ORDEN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2014, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA DINAMIZACIÓN DE LA RED DE CENTROS DE ACCESO PÚBLICO A INTERNET EN ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE ANDALUCÍA, Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA 2015.
El artículo 6.1.b) del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, dispone que le corresponden a la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, dentro del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el Estatuto de Autonomía para Andalucía, entre otras, la planificación, coordinación e impulso de los programas relacionados con el desarrollo de la Sociedad de la Información en Andalucía.
En el ejercicio de estas competencias la Consejería, mediante la ejecución del Plan de Innovación y Modernización de Andalucía (2005-2010), aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2005, y del Plan de Andalucía Sociedad de la Información (2007-2010), aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de diciembre de 2006, ha venido desarrollando el marco legal necesario para promover el fortalecimiento de la Sociedad de la Información y favorecer su puesta en valor al servicio del interés público y el bienestar y calidad de vida de la ciudadanía, marco legal de referencia que ve su continuidad en la Agenda Digital para Europa, contenida en la estrategia 2020 de la Unión europea. En este mismo sentido, el 15 de febrero de 2013, el Consejo de Ministros aprobó la Agenda digital para España, que se constituye como la hoja de ruta del Gobierno español en materia de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información para el período 2013-2015.
Enmarcado en estos planes, la Consejería junto con las ocho Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos ponen en marcha en el año 2004 el programa Guadalinfo, con el objetivo inicial de disminuir la brecha digital en el entorno rural de la Comunidad Autónoma Andaluza. Tras demostrar el éxito del proyecto, se identifican barriadas de los grandes núcleos urbanos donde se requiere la actuación de la Administración para disminuir la brecha digital. En este caso, la Consejería, en colaboración con asociaciones sociales sin ánimo de lucro, ponen en marcha el proyecto de Centros de Acceso Público a Internet (en adelante CAPI). Los objetivos de ambos proyectos han ido evolucionando para adaptarse a las necesidades de su entorno. Se ha evolucionado desde la alfabetización digital básica hasta la detección del talento y el fomento de la empleabilidad con las TIC como catalizador.
Ambos proyectos se unen y crean una única red de centros físicos que se retroalimenta y que finalmente se ha abierto a su entorno no solo físico sino virtual, ofreciendo los servicios a toda la ciudadanía en general. Esta red es atendida por los dinamizadores de cada uno de los centros físicos que colaboran para resolver los retos que se le plantean en su día a día. Así, las principales acciones llevadas a cabo en el seno de ambos proyectos son las siguientes:
- Acciones formativas para mejorar las habilidades y competencias digitales, mediante el apoyo a los diferentes niveles de alfabetización digital, los programas de formación y el reciclaje profesional.
- Acciones de sensibilización en colectivos con especiales dificultades de acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC), como instrumento de mejora de la empleabilidad.
- Acciones de innovación social como medida de inclusión y mejora de la capacidad de empleabilidad.
- Cooperación con el tercer sector (tejido asociativo, voluntariado, asociaciones sin ánimo de lucro, etc.).
- Movilización e implicación de la sociedad.
- Acciones de atención personalizada y acompañamiento para la capacitación TIC.
El programa Guadalinfo tiene su origen en el Programa Europeo Regional de Acciones Innovadoras de Andalucía (PRAI), cofinanciado con fondos FEDER y aprobado en 2002, donde se definió Guadalinfo como parte del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información i@landalus, el cual, con carácter de Proyecto Piloto, puso en marcha en Andalucía 26 Centros de Acceso Público a Internet en Banda Ancha en poblaciones de menos de 20.000 habitantes. El éxito del proyecto piloto plantea su extensión a los municipios andaluces de menos de 10.000 habitantes.
Entre 2004 y 2006 se suscriben diversos Convenios de Colaboración con las ocho Diputaciones Provinciales de Andalucía para sustentar la implantación y el funcionamiento durante 36 meses de Centros de Acceso Público a Internet en todos los municipios andaluces de menos de 10.000 habitantes.
Una vez finalizado el despliegue, y como continuación de los trabajos, las entidades firmantes de los Convenios anteriores acuerdan encomendar progresivamente la gestión integral de la Red de Centros de Acceso Público a Internet Guadalinfo al Consorcio Fernando de los Ríos, integrado por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y las Diputaciones Provinciales de Andalucía.
