Eva Gamero Ruiz

Eva Gamero Ruiz es Jurista y Antropóloga
El artículo se publicó en el número 72 de la Revista General de Derecho Administrativo (Iustel, mayo 2026)
PREFERENCE FOR NATURE-BASED SOLUTIONS IN THE FIGHT AGAINST CLIMATE CHANGE
ABSTRACT: The uncontrolled expansion of large-scale wind and solar installations on natural land has led to a situation in our country where rural values are being eroded, habitats are being fragmented and valuable ecosystems destroyed, without any real or effective compensation for either rural residents or the community as a whole. The correct interpretation of European regulations on combating the climate emergency prioritises alternative solutions that are less harmful to the environment, with the aim of achieving ‘a high level of environmental protection’ through the use of land already transformed for this type of facility and the promotion of natural carbon sinks provided by environmentally friendly agricultural practices.
I. MEDIDAS PARA COMBATIR EL CAMBIO CLIMÁTICO Y RESTAURAR EL SUELO Y LA BIODIVERSIDAD EN LA NORMATIVA COMUNITARIA: DE LA ESTRATEGIA TERRITORIAL EUROPEA A LA DIRECTIVA (UE) 2025/2360 RELATIVA A LA VIGILANCIA Y LA RESILIENCIA DEL SUELO
I. La Estrategia Territorial Europea describía en 1999 las principales amenazas para el medio ambiente europeo: calentamiento de la atmósfera y cambio climático, destrucción de bosques e intensificación de agricultura, con pérdida de identidad y biodiversidad, apelando no solo al cumplimiento de los compromisos internacionales para disminuir las emisiones de CO2, sino a una adecuada política territorial, planificando la urbanización y localización de actividades productivas de forma que se reduzca el consumo de energía y volumen de los transportes, junto con la valorización de los bosques europeos, verdaderos pulmones verdes, por lo que se otorga la máxima prioridad a cuidar la silvicultura, reducir la degradación derivada de la sobreutilización, erosión y desaparición de capa vegetal así como del empleo de sustancia nocivas y del uso abusivo de suelos naturales para construcción de viviendas e industrias.
Subraya la ETE que es la despoblación lo que en ocasiones provoca la degradación de los paisajes, con abandono de labores y saberes agrícolas tradicionales, como el cuidado tradicional de los bosques mediante ganaderías autóctonas. Insiste en el valor del patrimonio inmaterial y etnológico, que va más allá de monumentos y yacimientos de valor histórico, pues los modos de vida de las ciudades y pueblos también son patrimonio cultural. Hay que combatir los peligros de uniformización y banalización que provoca la especulación inmobiliaria, proyectos de infraestructuras sobredimensionados en relación con el entorno o adaptaciones poco meditadas a las exigencias del turismo.
Diez años más tarde, el Pacto Verde Europeo(1) (2019) ha tenido enorme relevancia como estrategia crecimiento sostenible de la UE, con el objetivo de hacer de Europa el primer continente climáticamente neutro en 2050, con reducción del 55% de emisiones para 2030. Sus áreas de actuación clave son: energía ( transición hacia energía renovable y aumento de la eficiencia energética en edificios y procesos industriales), agricultura ( estrategia "de la granja a la mesa" , sistemas alimentarios más saludables y sostenibles, con reducción de pesticidas y fertilizantes, transporte ( fomento del transporte público y sostenible, estaciones de carga para vehículos eléctricos), industria ( innovación en transición hacia una economía verde), contaminación ( reducción de la contaminación del aire, agua y suelo, incluyendo lucha frente micro plásticos y sustancias químicas nocivas) y biodiversidad ( restauración de ecosistemas).
Las previsiones del Pacto Verde se han plasmado en una serie de normas comunitarias como el Reglamento (UE) 2021/1119 de 30 de junio de 2021 para alcanzar la neutralidad climática en la UE a más tardar en 2050 , con objetivo a largo plazo de mantener el aumento de la temperatura mundial por debajo de los 2º C en relación con los niveles preindustriales.
El despliegue de energías renovables se materializa en la Directiva (UE) 2018/2001 modificada por Directiva 2023/2413 , que establece la presunción de que en los proyectos de implantación de energías renovable concurre un interés público superior(2) y simplifica su evaluación ambiental Estos privilegios otorgados han de entenderse en sus justos términos, pues para ostentarlos, se han de cumplir inexcusablemente los siguientes tres condicionantes que la misma Directiva establece: disponer de cartografía de Zonas para el despliegue antes del 20/05/2025, fijación de las Zonas de Aceleración de Renovables antes de 21/02/2026 y garantizar de la participación pública en la fijación de dichas zonas. Respecto a las Prioridades y condiciones de designación de Zonas de Aceleración de Renovables, ZAER; una vez elaborada la cartografía, el art. 15 quater de la Directiva limita el poder discrecional de las autoridades estatales en cuanto quedan obligadas a seleccionar como ZAER las zonas en las que se ocasione el menor impacto ambiental posible, utilizando las herramientas y adecuados, y en todo caso:
- designarán zonas terrestres, de aguas interiores y marinas suficientemente homogéneas en las que no se prevea que el despliegue de uno o varios tipos de fuentes de energía renovable vaya a tener un impacto ambiental significativo,
- darán prioridad a las superficies artificiales y construidas, como los tejados y las fachadas de los edificios, las infraestructuras de transporte y sus entornos inmediatos, las zonas de estaciona miento, las explotaciones agrícolas, los vertederos, las zonas industriales, las minas, las masas de agua interior, lagos o em balses artificiales y, cuando proceda, las plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas y tierras degradadas que no puedan utilizarse para la agricultura,
- excluirán los espacios Natura 2000 y las zonas designadas en el marco de los regímenes nacionales de protección de la naturaleza y conservación de la biodiversidad, las principales rutas de migración de aves y mamíferos marinos, así como otras zonas definidas conforme a mapas de sensibilidad y con las herramientas protegidas, salvo las superficies artificiales y construidas situadas en esas zonas, como los tejados, las zonas de estacionamiento o las infraestructuras de transporte,
- utilizarán todas las herramientas y conjuntos de datos adecuados y proporcionados para definir las zonas en las que las plantas de energía renovable no tendrían un impacto ambiental significativo, incluidos mapas de sensibilidad de la vida silvestre, (3) teniendo en cuenta al mismo tiempo los datos disponibles en el contexto del desarrollo de una red Natura 2000 coherente y suficiente en lo que respecta a tipos de hábitats y especies con arreglo a la Directiva Hábitats y a aves y lugares protegidos conforme la Directiva Aves.
La Comunicación de la Comisión de 24 de febrero de 2021 Forjar una Europa resiliente al cambio climático. La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE insiste en combatir el cambio climático mediante soluciones basadas en la naturaleza, en armonía con los objetivos de la Estrategia para la Biodiversidad, al reconocer que el objetivo climático se cumple preferentemente a través de la protección y restauración de los humedales y ríos, de los ecosistemas costeros y marinos, mediante el desarrollo de espacios verdes urbanos y la instalación de techos y muros ecológicos y el fomento de la gestión sostenible y regenerativa de bosques, pastizales y tierras agrícolas.
Un concepto acuñado en el reciente derecho ambiental es la “infraestructura verde”, presente en la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley 7/2021, de Cambio Climático, relacionado con la conectividad(4), al reconocer que la protección efectiva de los ecosistemas no puede limitarse a zonas aisladas (Parques Naturales, Reservas), sino que ha de extenderse a su entorno. (5) La infraestructura verde, como red estratégicamente planificada de espacios naturales y seminaturales así como otros elementos ambientales, permitiendo la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático y la restauración de ecosistemas degradados, aparece como elemento esencial para la conectividad ecológica para afrontar la fragmentación de ecosistemas provocada, sobre todo, por la agricultura intensiva y la urbanización o construcción de grandes infraestructuras en suelos naturales.(6)
Para capturar y almacenar el carbono eficazmente es fundamental que los ecosistemas de los mares, los bosques, los pastizales, las tierras agrícolas y los humedales se encuentren en buena condición y que las cubiertas vegetales sean manejadas de forma que se conserve adecuadamente el suelo. Conciliar la restauración de la naturaleza con el fomento de energías renovables supone entender que las absorciones de carbono basadas en la naturaleza se integran en las “actuaciones de planificación, construcción y explotación de instalaciones para la producción de energía a partir de fuentes renovables” con la consecuencia de que también estas soluciones presentan un interés público superior, a los efectos de la normativa europea sobre restauración de ecosistemas y lucha frente al cambio climático. Esta interpretación resulta plenamente coherente con el derecho originario y con reiterada jurisprudencia del TJUE a propósito de la excepción del art. 6.4 de la Directiva Hábitats, interpretada por el Tribunal de forma estricta y restrictiva, en aplicación de los principios de cautela e in dubio, pro natura. Permitiría entender los objetivos de la UE de protección medioambiental y restauración de ecosistemas y de fomento de energías renovables no como antagónicos, sino complementarios, pues ambos contribuyen al fin último de desarrollo sostenible de la Unión, principio fundamental en el art. 11 de su Tratado de Funcionamiento.
El Reglamento (UE) 2023/839 para adaptar los objetivos en materia de contabilidad de las emisiones y absorciones del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura (UTCUTS) hace hincapié en la necesidad de proteger y mejorar las absorciones de carbono basadas en la naturaleza, la mejora de la resiliencia de los ecosistemas al cambio climático, la restauración de tierras y ecosistemas degradados, y el Reglamento (UE) 2020/852, de 18 de junio de 2020 establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, incluye como medida de mitigación del cambio climático el refuerzo de los sumideros de carbono mediante la prevención de la deforestación y de la degradación de los bosques, la gestión sostenible y la regeneración de tierras agrícolas, los pastizales y los humedales. La Estrategia de la UE para la Protección del Suelo para 2030 trata de ayudar a terceros países a frenar la desertificación de la tierra, a través del “mecanismo mundial”, organismo creado en el marco de la Convención de las NNUU de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular africanos.
La Directiva (UE) 2025/2360 de 12 de noviembre de 2025 relativa a la vigilancia y la resiliencia del suelo, en vigor desde el 16 diciembre 2025, introduce criterios de referencia con los que los Estados puedan llevar a cabo la vigilancia y gestión de los suelos. Se distingue entre “distritos” y “unidades” de suelo, éstas deben mostrar cierto grado de homogeneidad. La norma obliga a los Estados a vigilar la salud del suelo, su sellado y eliminación con datos procedentes de la encuesta estadística sobre usos y cobertura del suelo (LUCAS), conforme las variables detalladas en los Anexos. Los Estados deben informar a los usuarios de tierras y a las autoridades componentes sobre prácticas regenerativas que mejoran la salud y resiliencia del suelo, fomentar su implantación y promover su investigación e innovación.
Por su parte, la Directiva (UE) 2024/1275 de eficiencia energética de los edificios insta a los Estados a la adopción de medidas de fomento para la mejora de la eficiencia energética de los edificios, teniendo en cuenta las condiciones climáticas, particularidades locales, exigencias de calidad ambiental interior y la relación coste-eficacia. Todos los edificios nuevos deben estar preparados para la energía solar, permitiendo la instalación de tecnologías solares sin costosas intervenciones estructurales.
El Reglamento UE 1091/2024, de 24 de junio, de Restauración de la Naturaleza, obliga a los Estados a restaurar al menos el 20% de las zonas terrestres de la UE para 2030 y todos los ecosistemas degradados para 2050, partiendo del hecho de que el 80% de los ecosistemas se encuentran en mal estado, bien por la agricultura intensiva, la modificación de los regímenes hidrológicos, la urbanización, la contaminación, las especies exóticas invasoras y el cambio climático. Las obligaciones de restauración se predican de todos los paisajes (ríos, mares, bosques, pastizales, praderas, ecosistemas urbanos(7)) para evitar la fragmentación de hábitats. Se trata de aumentar la biodiversidad y aprovechar el poder de la Naturaleza para limpiar el agua y el aire, polinizar los cultivos y mejorar la seguridad alimentaria, así como prevenir y reducir el impacto de catástrofes naturales como incendios, inundaciones o sequías, contribuyendo, en alianza con la naturaleza, a la mitigación y adaptación al cambio climático, pues que la garantía de unos ecosistemas ricos en biodiversidad contribuye a la consecución de los objetivos del al UE en la lucha frente al cambio climático.
