Navalmoral de la Mata cuenta con su primera ordenanza relativa al Cementerio Municipal

 09/05/2012
 Compartir: 

Impedirá exhumar cadáveres hasta dos años después del deceso.

ABC - 08/05/2012

La norma, que sido aprobada en la sesión plenaria correspondiente a mayo, fija dos años como el período mínimo para exhumar un cadáver tras fallecimiento por causas naturales y de cinco años en caso de que se hubiera requerido en su día la intervención de un forense, según ha explicado a Efe el portavoz municipal, José Demófilo Pascual.

Además, establece un mínimo de cinco años para poder trasladar los restos mortales si el enterramiento es en nicho y de diez años si los restos se encuentran en un panteón, períodos que son idénticos a los mínimos fijados para la reducción de restos cadavéricos.

En el caso de los traslados y reducciones se podrán llevar a cabo antes de esos plazos siempre que, previa exhumación, se den las condiciones que permitan el movimiento del cadáver.

Éstas son algunos de los aspectos que recoge la primera ordenanza morala relativa al Cementerio Municipal, ya que hasta la fecha Navalmoral sólo disponía de una ordenanza fiscal, pero no de algún tipo de reglamento sobre usos y malos usos como el que se ha aprobado.

La nueva ordenanza busca, según ha explicado Pascual, fijar nomenclaturas y distintos tipos de enterramiento y regular la convivencia entre usuarios y visitantes del camposanto.

El equipo de gobierno intenta así poner coto con la ordenanza a "algunas desviaciones en los usos convencionales del cementerio", como invasiones del viario del cementerio por elementos ornamentales de nichos y panteones, lo que había causado bastantes quejas.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana