Estatal - Administrativo
No puede denegarse la prórroga del plazo de alegaciones con fundamento exclusivo en que de otorgarse se superaría el plazo máximo permitido para la tramitación del procedimiento de inspección tributariaSe plantea en el litigio si el principio de buena administración permite a la Administración denegar la ampliación de un plazo de alegaciones durante el desarrollo del procedimiento inspector, solicitada por el comprobado, con fundamento exclusivo en que, de otorgarse, se superaría el plazo máximo previsto para la tramitación del expediente.
Estatal - Social
No resulta discriminatorio que a los trabajadores indefinidos no fijos se les restrinja la participación en un concurso de trasladosSe estima el recurso de la Junta de Castilla y León y se revoca la sentencia que declaró el derecho de la actora -trabajadora indefinida no fija- a ser admitida en el concurso de traslados abierto y permanente convocado.
Estatal - Administrativo
No cabe invocar el art. 29 de la LJCA para exigir el cumplimiento de la obligación legal genérica de mantenimiento de las carreteras por parte de la Administración pública titular de las mismasSe confirma la sentencia dictada en materia de inactividad administrativa respecto de la obligación legal de mantenimiento y conservación de carreteras, y que declaró no haber lugar a la pretensión deducida por la mercantil ahora recurrente de reparación de determinado tramo de carrera por parte de la Administración Autonómica.
Estatal - Administrativo
El Supremo establece el alcance de las facultades del órgano jurisdiccional en relación con la declaración de “apto” o “no apto” de un aspirante a Inspector del Cuerpo Nacional de PolicíaSeñala el Tribunal Supremo que el órgano jurisdiccional que anule por falta de motivación el juicio técnico emitido por el tribunal calificador en relación con un ejercicio consistente en la resolución de un supuesto práctico en el proceso selectivo para el ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía tiene la facultad para declarar la aptitud de un aspirante cuando alcance fundadamente esa convicción tras la valoración del expediente y del resto del material probatorio existente en actuaciones, muy en particular, de la prueba pericial practicada en el proceso con todas las garantías.
Estatal - Administrativo
El TS anula los preceptos del Reglamento sobre procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida que infringen el principio de jerarquía normativaSe estima en parte el recurso interpuesto contra el RD 574/2023, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España durante el período 1950-1985, y se anula el apartado c) de su art. 2, así como el apartado h) del art. 6 y el apartado 2 del art. 8 del mismo. Señala la Sala que dichos preceptos imponen un requisito que no se encuentra en la Disposición Adicional 56.ª de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado, que delimita los contornos de lo que cabe entender como afectado por la talidomida a los efectos de la concesión de ayudas.
Estatal - Administrativo
El TS se pronuncia sobre las implicaciones jurídico-tributarias de una sociedad en formaciónSe plantea en el recurso si durante el intervalo que media entre el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada y su inscripción en el Registro Mercantil procede la sujeción de la entidad al impuesto sobre sociedades o de sus socios al régimen de atribución de rentas en el IRPF.
Estatal - Administrativo
El TS otorga legitimación a unos centros educativos privados no concertados para impugnar la autorización de precios para actividades complementarias de un centro concertadoSe plantea en el recurso si las asociaciones recurrentes tienen legitimación para impugnar la autorización de precios de las actividades complementarias de un centro educativo concertado cuando en el recurso se cuestiona también, por vía indirecta, la legalidad de las instrucciones aprobadas por la Comunidad de Madrid que regulaban esa autorización.
Estatal - Administrativo
Reitera el TS la doctrina sobre el inicio del plazo de caducidad del expediente de derivación de responsabilidad por deudas con la Seguridad SocialSe plantea en el recurso si cuando se solicita por la Tesorería General de la Seguridad Social a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, informe con base en el art. 79 de la Ley 39/2015 -antiguo art. 82 de la Ley 30/1992-, sobre la posible existencia de grupo de empresas, se debe entender ya iniciado el procedimiento administrativo de derivación de responsabilidad solidaria, aunque el acuerdo de incoación del expediente de derivación de responsabilidad sea de fecha posterior, o, por el contrario, se debe considerar como una actuación previa al procedimiento de derivación de responsabilidad, a efectos del cómputo del plazo de caducidad de seis meses previsto en el art. 13.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
Estatal
El Pleno del TC declara por unanimidad inconstitucional la diferencia retributiva entre los Letrados Coordinadores del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo que pertenecen a la carrera judicial y los de otros cuerpos funcionarialesEl Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sección Séptima de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justifica de Madrid contra el art. 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ).
Estatal - Administrativo
Los municipios pueden establecer una tasa a los propietarios de garajes por el uso de la acera al entrar y salir los vehículos del estacionamientoEstima la Sala el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Burgos y declara que el art. 20.3 h) del TRLHL permite establecer una tasa local por entradas y salidas de vehículos a través de las aceras, con independencia de que la acera que atraviesan los vehículos para su incorporación a los garajes esté instalada sobre un terreno de propiedad privada pero de uso público general, pues lo determinante para que se dé el hecho imponible de la tasa examinada no es la mayor intensidad en el aprovechamiento de la acera, sino la mayor intensidad en la utilización de la calzada que tienen que hacer los propietarios de los locales que se emplean como garajes; sin que sea necesario que la ordenanza reguladora de la tasa contemple explícitamente la sujeción de este supuesto de aprovechamiento especial.