Este Reglamento insiste en la importancia de cuidar y regenerar el suelo agrícola para lograr la retención del carbono y de agua, lo que exige minimizar el laboreo, reducir el regadío en zonas sin suficiente recurso hídrico, recuperar semillas tradicionales, mantener cubiertas vegetales, conservar las herrizas o islas de biodiversidad, setos, árboles entre los cultivos, muros de piedra y otros elementos que permiten servir de alojamiento para animales y plantas silvestres, incluidos polinizadores. Debe advertirse que estas medidas no se imponen directamente a particulares sino a los Estados miembros, quienes deben incentivar estos procesos para convertirlos en una opción atractiva para los agricultores, asesorando convenientemente sobre sus beneficios y estableciendo regímenes de financiación adecuados.
Para la restauración de las poblaciones de polinizadores(8) y de los ecosistemas agrícolas, los Estados miembros deben establecer medidas para alcanzar al menos dos de los tres indicadores para los ecosistemas agrícolas en el Anexo IV del citado Reglamento, el número de mariposas en los pastizales, las reservas de carbono orgánico en tierras de cultivo a una profundidad de 0 a 30 cm. y la proporción de superficie agraria con elementos de diversidad paisajística.
Las medidas de restauración deberán garantizar, además, el aumento progresivo en el índice de aves comunes ligadas a los paisajes agrarios, aves detalladas en el Anexo V(9) Las medidas del Anexo VII consisten en aumentar la superficie sujeta a modelos de agricultura ecológica, regenerativa o agrosilvicultura, el cultivo múltiple y la rotación de cultivos, la gestión integrada de plagas y nutrientes. Se ha de suprimir o reducir el uso abonos químicos, dejar de arar y remover la tierra, introducir semillas de gramíneas, eliminar plantas no autóctonas y mejorar la conectividad entre hábitats, así como restablecer el pastoreo regenerativo.
Toda esta normativa insiste en que las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático deben priorizar las soluciones basadas en la naturaleza, las cuales tienen una mejor relación coste-eficacia que la implantación desproporcionada de macro instalaciones de renovables que destruyen definitivamente terrenos naturales, sus ecosistemas y sumideros naturales de carbono. Entre ellas, como veremos, la agricultura y ganadería regenerativas.
II. VALOR AMBIENTAL Y CULTURAL DE LA AGRICULTURA. PAISAJES AGRARIOS COMO PATRIMONIO CULTURAL VIVO. SU PROTECCIÓN EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL ( UNESCO, FAO Y CONSEJO DE EUROPA). LA CARTA DE BAEZA Y SU PROTOCOLO .
Preparada en la 17º reunión de la UNESCO (1972) en el ámbito de la ONU(10), la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Natural y Cultural (11)tiene en común con el Convenio del Paisaje del Consejo de Europa (2000) el objetivo de protección del paisaje, pero no tienen idéntico objeto: mientras que la UNESCO se fundamenta en los bienes que integran la Lista de Patrimonio Mundial de excepcional valor,(12) el Convenio del Paisaje del Consejo de Europa ( Florencia, 2000) abarca todos los paisajes, pues es paisaje cualquier parte del territorio, tal y como es percibido por la población cuyo carácter sea el resultado de la acción e interacción de elementos naturales y antrópicos. Se ha de cuidar y conectar todo territorio a fin de que los parajes protegidos no constituyan islotes aislados, idea que conecta perfectamente con la infraestructura verde a la que se refiere la normativa comunitaria para evitar fragmentación de hábitats.
Desde hace algunas décadas ha tenido lugar una clara evolución en el seno de la UNESCO pues, desde la protección de monumentos en sus aspectos puramente arquitectónicos y estéticos, se pasa al reconocimiento y protección con mecanismos más democráticos y participativos de territorios o lugares que, por sus características, materiales e inmateriales, representan valores excepcionales para la humanidad. La Lista pecaba de cierto eurocentrismo: las ciudades históricas europeas, sus monumentos religiosos y la arquitectura de sus estamentos más poderosos estaban sobrerrepresentados.
En este contexto tras la Conferencia celebrada en Santa Fe en 1992, se incorpora una nueva categoría de Patrimonio Mundial que nos interesa especialmente: el Paisaje Cultural, que representa obras conjuntas del hombre y de la naturaleza, ilustrando la evolución de la sociedad humana y sus asentamientos a lo largo del tiempo y del espacio, condicionados por las limitaciones y oportunidades físicas que presentan su entorno natural y por las fuerzas sociales económicas y culturales que lo inspiran(13).
El 75% de todos los bienes inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO como Paisajes Culturales posee alguna característica agraria, aun cuando no sea ésta la razón principal de su inscripción. Los paisajes agrarios son excelentes representaciones de la interacción entre la naturaleza y cultura, reflejan una larga relación entre los pueblos y su entorno natural y son parte esencial de nuestra identidad colectiva. Gran parte de los paisajes culturales agrarios reflejan técnicas de uso sostenible de la tierra, características particulares de cada zona y una relación especial con la naturaleza(14) Muchos de ellos están en peligro de extinción por las consecuencias del cambio climático ( inundaciones, incendios) y por cambios de modelos de vida ( despoblación rural, cultivos intensivos, abandono de variedades antiguas y sustitución por clonaciones o uso de herbicidas). Por su parte, la FAO ha designado 104 Sistemas Importantes del Patrimonio Agrario Mundial ( SIPAM), en más de 30 países. También en el seno de la ONU, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO (Food and Agriculture Organization), dirige desde 1945 las actividades internacionales encaminadas a asegurar una buena nutrición, ideando los Sistemas Importantes del Patrimonio Agrario Mundial ( SIPAM), caracterizados por su agrobiodiversidad, que conservan conocimientos tradicionales y verdaderos paisajes culturales gestionados de manera sostenible por comunidades de agricultores que gestionan la tierra con saberes tradicionales contribuyendo a mantener la biodiversidad y la seguridad alimentaria.
En este contexto cobra pleno sentido la definición que, desde una visión holística e integradora, postula la Carta de Baeza de Patrimonio Agrario (2013)(15) como conjunto de bienes naturales y culturales, materiales o inmateriales, generados o aprovechados por la actividad agraria a lo largo de la historia. Como valores esenciales del patrimonio agrario, la Carta señala su aportación a la alimentación, relación armónica con el territorio, relación cultura-naturaleza y contribución a la diversidad biológica y cultural; y como elementos constitutivos: la actividad agraria como elemento esencial, su dimensión territorial y la interrelación de bienes culturales y naturales.