El éxito del proyecto hizo que la Consejería apostara por su continuidad y crecimiento con la aprobación de la Orden de la Consejería de Innovación , Ciencia y Empresa de 3 de marzo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos para la implementación y el sostenimiento de la Red de Centros de Acceso Público a Internet en municipios andaluces de menos de 10.000 habitantes (Centros Guadalinfo), y se efectúa su convocatoria para el período del 1 de mayo de 2008 al 31 de diciembre de 2010; y de la Orden de la Consejería de Innovación , Ciencia y Empresa de 7 de octubre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos para la implantación y sostenimiento de la Red de Centros de Acceso Público a Internet en municipios andaluces de más de 10.000 habitantes y menos de 20.000 habitantes, y se efectúa su convocatoria para el período del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2010. Con ambas convocatorias se permitió la ampliación de la red Guadalinfo en otros 55 centros, dando cobertura a los municipios andaluces con población inferior a 20.000 habitantes. La continuidad de Guadalinfo hasta hoy se posibilitó mediante la Orden de 15 de diciembre de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales de Andalucía destinadas a la financiación de proyectos de mantenimiento de la Red de Centros de Acceso Público a Internet Guadalinfo durante el período del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013 y se efectúa su convocatoria.
El Plan Estratégico 2009-2012, aprobado por la Comisión Ejecutiva del Consorcio Fernando de los Ríos el día 10 de junio de 2009, y por el Consejo Rector (órganos de gobierno en los que están representados la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y las Diputaciones Provinciales), sirve de referencia para la nueva etapa del proyecto, recogiendo la propia evaluación de las necesidades de la población andaluza, así como los grandes hitos por los que ha de discurrir el programa. En este sentido, el Plan Estratégico señala la misión de la Red Guadalinfo para ser y potenciar el entorno digital de referencia en el que la Sociedad Andaluza progresa cultural, social y económicamente. Además, el propio Plan prevé que la Red Guadalinfo sea el espacio de dinamización de referencia en el que la sociedad andaluza se desarrolla en red y en igualdad hacia una sociedad de la información y el conocimiento cosmopolita, innovador, corresponsable y sostenible.
El Proyecto CAPI en Zonas Necesitadas de Transformación Social y Puntos de Acceso en CAE, se puso en marcha en 2006, y consistía en el establecimiento de Centros de Acceso Público a Internet (CAPI) en barriadas con especiales necesidades en materia de inclusión social de las grandes ciudades andaluzas y Puntos de Acceso a Internet en Comunidades Andaluzas (CAE). A través de estas instalaciones se extendía el uso y las ventajas de las nuevas tecnologías a aquellos grupos que, por su situación social o económica, tenían mayores dificultades de acceso a la Sociedad de la Información, como las personas inmigrantes, las personas con problemas de drogodependencia, las personas con discapacidad, personas de etnias minoritarias, personas desempleadas con baja cualificación o de larga duración, entre otras. Para ello, la actividad de los Centros se gestionaba por entidades, organizaciones o agrupaciones sociales del entorno del barrio que trabajan con dichos colectivos. Y ello, con el objetivo de que estos agentes se convirtieran en difusores de la Sociedad de la Información entre la población de su entorno.
El impacto positivo de la iniciativa hizo que la Consejería apostara por el crecimiento y mantenimiento de dicha Red mediante la aprobación de la Orden de 20 de julio de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos destinados a la apertura y explotación de Centros de Acceso Público a Internet dirigidos a entidades asociativas con actuación en zonas en riesgo de exclusión social y a la habilitación de Puntos de Acceso Público a Internet para Comunidades Andaluzas, y se efectúa su convocatoria para el año 2007; la Orden de 6 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos destinados al mantenimiento o a la apertura y explotación de Centros de Acceso Público a Internet dirigidos a entidades asociativas con actuación en barriadas menos favorecidas en Andalucía y a la de Puntos de Acceso Público a Internet para Comunidades Andaluzas, y se efectúa su convocatoria para el año 2009; la Orden de 3 de septiembre de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al mantenimiento de Centros de Acceso Público a Internet dirigidas a entidades asociativas con actuación en barriadas menos favorecidas en Andalucía y al mantenimiento o a la apertura y explotación de Puntos de Acceso Público a Internet para Comunidades Andaluzas, y se efectúa su convocatoria para el año 2010; y la Orden de 26 de marzo de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas al mantenimiento de centros de Acceso Público a Internet dirigidas a entidades asociativas con actuación en Barriadas Menos Favorecidas en Andalucía y de Puntos de Acceso Público a Internet para Comunidades Andaluzas, y se efectúa su convocatoria para el año 2013.
En el ejercicio 2014, la Consejería unifica todos los proyectos anteriores en la Red de Acceso Público a Internet de Andalucía a través de la aprobación de la Orden de 7 de enero de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la Red de Centros de Acceso Público a Internet en municipios y zonas necesitadas de transformación social de Andalucía y de puntos de acceso público a internet en comunidades andaluzas, y se efectúa su convocatoria para 2014.
