 133.1 de la LPACSe plantea ante la Sala si en la elaboración de las ordenanzas fiscales municipales, ha de observarse el trámite de consultas previsto en el art. 133 de la LPAC, con carácter previo a su aprobación inicial o, por el contrario, y de conformidad con lo dispuesto en su la DA 1.ª, es suficiente atender el cauce previsto en los arts. 15 a 19 del TRLHL.
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El TS establece cómo ha de determinarse la base imponible del IAJD cuando se formaliza una escritura pública en la que se ejerce el derecho de opción de compra que comporte la cancelación anticipada del arrendamiento financiero
En el presente recurso se plantea ante la Sala cómo ha de cuantificarse la base imponible del IAJD, en el caso de que se formalice en escritura pública el ejercicio de un derecho de opción de compra que comporte la cancelación anticipada de un contrato de arrendamiento financiero.
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Un Ayuntamiento no puede embargar el dinero de las cuentas bancarias de otra Administración Pública al formar parte de sus recursos financieros, preordenados a fines de interés generalEl presente debate casacional gira en torno a si un Ayuntamiento puede embargar el dinero de una cuenta bancaria de la que es titular otra Administración -en este caso la Comunidad Autónoma de Murcia- a fin de proceder al cobro de las deudas tributarias que esta Administración mantiene con la entidad local.
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El plazo de un año para reclamar a la Administración por la anulación de un acto empieza a contar desde la notificación de la sentencia o resolución administrativa a que se impute el daño antijurídico y no desde la ejecución de la resolución
Ha lugar al recurso interpuesto en cuanto la sentencia impugnada declaró prematura la reclamación de responsabilidad patrimonial instada por el Ayuntamiento recurrente contra la Administración General del Estado con fundamento en la anulación judicial, previa declaración de lesividad, de una resolución del Consejo Superior de Deportes que había concedido una subvención para la ejecución de infraestructuras y equipamientos deportivos.
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El TS examina el carácter de los consorcios a los efectos de la aplicación de la exención del art. 9.1 b) del Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades
Se confirma la sentencia que reconoció la aplicación de la exención del art. 9.1 b) del TRLIS -actual art 9.1 b) de la LIS- al Consorci Parc de Recerca Biomèdica de Barcelona -entidad pública de la Comunidad Autónoma-, al entender que existía una relación de semejanza con los Organismos autónomos estatales, dada su finalidad pública y el interés general que inspiró su creación.
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El TS reitera que la alteración de la descripción catastral, adoptada en un procedimiento de subsanación de discrepancias y de rectificación, no tiene efectos retroactivos
En el presente recurso se plantea ante el Tribunal si tiene efectos retroactivos un acuerdo de alteración de descripción catastral, adoptado en un procedimiento de subsanación de discrepancia y de rectificación del art. 18 del RD-Leg. 1/2004, por el que se aprueba el TR de la Ley del Catastro Inmobiliario.
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Para la renovación de la autorización de residencia y trabajo no puede entenderse cumplida la exigencia de búsqueda activa de empleo mediante la inscripción en el SPE, más de seis meses después del cese en el empleo que justificó la autorización inicialConfirma la Sala la resolución desestimatoria de la solicitud del recurrente de modificación de residencia por circunstancias excepcionales a autorización por residencia temporal y trabajo por cuenta ajena inicial.
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Para la valoración de un terreno expropiado situado en suelo rural destinado a la práctica del fútbol, ha de tomarse en consideración las rentas reales o potenciales de la explotación deportiva efectivamente realizada
Se plantea en el recurso si los terrenos en situación de suelo rural, pero destinados por el planeamiento urbanístico a equipamientos deportivos al servicio de la comunidad que necesariamente han de ser de titularidad pública, ya destinado a este fin desde hace más de treinta años, en aplicación del art. 36.1 a) del TR de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana de 2015, deben ser valorados de acuerdo con las rentas reales o potenciales de una supuesta explotación agraria o de acuerdo con las rentas reales o potenciales de la explotación deportiva efectivamente realizada, cuando la causa expropiandi es asegurar la continuación de la referida práctica deportiva.
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El TS establece el significado y alcance del principio de neutralidad tecnológica, y aclara si la realización de inversiones para garantizar la prestación del servicio mayorista justifica la aplicación de condiciones económicas diferenciadas
Entiende la Sala que la sentencia de la AN recurrida, que confirmó la resolución de la CNMC, que entendió razonable la cuota mensual impuesta a la entidad actora por la provisión del servicio de TV en RF, es acorde con la doctrina que fija sobre el principio de neutralidad tecnológica pública propugnado en la LGT de 2014.
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El TS declara que los Colegios de Abogados no pueden establecer reglas específicas y pormenorizadas referidas a actuaciones profesionales concretas que conduzcan a una determinada cuantificación de los honorarios de los abogados
Se debate en el presente recurso si los criterios orientativos establecidos por los Colegios de Abogados aprobados al amparo de la DA 4.ª de la Ley 2/1974, sobre Colegios Profesionales, establecidos a “los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados”, constituyen un baremo de precio prohibido por el art. 14 de la citada Ley y constitutivos de infracción del art. 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia -LDC-.