De lo que se trata --con la Carta de Baeza en la mano--, es de elaborar categorías de paisajes agrarios que contemplen unitariamente lo que en la realidad constituyen realidades complejas conformadas por la agrupación en un único centro de imputación—la actividad agraria-- de dimensiones muy variadas: económica, ambiental, laboral, humana y por supuesto cultural. Esta Carta tiene la virtualidad de superar la perspectiva sectorial, abarcando todos los objetos del mundo agrario y configurando ciertos paisajes agrarios como un verdadero patrimonio, como un todo unitario de los diversos bienes y actividades, tangibles e intangibles que tienen por escenario el mundo agrario. (16)
En opinión uno de los artífices de la Carta de Baeza, el Prof. CASTILLO RUÍZ, los principios, técnicas e instituciones del Patrimonio cultural resultan adecuados no solo para asumir el reconocimiento y la protección del patrimonio agrario--de la misma manera que reconoce y protege el patrimonio arqueológico, etnológico o industrial---, sino también para protegerlo de forma integrada y holística, respetando el carácter vivo y la dimensión productiva del agro, con instrumentos de ordenación territorial que asuman la interrelación de los bienes culturales y naturales, materiales e inmateriales y contemplen todas las dimensiones históricas presentes en el patrimonio agrario. (17)
La Carta de Baeza confiere una nueva legitimidad de la agricultura frente a la sociedad en general, reclamando el abordaje de su valorización desde las instituciones del Patrimonio Cultural y ha venido a llenar un vacío en esta materia al inventariar y poner al día qué es y en que consiste el Patrimonio agrario, proporcionando aquellos criterios rectores sin los cuales el mismo desaparece o no es reconocible como tal. Su Protocolo (2021) establece criterios para armonizar los bienes agrarios con valor cultural de la Lista de Bienes del Patrimonio Mundial de UNESCO con los SIPAM de la FAO.
Al ser la “actividad agraria” -- elemento medular a proteger-- dinámica por naturaleza, su declaración como patrimonio cultural debe ha de ponderar estos aspectos, para no petrificar el mundo agropecuario, sino precisamente de garantizar la supervivencia de la propia actividad como tal. La circunstancia de que el reconocimiento de los paisajes agrarios pueda abarcar ámbitos territoriales muy extensos exige una adecuada graduación en su régimen jurídico; teniendo en cuenta que la patrimonialización lleva aparejada especiales obligaciones de conservación para los propietarios, con limitaciones de usos y autorizaciones, posibilidad de órdenes de ejecución en caso de incumplimiento, derechos de tanto y retracto de la Administración, medidas para evitar la contaminación visual y sujeción a normas de especial de protección e instrucciones particulares con zonificación de los niveles de protección, en su caso.
El soporte del paisaje agrícola es el territorio, el espacio sobre el que se asientan el resto de los bienes, saberes y haceres que integran el agro, que son muy heterogéneos: muebles, inmuebles y animales-- seres sintientes(18)--, elementos materiales e inmateriales. Algunos de estos bienes y/o actividades pueden haber sido objeto de catalogación individual por la normativa de patrimonio histórico, urbanística o territorial, de protección ambiental o agraria (por ejemplo, reconocimiento de una explotación agraria como prioritaria o de una raza ganadera como raza autóctona en peligro de extinción) y en todo caso, tales protecciones son complementarias, de forma que la valoración del patrimonio agrario se han de considerar todos los bienes y saberes simultáneamente en cuanto conjunto patrimonial. Los elementos del patrimonio agrario proceden de distintas épocas, o como señala la definición de la Carta, son diacrónicos y permiten apreciar la evolución en un determinado territorio a lo largo de la historia.
La posibilidad de disfrute colectivo, que debe predicarse de todos los bienes patrimoniales, resulta ejemplarmente encarnada en el paisaje agrario: de una buena gestión de este patrimonio depende la alimentación saludable de millones de personas, la retención natural de carbono es esencial para luchar frente al desafío climático, los parajes agrarios acogen numerosos ecosistemas, incluyendo polinizadores y permiten el disfrute general de los valores paisajísticos y medioambientales.
En nuestra opinión, el proceso histórico de conformación humana y económica del paisaje patrimonial agrario español está hoy inmerso en un proceso de reorganización manifiestamente nocivo, en la medida en que se barrunta la desaparición de la división entere campo y ciudad que hasta las fechas actuales había constituido uno de los pilares de la legislación de ordenación territorial y urbana, además de la proliferación indiscriminada de monocultivos intensivos y grandes instalaciones de renovables. Quienes apostamos por la especificidad de mundo agrario y rural, por la diferenciación ontológica del Patrimonio agrario y por la consideración de lo agrario como un dominio diferenciado de la vida urbana que debe ser protegido, asistimos con inquietud a la tentativa legislativa de legitimar la expansión incontrolada de los usos urbanos e industriales en el suelo rústico, en particular las macro instalaciones solares y eólicas.
III. PREFERENCIA DE SOLUCIONES RESPETUOSAS CON LA NATURALEZA Y EL PAISAJE AGRARIO PARA LA EMERGENCIA CLIMÁTICA: UN EJEMPLO REAL, EL MANEJO REGENERATIVO PRACTICADO POR “NATURALES DEL SIERRO”: ELEMENTOS CONSTITUTIVOS Y VENTAJAS COMO SUMIDERO NATURAL DE CARBONO
Un buen ejemplo de patrimonio agrario convenientemente gestionado para producir alimentos de calidad aumentando la capacidad de las tierras como sumidero de carbono, restaurando la biodiversidad y manteniendo prácticas tradicionales, es la actividad agro silvo pastoral regenerativa llevada a cabo por la Cooperativa Andaluza de Explotación Comunitaria de la Tierra “Naturales del Sierro”,(19) en Morón de la Frontera, entre la Campiña y la Sierra sur sevillana. El tipo de explotación agroganadera que practica esta Cooperativa es representativo de la historia de España y de Andalucía y ha logrado preservar muchos de los elementos que la definen históricamente a la vez que se respetan los valores sociales y ambientales.