Con la aprobación de las presentes bases reguladoras se apuesta por el fortalecimiento de la Red de Acceso Público a Internet, añadiendo nuevos centros en las Entidades Locales Autónomas, al detectar nuevas brechas de acceso en ellas debido al tamaño y al no encontrarse en el núcleo principal del municipio.
En esta Orden se subvenciona la dinamización de Centros de Acceso Público a Internet en Entidades Locales Autónomas de Andalucía, estableciéndose una distinción entre Entidades Locales Autónomas Grupo A y B, según el número de habitantes con el que cuente:
- Grupo A: Forman parte de este grupo las Entidades Locales Autónomas de hasta 1.000 habitantes (de 0 a 1.000 habitantes).
- Grupo B: Forman parte de este grupo las Entidades Locales Autónomas de 1.000 habitantes y hasta 10.000 habitantes (de 1.001 a 10.000).
Estas subvenciones, debido a que la iniciativa tiene vocación de atender a todas las Entidades Locales Autónomas de Andalucía, quedan sometidas al régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.b) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo , en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 120.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo .
Esta Orden se ajusta a las bases reguladoras tipo aprobadas por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 30 de agosto de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la Red de Acceso Público a Internet en Entidades Locales Autónomas de Andalucía.
2. Estas bases reguladoras están integradas por el texto articulado y por el cuadro resumen de la línea de subvención regulada, que se inserta a continuación de esta Orden.
Disposición adicional primera. Régimen de la convocatoria para el ejercicio 2015.
1. Convocatoria. Se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la Red de Acceso Público a Internet en Entidades Locales Autónomas de Andalucía.
2. Aprobación de los formularios. Asimismo, se aprueban los formularios que constan como Anexos a la Orden:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos (Anexo II).
c) Formulario de representación legal (Anexo III).
Los formularios podrán obtenerse a través de la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo/ y deberán presentarse en los lugares y registros referidos en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen.
3. Concreción de los términos de la convocatoria:
3.1. Gastos subvencionables. La cuantía de los gastos subvencionables será la siguiente:
a) Coste de dinamización: El importe subvencionable para esta partida será, para los municipios del Grupo A, de 12.969,21 euros, y para las entidades del Grupo B, de 20.750,94 euros.
b) Dietas y otros costes de desplazamiento asociados a la actividad de la persona dinamizadora del centro. El importe subvencionable para esta partida será de 477,24 euros.
c) Seguro de responsabilidad civil para la persona dinamizadora. El importe subvencionable para esta partida será de 110,28 euros.
3.2. Período de ejecución y plazo dentro del que deben realizarse los gastos subvencionables.
El periodo de ejecución del proyecto y dentro del cual deben haberse realizado los gastos subvencionables abarca desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2015.
3.3. Plazo para la presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía .
3.4. Secuencia del pago.
Para la presente convocatoria se establece la siguiente concreción en la secuencia y porcentaje de pago:
Un primer pago correspondiente al 75% del importe total de subvención, tras la firma de la resolución de concesión, que se hará efectivo durante el año 2015 sin necesidad de justificación previa.
Un segundo pago correspondiente al 25% del importe total de subvención, que se hará efectivo durante el año 2015, una vez justificado el 25% del total del proyecto.
- Plazo máximo para la presentación de la justificación.
La presentación de la documentación justificativa correspondiente al 25% del importe total de la subvención se presentará antes del 30 de mayo de 2015.
La presentación de la documentación justificativa correspondiente al 75% del importe total de la subvención se presentará antes del 1 de marzo de 2016.
4. Financiación de la convocatoria. La cuantía total máxima de subvención para esta convocatoria será de 829,702,83 euros, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto para 2015:
- 762.911,06 euros con cargo a 0.1.11.00.16.00.8073. 761.00.72A y código proyecto de inversión 2014000082.
- 66.791,77 euros con cargo a 0.1.11.00.01.00.8073.760.00.72A y código de proyecto de inversión 2010000978.
Las subvenciones se encuentran cofinanciadas en un 80% por el Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo FSE de Andalucía 2007-2013, Eje 2 Fomento de la Empleabilidad, la Inclusión Social y la Igualdad entre Hombres y Mujeres. En concreto, la Categoría de Gasto 66 Aplicación de medidas activas y preventivas en el mercado laboral recoge, dentro de la tipología de actuaciones a acometer, aquellas que contribuyan a mejorar las habilidades y competencias TIC mediante el apoyo a los diferentes niveles de alfabetización digital en colectivos con especiales dificultades de acceso a las TIC, como instrumento de mejora de la empleabilidad y a fomentar la innovación social como medida de inclusión y mejora de la capacidad de empleabilidad.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el correcto desarrollo, aplicación e interpretación de la Orden.
Disposición final segunda. Entrada en Vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Anexos
Omitidos.
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