El BOE publica el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del sector público estatal

 16/05/2017
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado viernes el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local. Este Real Decreto tiene por objeto, siguiendo con los esfuerzos realizados por las Entidades locales en los últimos ejercicios, reforzar la gestión regular de los fondos públicos, el empleo eficiente de los mismos y la sostenibilidad financiera de las Entidades Locales.

- Se dota de un sistema similar al implementado en el Estado con objeto de verificar el cumplimiento de la legalidad y analizar que la actividad económico financiera de la Entidad local así como de sus organismos y sociedades mercantiles se adecúan a los principios de buena gestión financiera.

- En la tramitación del RD se han tenido en cuenta las observaciones realizadas por los diversos agentes interesados como el Tribunal de Cuentas, la FEMP, CCAA o asociaciones de funcionarios dedicados al control interno en el ámbito local.

12 de mayo de 2017.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local. Este Real Decreto tiene por objeto, siguiendo con los esfuerzos realizados por las Entidades locales en los últimos ejercicios, reforzar la gestión regular de los fondos públicos, el empleo eficiente de los mismos y la sostenibilidad financiera de las Entidades Locales.

Con este Real Decreto se cumple con el mandato del artículo 213 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales por el que se encomienda al Gobierno -a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas- establecer las normas que garanticen una definición homogénea de los sistemas de control interno de las Intervenciones de las entidades locales con el objeto de reforzar el papel de los órganos de control, apoyando la labor que éstos desarrollan.

Para ello, aprovechando la experiencia de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), se dota de un sistema similar al implementado en el Estado, con un desarrollo tanto de los controles previos de legalidad como, y especialmente, de los controles que se ejercen con posterioridad y que tienen por objeto no solo verificar el cumplimiento de la legalidad sino también analizar que la actividad económico financiera de la Entidad local así como de sus organismos y sociedades mercantiles se adecúan a los principios de buena gestión financiera.

Adicionalmente, como mecanismo de apoyo, se regula un sistema de resolución de las discrepancias que pudieran surgir entre los órganos de control y los Alcaldes o Plenos de las entidades locales, en el que participaría la IGAE o las Intervenciones Generales de las Comunidades Autónomas si tienen atribuida la tutela financiera de las entidades locales.

También, con la finalidad de dar apoyo a los órganos de control, la IGAE podrá acordar con las entidades locales el acceso a sus bases de datos o la resolución de consultas en la materia.

Este Real Decreto ha tenido en cuenta en su tramitación las observaciones realizadas por los diversos agentes interesados como el Tribunal de Cuentas, la Federación Española de Municipios y Provincias, las Comunidades Autónomas o las asociaciones de los funcionarios dedicados al control interno en el ámbito local como COSITAL.

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