Las tierras cedidas a esta Cooperativa para su explotación comunitaria se sitúan en un paisaje con reconocidos valores culturales, ambientales y paisajísticos. Se lleva a cabo un manejo del suelo con pastoreo holístico, mínimo laboreo y empleo de ganadería y selvicultura autóctonas.
La fórmula jurídica elegida es una cooperativa de explotación comunitaria de la tierra. Las cooperativas son entes que gozan de plena capacidad jurídica(20) y conforme a la definición ofrecida por SANZ JARQUE, J.J. (1995), se trata de agrupaciones de personas que realizan, conforme a derecho y a principios y valores propios, de ayuda mutua, solidaridad, gestión democrática y participación, principalmente, una actividad económica organizada, a fin de satisfacer o atender una necesidad o interés común de todos sus miembros. Dentro del género cooperativo, la especie “de explotación comunitaria de la tierra” se define en la Ley art. 94.1 de la Ley 27/1999, de Cooperativas, como las que “asocian a titulares de derechos de uso y aprovechamiento de tierras u otros bienes inmuebles, susceptibles de explotación agraria, que ceden dichos derechos a la cooperativa y que prestan o no su trabajo en la misma, pudiendo asociar también a otras personas físicas que, sin ceder a la cooperativa derechos de disfrute sobre bienes, prestan su trabajo en la misma, para la explotación en común de los bienes cedidos por los socios y de los demás que posea la cooperativa por cualquier título, así como desarrollar las actividades previstas en la ley para las cooperativas agrarias”. Se trata de un funcionamiento:
- totalmente democrático: cada socio, un voto, con independencia del capital que aporte,
- de ideales compartidos, en este caso, respetar la agricultura regenerativa y el valor natural y cultural de la misma,
- de carácter mutualista, se busca el beneficio común y la protección de los socios, por encima del ánimo de lucro,
- personalista, no capitalista: importa la condición personal de los socios, su implicación en las finalidades perseguidas por la cooperativa,
- a cambio de un trato fiscal favorable, debe llevarse una contabilidad correcta, computando de forma separada las relaciones de la cooperativa con terceros, de la cooperativa con los socios y de los socios entre sí, y dotarse de fondo de reserva y fondo de formación.
- al ser una cooperativa de explotación comunitaria de la tierra, cuenta con un plazo mínimo de permanencia para impedir la atomización de la propiedad rural, en caso se establecen 15 años, prorrogable cada cinco años. Los Estatutos añaden que en caso de que algún socio quiera vender su aportación, la cooperativa tiene derecho de adquisición preferente.
- existen diferentes modalidades de socio: socio trabajador y socio cedente, si bien el importe total de las aportaciones de cada socio no podrá exceder de un tercio del capital social.
Objeto social de “Naturales del Sierro, S. Coop. And.”
Lo más ilustrativo es que hablen literalmente los propios Estatutos de la Cooperativa, debidamente inscritos en el Registro de Cooperativas de la Junta de Andalucía, que definen su objeto social (art. 2) como la puesta en común de tierras, ganados y derechos agrarios a fin de crear y gestionar una única empresa o explotación de las fincas bajo una sola linde con criterios holísticos y regenerativos, llevando a cabo un manejo integral de la explotación, basado en la regeneración del suelo, la biodiversidad y el medio ambiente, sin utilización de productos químicos de síntesis, a través de una gestión consensuada y democrática. Todo ello conforme a los criterios de manejo holístico con pastoreo racional y a los principios proclamados en la Carta de Baeza Patrimonio Agrario. De esta forma, el objeto social se alinea con objetivos de desarrollo sostenible tendentes a proporcionar alimentos sanos, actuar contra el cambio climático fijando el carbono atmosférico, mitigar procesos erosivos, conservar el paisaje y patrimonio agropecuario, asegurar ingresos justos, apoyar el relevo generacional y conseguir zonas rurales vivas.
Bienes inmuebles y muebles: patrimonio vernáculo.
Recordemos que la Carta Internacional del Patrimonio Vernáculo Construido ratificada por la XII Asamblea General del ICOMOS, celebrada entre el 17 y el 24 de octubre de 1999, lo define como una realidad caracterizada por su amplísima variedad y variabilidad en relación con la zona, con el clima y con las propias tradiciones de cada lugar, lo que lo convierte en un importante referente material de la identidad popular. (21)
Por lo que se refiere a la vida agraria andaluza entendemos que, por ejemplo, sería acreedor de esta visión patrimonial el cortijo de la Baja Andalucía, como unidad de conjunto histórico y económico sobre la que ha descansado tradicionalmente gran parte de la explotación agraria de nuestra tierra(22). Julio CARO BAROJA proporciona la siguiente descripción del “cortijo andaluz”: forma éste un número considerable de construcciones en torno a un gran patio o corralón, al que se entra por la puerta monumental. A este patio y a otras de menor importancia dan las puertas de las viviendas del propietario (ésta con un jardín interior, frecuentemente), del capataz, del guarda y otros habitantes. A él dan también las de los lagares y graneros, tinajón, molino de aceite, troje, pajares, gallineros y almacenes en general. (23) Durante muchos años los cortijos andaluces han sufrido un proceso continuo de abandono, merced a diversas causas, como el abandono del campo o los gastos de conservación y muchos propietarios sustituyen antiguas edificaciones por construcciones nuevas, menos funcionales y peor ubicadas
No se trata de contemplar el cortijo de forma reduccionista, limitada a su dimensión puramente económica o productiva y mucho menos como un vestigio folclórico de resonancias hirientes, en la consideración que, en la actualidad, es decir, en el mundo agrariamente avanzado de una Andalucía incorporada de pleno derecho a la Unión Europea, además de una unidad de producción agropecuaria, puede constituir un paisaje cultural vivo, abarcar otros aspectos, materiales e inmateriales, históricos, estéticos, ambientales y generación de biodiversidad merecedores de protección que solo se comprenden en toda su extensión de contemplarse como un todo unitario. En la mayor parte de Andalucía, la palabra “cortijo” designa tanto a la explotación agropecuaria como a la edificación situada en dicha explotación(24).
