El Gobierno de Navarra propone un máximo de 3 días de teletrabajo a la semana

 16/07/2020
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La propuesta de borrador del decreto foral de Teletrabajo, confeccionada por el Gobierno de Navarra, plantea usar esta modalidad de manera voluntaria como máximo tres días a la semana y combinarla con dos jornadas presenciales, con una duración máxima de un año que podrá prorrogarse automáticamente por el mismo periodo.

Noticiasdenavarra.com – Sagrario Zabaleta – 16.07.20

El Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior ha distribuido a LAB, CCOO, Afapna, ELA y UGT su planteamiento, después de que su uso se extendiera de manera obligatoria en parte de la plantilla de la Administración por la pandemia. Las centrales estudiarán ahora el documento de 14 artículos para enviar sus aportaciones a la consejería de Javier Remírez, y empezar a negociar en septiembre.

El borrador remarca que su aplicación se extiende "al personal que preste sus servicios en la Administración de la Comunidad Foral y a sus organismos autónomos y que ocupe un puesto susceptible de aplicar esta modalidad". Quedan fuera del teletrabajo profesionales del ámbito de la salud, educación, justicia, policía y bomberos. El Gobierno pretende "favorecer la conciliación de la vida profesional, personal y familiar" con este reglamento, ya que como hasta ahora apenas se utilizaba esta modalidad, no tenía una regulación. Apenas el 3,9% de los ocupados en Navarra teletrabajó el año pasado.

El Gobierno reconoce que este personal "no sufrirá ninguna modificación en sus retribuciones ni en sus oportunidades de promoción y formación". Además se le garantiza el derecho a la desconexión digital, y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar del trabajo y frente a la geolocalización.

Las personas interesadas en solicitar el teletrabajo deben comunicarlo "al órgano superior jerárquico responsable de su unidad". En el caso de que haya varias peticiones y no todas puedan aceptarse porque puede peligrar "la prestación del servicio público", el borrador establece criterios de preferencia basados en la salud y en la conciliación. Tendrán prioridad los trabajadores o trabajadoras que padecen alguna enfermedad que puede mejorar con el teletrabajo, siempre y cuando un informe médico, expedido por el Servicio Público de Salud, lo acredite; o quienes tienen a su cargo personas menores de 14 años o mayores hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, dependientes o con discapacidad, siempre que convivan en el domicilio familiar.

PERFILES APTOS

El texto especifica nueve funciones viables para teletrabajar: informe y asesoramiento técnico o jurídico; gestión administrativa a través de medios informáticos; redacción, corrección y tratamiento de documentos; redacción o elaboración de memorias, informes, estudios, planes o proyectos, así como su revisión, estudio y análisis; preparación de borradores de proyectos de disposiciones normativas o de actos administrativos generales; actualización de registros informatizados; análisis, diseño, programación o gestión de sistemas de información y comunicaciones; traducción; o cualquier otra función que pueda ser ejercida de forma autónoma y no presencial o constituya una tarea común de carácter administrativo. El Gobierno propone tres días como máximo de teletrabajo, pero advierte de que "por necesidades del servicio justificadas y avisando con una antelación mínima de 24 horas, podrá ser requerido de manera presencial". Además, prohíbe fraccionar en una jornada diaria el modelo presencial con el de teletrabajo.

El documento no deja claro quién asume los gastos del teletrabajo ni especifica quién aportará las herramientas. En el artículo 5 que recoge los requisitos para teletrabajar, uno de los apartados señala que será necesario "tener a su disposición los sistemas informáticos y de comunicación con las características que se definen a la fecha de inicio de la prestación del servicio". Aunque podría intuirse la disposición del Gobierno en posibilitar el material de trabajo requerido, ya que en el artículo 10, que hace referencia a la suspensión temporal o revocación del trabajo, en una de las causas señala que podrá dejar de teletrabajar si "altera el equipo informático que, en su caso, se haya facilitado, ya sea modificando la configuración, instalando en él aplicaciones o alterando los elementos periféricos sin autorización de la Administración o por el uso en tareas ajenas al trabajo". Además el decreto deja claro que se denegará esta modalidad a aquellas personas que "tengan limitaciones o carencia de las infraestructuras tecnológicas necesarias o la imposibilidad de asegurar la conectividad en el lugar del teletrabajo".

Ahora los sindicatos con representación en la Mesa General de Función Pública, LAB, CCOO, Afapna, ELA y UGT, valorarán el documento y presentarán sus aportaciones. Entre ellos, UGT analizará la propuesta a finales de julio, aunque señala que habrá que concretar aspectos, como quién asume el gasto que origina el teletrabajo y quién aporta los equipos informáticos, además de mejorar cuestiones como la conexión en red, estabilizar las jornadas de teletrabajo permitidas cada semana y su flexibilidad, etc.

EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales facilitará a las personas que van a teletrabajar la evaluación de riesgos de su actividad no presencial y la información sobre seguridad y salud laboral para evitar y minimizar riesgos. El borrador señala que "este personal deberá aplicar bajo su responsabilidad las medidas preventivas que se establezcan en dicha evaluación". Por último, el documento establece que "a efectos de contingencias profesionales, será de aplicación la normativa vigente en materia de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales".

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