EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 18 DE MARZO DE 2025, DE LA CONSEJERA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN Y CAPACITACIÓN ENTRE LA POBLACIÓN JOVEN DE CANTABRIA.
BDNS (Identif.): 821007.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/821007).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Segundo. Objeto.
1. La presente Resolución tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento de actividades difusión y capacitación llevadas a cabo por entidades locales en base a objetivos de la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud. Del mismo modo se pretende fomentar los encuentros entre jóvenes en los municipios con menor población, la cooperación entre municipios en materia de juventud y la integración de las entidades locales dentro Red Cántabra de Documentación e Información Juvenil.
2. Se consideran proyectos subvencionables y podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos de sensibilización y capacitación dirigidos a jóvenes con edades entre los 14 a 30 años, inclusive, en torno a las siguientes líneas de acción:
a) Unión Europea y los jóvenes: actividades destinadas a actividades de difusión de los Programas Europeos de Juventud promovidos por la Unión Europea, destinados a visibilizar su existencia y relevancia entre la población joven de la comunidad, a la vez de dotar a la misma de las capacidades para acceder a dichos programas. Los proyectos deberán prestar atención individualizada a los colectivos juveniles en riesgo de exclusión, buscando promover su participación activa en Programas Europeos de Juventud promovidos por la Unión Europea.
b) Capacitación en emprendimiento e innovación: actividades destinadas a la formación práctica en procesos de emprendimiento y fomento de la innovación como factores de mejora de la empleabilidad. Los proyectos deberán dar a conocer los recursos existentes para los jóvenes en formación, reglada o no, y sobre recursos de emprendimiento y autoempleo promovidos por la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Estado y la Unión Europea.
c) Igualdad e inclusión: actividades de fomento de la inclusión e igualdad de oportunidades y derechos de las personas jóvenes con acciones de sensibilización y formación frente a la discriminación y exclusión de cualquier género, con especial referencia a la recibida por las personas jóvenes discapacitadas, las LGTBIQ+ y las migrantes. Tendrán cabida los proyectos dirigidos a concienciar sobre la participación activa en la lucha contra la violencia de género en todas sus manifestaciones. Los proyectos deberán abordar la necesidad de construir una sociedad con la diversidad como valor positivo de presente y futuro.
d) Mundo digital: actividades de capacitación en el uso de las nuevas tecnologías de manera responsable, identificando sus potencialidades y peligros individuales y colectivos de su mal uso. Tendrán cabida proyectos destinados al fomento de la utilización de las nuevas tecnologías como medio de relación con las Administraciones Públicas.
e) Hábitos de vida saludable: actividades destinadas a la promoción de la salud y de hábitos de vida saludables, con especial referencia a aspectos relacionados con la detección y abordaje de las adicciones, con y sin sustancia, y los problemas de salud mental entre los jóvenes. Los proyectos deberán dar a conocer los recursos existentes en materia de salud, aportar estrategias y técnicas para una vida saludable, a la vez de romper la estigmatización de quieren sufren problemas de salud mental o adicciones.
f) Juventud rural: actividades destinadas a jóvenes de las zonas rurales con el fn de fomentar las posibilidades de formación, empleo y experiencias prácticas de iniciativas económicas exitosas en el espacio rural. Los programas han de promover el medio rural como un espacio humano, medioambiental y cultural con potencialidad para el desarrollo de las iniciativas de emprendimiento juvenil y lugar para construir una vida plena.
g) Desarrollo sostenible: actividades destinadas a dar a conocer a la población joven de la importancia de actuar y vivir de forma sostenible, aportando estrategias y capacidades destinadas a integrar el concepto de sostenibilidad en la vida personal y comunitaria. Los programas deberán buscar la adaptación de hábitos sostenibles en relación con el entorno y vida personal, pudiendo aunar la cultura tradicional con las nuevas tecnologías y el desarrollo sostenible.
Tercero. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden ISO/16/2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de sensibilización y capacitación entre la población joven de Cantabria (BOC n.º 224, de 19 de noviembre de 2024).
Cuarto. Cuantía.
La cantidad máxima global de esta convocatoria se fja en cien mil euros (100.000,00 €), que se financiarán con cargo a la partida 07.08.232A.463 de los presupuestos generales de la comunidad autónoma de Cantabria para el año 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes deberán presentarse en modelo oficial, firmadas electrónicamente por el representante legal de la entidad solicitante, acompañadas de la documentación establecida en el apartado 6 de la convocatoria regulada en la Resolución de la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de 18 de marzo de 2025.
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