El elemento arquitectónico central de la Cooperativa “Naturales del Sierro”, es el Cortijo “Pozo del Rosal”, expresión genuina de la arquitectura vernácula andaluza, catalogado en el libro Cortijos, Haciendas y Lagares. Arquitectura de las grandes explotaciones agrarias de la provincia de Sevilla.(25) Agrupa viviendas de varias familias dedicadas a la actividad agropecuaria, respetando las técnicas y materiales constructivos tradicionales ( tejas árabes, ladrillos de barro antiguos, vigas de madera, suelos hidráulicos, mobiliario tradicional andaluz). Para su conservación y mantenimiento, exterior e interior, se emplea la cal artesanal de Morón de la Frontera como ha sido usada durante generaciones, tanto para reparaciones como para encalado. En la explotación encontramos aperos, arados y tinajas y maquinaria agrícola de la primera industrialización.
Manejo holístico o regenerativo practicado por “Naturales del Sierro” para proteger el suelo, capturar carbono atmosférico y combatir los efectos del cambio climático
El suelo es la base sobre la que se sustenta la vida en la Tierra y continente de una serie de procesos cruciales, pues en él se dan millones de interacciones entre cientos de seres vivos que permiten que la materia orgánica pueda ser asimilada por las plantas mediante su descomposición en materia inorgánica, cerrando así el importantísimo ciclo de la materia, siendo el resultado de la acción combinada de una importante variedad de factores ambientales bióticos (seres vivos) y abióticos (no vivos) entre los que destacan la acción de las plantas, sus raíces, la temperatura y el agua, entre otras. Se trata de un sistema en constante evolución a una escala temporal muy amplia, muy superior a la vida humana. La práctica de agricultura y ganadería regenerativas posibilita la recuperación del suelo y de las raíces, captura el carbono atmosférico combatiendo los efectos del cambio climático y frenando la erosión, a la vez que proporciona alimentos de calidad. La forma en que tomamos decisiones en medio de sistemas vivos y complejos afecta indudablemente a todos y cada uno de sus elementos.
La realidad natural en la que interviene el ser humano mediante las actividades agraria, forestal y/o ganadera está compuesta por sistemas vivos que se adaptan continuamente al ambiente y cuyo funcionamiento es complejo: tierra, animales, minerales, personas, plantas, hongos, saberes y haceres ancestrales, nuevos saberes y tecnologías, todos sabiamente interconectados. Esta perspectiva holística permite comprender el "todo" que estamos tratando de gestionar desde una visión estratégica e integrada, permitiendo tomar las decisiones más idóneas para lograr resultados regenerativos a distintos niveles, ecológico, cultural, económico y social. En “Naturales del Sierro” se parte de una concepción de la Agricultura entendida como el arte de cultivar y habitar la tierra(26) para producir alimentos de calidad respetando la naturaleza y no como un negocio industrial agroalimentario que solo busca una rentabilidad económica inmediata.
Se practica el manejo ganadero holístico, regenerativo o Pastoreo Rotacional Voisin (PRV) . Se trata de un sistema de manejo ganadero en simbiosis con el crecimiento fisiológico de las plantas, intercalando alta carga animal en cortos espacios de tiempo con largos periodos de reposo para evitar el sobrepastoreo o el infra pastoreo. Este manejo, a pesar de tener raíces ancestrales, supone una verdadera innovación en nuestro entorno, por cuanto aprovecha todas las sinergias generadas entre agricultura, silvicultura y ganadería, regenerando el suelo y los ecosistemas. Se trata básicamente de imitar los procesos naturales de las manadas de grandes herbívoros en su movimiento constante. La minimización o eliminación del laboreo, ausencia de insumos químicos y control de yerbas adventicias con el pastoreo permite el mantenimiento de capa vegetal perpetua que protege el suelo, ahorra el agua, retiene carbono y genera biodiversidad.
En este contexto holístico, el manejo de la tierra mediante el pastoreo regenerativo o racional Voisin ( PRV) consiste, en particular, en realizar movimientos organizados de ganado considerando el tiempo en que las plantas están expuestas al pastoreo, de forma que se planifique la recuperación de la cubierta vegetal. Este método singular de pastoreo tiene en cuenta las necesidades de la tierra, las plantas, los animales y las personas. El proceso se basa en una planificación, evaluación y replanificación constantes. La base del sistema consiste en emular las circunstancias en la que han evolucionado las especies de plantas, hongos y bacterias que coexistían con los herbívoros en el ecosistema. Se fundamenta en la utilización de “pulsos” o “eventos” de pastoreo puntuales que permiten la recuperación de las plantas tras la descompensación aéreo-radicular que provoca el pastoreo, lo que genera la formación de humus por la muerte parcial de raíces que induce la proliferación de toda la biocenosis asociada al suelo. Se produce de esta forma una mejora en la proporción de materia orgánica de alta estabilidad en el horizonte del suelo, con fijación de carbono de ciclo largo y todas las mejoras asociadas a ello, en particular la su función como sumidero de carbono para mitigar los efectos del cambio climático. Esa es la base de la agricultura y ganadería regenerativas.
El pastoreo holístico planificado tiene en consideración cuatro principios claves:
- la naturaleza funciona como un todo,
- la escala de la humedad y cómo afecta la respuesta de la tierra a las influencias sobre ella,
- la relación entre predadores, presa y salud de la tierra y
- el tiempo de pastoreo, más importante que el número de animales que pastan.
El modelo de gestión holística con pastoreo planificado fue ensayado por Allan Savory desde los años 60 del siglo XX para la regeneración de los pastizales africanos, concretamente en Zimbabue, buscando remedios a la desertificación y la recuperación de la biodiversidad y la calidad de vida de las personas. Los resultados fueron espectaculares y el sistema se ha ido extendiendo progresivamente por todo el mundo. Savory (1998) logró demostrar de forma fehaciente que, frente a la creencia de que la ganadería es la responsable de crear “desiertos”, el problema es la forma en que se manejaba el ganado, concluyendo que es la gestión ganadera la que tiene que cambiar y asimilarse a los rebaños salvajes que poblaron la tierra, que estaban siempre alerta y en movimiento frente al peligro de los depredadores. Este tipo de manejo se apoyó en los estudios realizados desde la década de los años 40 del siglo pasado por el científico francés André Marcel Voisin.
