Subvenciones para la financiación del gasto realizado por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania

 15/03/2023
 Compartir: 

Extracto de la Orden UIC/4/2023, de 1 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación del gasto realizado por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania (BOCA de 14 de marzo de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN UIC/4/2023, DE 1 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA FINANCIACIÓN DEL GASTO REALIZADO POR LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA COMO CONSECUENCIA DE PROMOVER Y FOMENTAR UNA MEJOR ATENCIÓN A LAS NECESIDADES BÁSICAS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE PROTECCIÓN TEMPORAL AFECTADAS POR EL CONFLICTO EN UCRANIA.

BDNS(Identif.):680109.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/680109).

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que, como consecuencia de la prestación, directa o indirecta, de alguna o algunas de las actuaciones relacionadas en el artículo 4 de la presente convocatoria, en favor de personas afectadas por el conflicto en Ucrania, hayan incurrido en incremento de gastos corrientes y de personal.

Segundo. Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el gasto realizado por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania, que carezcan de recursos económicos suficientes.

Tercero. Cuantía.

1. La cuantía máxima global de esta convocatoria se fija en cien mil euros (100.000€) que se imputarán a la aplicación presupuestaria 03.08.143A.460 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2023.

2. El importe total de la subvención será del 100% del importe solicitado hasta un máximo de 30.000€ por cada solicitud, o hasta agotamiento del crédito presupuestario.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

Será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Quinto. Bases Reguladoras.

Orden UIC/4/2023, de 1 de marzo por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación del gasto realizado por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania.

Sexto. Documentación.

La solicitud y los Anexos, de la convocatoria podrán conseguirse en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, https://www.cantabria.es/web/atención-a-la-ciudadania/ayudas-y-subvenciones, En la BDNS y se acompañará de la documentación señalada en el apartado 3.º del artículo 5.º de la Orden de convocatoria.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Gobierno acuerda con CCAA y entidades locales iniciar los trabajos para interconectar las oficinas de atención a la ciudadanía
  2. Tribunal Supremo: Resuelve el TS que para el acceso a los Cuerpos o Escalas del Grupo A se precisa la titulación exigida legalmente para el ejercicio de la profesión regulada correspondiente
  3. Tribunal Supremo: Resuelve la Sala si un guardia civil, de baja por incapacidad temporal, que pasa a la situación de reserva sin previa incorporación al servicio activo, tiene derecho a la compensación económica por vacaciones no disfrutadas
  4. Legislación: Coeficiente reductor de la edad de jubilación a favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
  5. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Del 17 al 23 de septiembre de 2025)
  6. Legislación: Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo Internacional Administrativo entre el Reino de España y el Organismo Internacional de la Energía Atómica para la celebración de la Escuela de Liderazgo para Jóvenes Profesionales del Ámbito Nuclear
  7. INAP: Ya está disponible el boletín n.º 11 "¿De qué habla la Comunidad de Formación?"
  8. Tribunal Supremo: Es de aplicación la reducción del 60% sobre el rendimiento neto total regularizado derivado del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda en caso de comprobación por parte de la AEAT
  9. Tribunal Supremo: Estable el TS que, para la provisión del personal directivo de las Entidades Locales de Galicia, se aplicará la regulación básica contenida en el art. 130 de la LBRL
  10. Legislación: Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 28 de mayo de 2024

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana