Estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud

 10/03/2017
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Orden Foral 16/2017, de 15 de febrero, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se modifica la Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de Negociados (BON de 9 de marzo de 2017). Texto completo.

ORDEN FORAL 16/2017, DE 15 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 38/2015, DE 23 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD Y DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO NAVARRO DE DEPORTE Y JUVENTUD, A NIVEL DE NEGOCIADOS.

Por Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre , de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, se desarrolló la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de Negociados.

La presente Orden Foral tiene por objeto la modificación de la estructura a nivel de negociados del Servicio de Bibliotecas, del ámbito de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, a fin de mejorar la eficacia y eficiencia en su funcionamiento.

El artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre , de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre , de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de Negociados.

Uno.-Se modifica el artículo 3, que queda redactado como sigue:

“Artículo 3. Estructura de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.

La Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana se estructura en los siguientes Negociados:

a) Dependiendo del Servicio de Patrimonio Histórico:

-Negociado de Conservación del Patrimonio Arquitectónico.

b) Dependiendo del Servicio de Archivos y Patrimonio Documental:

-Negociado de Administración del Sistema de Gestión de Documentos y Archivos.

c) Dependiendo del Servicio de Museos:

-Negociado de Coordinación y Servicios.

d) Dependiendo del Servicio de Bibliotecas:

-Negociado de Patrimonio Bibliográfico, Filmográfico y Depósito Legal.

-Negociado de Servicios al Público.

-Negociado de Recursos de Información.

-Negociado de Coordinación Bibliotecaria.

-Negociado de Formación, Fomento y Difusión.

e) Dependiendo del Servicio de Acción Cultural:

-Negociado de Cultura Popular.

f) Dependiendo de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico:

-Negociado de Publicaciones.”

Dos.-Se modifica el artículo 13, que queda redactado como sigue:

“Artículo 13. Negociado de Coordinación Bibliotecaria.

El Negociado de Coordinación Bibliotecaria, adscrito a la Sección de Red de Bibliotecas, ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaborar y mantener actualizado un mapa bibliotecario de centros, recursos y servicios existentes en el Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

b) Elaborar herramientas e instrumentos, y mantener actualizada su información, para conocer y evaluar la situación y necesidades en materia de recursos humanos del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

c) Gestionar las necesidades de dotación de los materiales necesarios para la realización de la actividad bibliotecaria.

d) Visitar de manera periódica todos los centros del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra para conocer y analizar su situación, necesidades y carencias, sirviendo de cauce para trasladar sus opiniones, demandas y sugerencias al Servicio de Bibliotecas.

e) Comunicar e informar a todas las bibliotecas sobre temas y asuntos de interés referidos a la actividad bibliotecaria, dentro y fuera de la Comunidad Foral.

f) Fortalecer y apoyar a las bibliotecas públicas en sus relaciones con los ayuntamientos, gestores administrativos, culturales y educativos y colectivos sociales y ciudadanos, buscando un óptimo entendimiento y colaboración para el desarrollo de la actividad bibliotecaria.

g) Proponer, fomentar y coordinar actividades en cooperación y colaboración entre las bibliotecas en el diseño de sus programas de promoción y difusión.

h) Diseñar, realizar y mantener productos e instrumentos para favorecer la información y la comunicación de todo el personal bibliotecario, posibilitando la coordinación, la colaboración y la participación.

i) Recoger y organizar, de manera mecanizada, la información estadística de toda la actividad bibliotecaria como fuente primordial para el análisis y evaluación de los servicios bibliotecarios.

j) Redactar la Memoria Anual del Negociado de Coordinación Bibliotecaria.

k) Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.”

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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