Estas prácticas han sido impulsadas en nuestro país por la Asociación Ibérica de Agricultura Regenerativa, que funciona desde el año 2012 y ha elaborado el primer Mapa de Granjas Ibéricas Regenerativas(27) con una metodología rigurosa y participativa, ponderando tanto la opinión de expertos y profesionales, como la participación de agricultores y ganaderos, para definir los requisitos mínimos que deben cumplir las explotaciones para ser recogidas en el Mapa, que son:
- No utilizar biocidas, ni fertilizantes químicos ni Organismos Modificados Genéticamente (OGMs).
- Reducir o eliminar los insumos externos.
- Reducir o eliminar el laboreo con volteo.
- Mantener el suelo cubierto durante el mayor periodo de tiempo con materia vegetal: cultivos de cobertura, praderas, vegetación espontánea o mulching (acolchado orgánico).
- Cuando en la explotación haya animales herbívoros u omnívoros, deben ser integrados mediante pastoreo dirigido: Manejo Holístico, PRV o similar.
- Diversidad de plantas y asociación de cultivos.
- Fomento de la economía circular.
- Progresiva reducción huella de carbono y de dependencia de combustibles fósiles.
- Mejorar cada año la sostenibilidad de la finca y la regeneración del suelo, el agua, el aire, la biodiversidad y la vida.
- Producción y comercio local, de temporada, Km 0.
La agricultura regenerativa está siendo objeto de numerosas investigaciones, científicas y aplicadas, pues la captura de carbono en los suelos y en la biomasa que se encuentra sobre ellos ayuda decisivamente a revertir los efectos del cambio climático. La manera más eficiente y sostenible de conseguir retener el agua en la tierra es dejar la cubierta vegetal de la misma y que las propias raíces de la tierra hagan las veces de sumideros de agua y de carbono (Courtney, W., 2020).
Los resultados positivos han sido evidentes en todos los países en los que se han ensayado con seriedad técnicas de agricultura regenerativa, con las adaptaciones necesarias en cada contexto. En Suecia, Daverkosen, L. et al. (2022) se evaluaron 23 parcelas en 11 fincas que habían aplicado prácticas regenerativas durante un margen temporal de cero a treinta años. Se midieron variedad de factores físicos (densidad aparente, tasa de infiltración, estabilidad de humedad, profundidad y abundancia de raíces, resistencia a la penetración), químicos (pH, conductividad eléctrica, relación C: N, carbono orgánico total) y biológicos (abundancia de lombrices de tierra, carbono activo y de la biomasa microbiana). Estos parámetros se relacionaron con prácticas regenerativas (reducción de laboreo, aplicación de materia orgánica, integración ganadera, diversidad de cultivos y participación de leguminosas y plantas perennes) a través de una combinación de agrupamiento jerárquico, análisis de varianza y pruebas de Tukey, análisis de componentes principales y análisis lineal múltiple. En todos los casos estudiados, la aplicación de materia orgánica tuvo un impacto positivo en la densidad, los parámetros relacionados con el carbono, la estabilidad de la humedad y la tasa de infiltración, mientras que la labranza reducida y el aumento de la proporción de plantas perennes combinadas tuvieron un impacto positivo en la densidad de la vegetación, la abundancia y profundidad de las raíces y la estabilidad del agregado húmedo(28). A parecidos resultados llegaron en Chile, Echevarría et al ( 2017) concluyendo que el Pastoreo Racional Voisin contribuye a mitigar los impactos ambientales negativos de la ganadería, debido a la capacidad de captura de carbono de los pastos perennes, además de aumentar la capacidad de carga animal, mejorar la producción de biomasa y su valor nutritivo. El carbono almacenado en el suelo regula múltiples procesos ecosistémicos que van desde la fertilidad del suelo hasta la regulación del clima ( Sáez Sandino, 2023). Es importante insistir en las modelizaciones de las soluciones de uso regenerativo en función del clima y características de cada territorio, así lo destacan Jaworski, C. et al. (2023), concluyendo que estas prácticas regenerativas del suelo deben tenerse en cuenta en futuras políticas e investigaciones para combatir el cambio climático.
Estas prácticas evidencian que las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático deben priorizar las soluciones basadas en la naturaleza, las cuales tienen una mejor relación coste-eficacia que la implantación desproporcionada de macro instalaciones de renovables que destruyen definitivamente terrenos naturales, sus ecosistemas y sumideros naturales de carbono.
El ganado de “Naturales del Sierro, S. Coop.And.” se integra por un gran rebajo de ovejas segureñas y uno más pequeño de cabra blanca andaluza, razas autóctonas, la última en extinción. Para su adecuado manejo y cuidado se cuenta con perros ( mastines y border collies y perro de agua) y con los saberes y haceres pastoriles. Se ha diversificado la actividad cooperativa, compaginando plantaciones de algarrobo, olivo, acebuche, almendro y pistacho con el manejo ganadero, siguiendo criterios holísticos o regenerativos para la gestión de toda la explotación. Junto con los pastos perennes, la capacidad de los árboles como sumideros de carbono naturales es igualmente notable(29). El mantenimiento de los terrenos reforestados se realiza con el ganado, sin utilizar en ningún momento insumos externos.
El uso adecuado del ganado permite combatir los riesgos de erosión, incendio o inundación, que se incrementan con el cambio climático. Aldo Leopold (30) , el gran ecólogo ambiental y silvicultor estadounidense (1887-1948) afirmaba que “basta un fósforo, una cabra y un hacha para la conservación de algunos bosques templados”. En tiempos de urgencia climática y agravamiento de los incendios forestales, los montes deben estar mejor gestionado que nunca. La gestión forestal sostenible que reclama la normativa de la UE, es básicamente coincidente con los enfoques integrados(31) y principios del pastoreo regenerativo.
Valor ecológico y paisajístico de enclaves regenerados. Restauración de polinizadores
Las tierras regeneradas por “Naturales del Sierro , S. Coop. And.” representan enclaves de biodiversidad para los terrenos agrícolas circundantes que llevan a cabo agricultura intensiva. Tal y como explican los estudios ambientales más recientes, es sumamente importante conservar estos enclaves o manchas naturales dentro del paisaje agrícola, pues estas zonas representan hábitats en mosaico, siendo aquí donde se alcanza la máxima biodiversidad y estabilidad de los ecosistemas mediterráneos, por ejemplo, son los idóneos para las especies clave de nuestro ecosistema como el conejo y la perdiz, además de permitir la recuperación de los polinizadores.
Se entiende por “polinizador”, el insecto silvestre que traslada polen de la antera al estigma de una planta, lo que hace posible la fertilización y la producción de semillas. El declive de los polinizadores en las últimas décadas es una auténtica tragedia: según la Lista Roja Europea, una de cada tres especies de abeja y mariposas tiene una población en descenso y una de cada diez está en peligro de extinción, por agricultura intensiva, abuso de plaguicidas(32), especies exóticas invasoras, patógenos y el cambio climático. Los servicios de los polinizadores naturales, además de esenciales, son insustituibles y se ha defendido la consideración de la polinización como un “bien común global.” (33) Todos los ecosistemas terrestres y el 90% las especies florales del mundo, dependen de la transferencia del polen por insectos, también nuestro bienestar y alimentación. En palabras de la gran visionaria Rachel Carson, en su Primavera Silenciosa (1962) sin la polinización de los insectos, la mayor parte de plantas que sostienen el suelo y lo enriquecen en áreas no cultivadas desaparecerían, con consecuencias de gran alcance para la ecología de toda la región. En las tierras cedidas a Naturales del Sierro hay colmenas y la ausencia durante décadas de pesticidas y productos fitosanitarios junto con el manejo holístico del ganado, regenerando de los ecosistemas fluviales, agrícolas y forestales presentes en la finca, han permitido una espectacular recuperación de las poblaciones de polinizadores.
Preferencia de soluciones basadas en la naturaleza frente a la emergencia climática
Es indudable que restaurar la naturaleza y el patrimonio rural y combatir el cambio climático son dos caras de la misma moneda. Las soluciones basadas en la naturaleza, que mantienen y aumentan las reservas de carbono en sus sumideros naturales(34), son fundamentales para combatir la crisis climática que, a su vez, es un factor de cambio para los ecosistemas.
Es decir, no se trata de cumplir los objetivos climáticos exclusivamente mediante grandes instalaciones de las llamadas “energías renovables” (35) , que están destruyendo miles de hectáreas naturales en España; sino de reconocer y fomentar la regeneración de la tierra y de los ecosistemas, como sumideros naturales de carbono, como mecanismo que, a gran escala, lograría mitigar la crisis climática de la forma más eficiente y respetuosa con el patrimonio natural. La consideración del suelo, agua , paisaje y biodiversidad como bienes colectivos escasos y fácilmente vulnerables debe favorecer estos enfoques en el consumo racional de los recursos naturales, y así resulta de la normativa comunitaria comentada El potencial de las tierras agrícolas, convenientemente gestionadas, para combatir la emergencia climática por su condición de sumideros naturales de carbono, es enorme.
En el ejemplo expuesto, la actividad de “Naturales del Sierro, S. Coop. And.” , existe una continuidad armónica entre todas las fases del proceso productivo; desde la forma de cuidar la tierra y los árboles y manejar el ganado hasta la elaboración de los productos o aprovechamiento de subproductos, con una visión integral de todas los bienes y valores de la agricultura, permitiendo acoger sus dimensiones culturales y las de carácter natural o biológico. La actividad que lleva a cabo para fijar el carbono atmosférico, es respetuosa con la naturaleza a la vez que ayuda a combatir la crisis climática y proporciona muchos otros servicios ecosistémicos: conserva conocimientos tradicionales, fija población rural, aporta alimentos de calidad, agua y aire puro, regenera ecosistemas muy valiosos y ayuda a crear resiliencia, contribuyendo a paliar los desastres naturales ( incendios, inundaciones, sequía, erosión) derivados del cambio climático.
Es una evidencia científica que ecosistemas ricos en biodiversidad generan mayor resiliencia al cambio climático y aportan métodos más eficaces de reducción y prevención de catástrofes. La propia normativa comunitaria insiste en hacer compatibles las actividades de protección y restauración de la naturaleza con las medidas para combatir los efectos del cambio climático. Se trata simplemente de aliarse con la Naturaleza, en lugar de luchar contra ella.
NOTAS:
(1). Cfr. FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ, D. (2020)”El ambicioso Pacto Verde Europeo". Revista de Actualidad Jurídica Ambiental, n. 101, Sección “Comentarios”.
(2). Presunción que el Reglamento (UE) 2022/2577 22 diciembre 2022, art. 3, reconoce por primera vez, con carácter temporal, para acelerar la implantación de energías renovables en la UE, como respuesta la guerra de Ucrania e interrupción del suministro de gas ruso a la Unión. Esta presunción afecta también a la materia expropiatoria y urbanística, DE LA TORRE VELA, SPUCHE CATALUNYA, A., ABAD GAMERO, S. (2024) “La utilidad pública y el interés público en la instalación de renovables”, Revista Práctica Urbanística, N.º 190.
(3). Se ha de tener en cuenta la sensibilidad ambiental de los paisajes, de conformidad con el Anexo III de la Directiva de evaluación de proyectos, que proporciona criterios de selección tales como el uso existente del suelo, cantidad, calidad y capacidad regenerativa de los recursos naturales del área; la capacidad de carga del medio natural, humedales, y zonas costeras, la áreas que cumplen objetivos de calidad medioambiental ,densidad demográfica y la significación histórica, cultural y/o arqueológica de determinados paisajes.
(4). El concepto “fragmentación de hábitats” pone de manifiesto lo artificioso que resulta considerar que unos territorios son más valiosos que otros, pues, en términos ecológicos, es necesario aplicar criterios de conservación de la conectividad dentro y fuera de las áreas protegidas, máxime al considerar los efectos del cambio climático, numerosas especies deben realizar desplazamientos para variar sus áreas de distribución de forma que existe un amplio consenso científico-técnico en señalar que la conservación eficiente de la biodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados requiere superar la dualidad y contraposición territorial entre espacios adecuado para afrontar la evaluación ambiental de un territorio.
(5). Desarrolla los conceptos paisajísticos de conectividad e infraestructura verde SÁNCHEZ SÁEZ, A. J. (2022) “Los últimos desafíos del patrimonio natural: sumideros, sostenibilidad e implantación compatible de energías renovables” Revista General de Derecho Administrativo, N.º 60.
(6). URIARTE RICOTE, M.( 2025) “Gobernanza interautonómica de áreas protegidas: implicaciones jurídicas desde la conectividad ecológica”, Actualidad Jurídica Ambiental, nº. 157, Sección “Artículos doctrinales” p. 4.
(7). Para restaurar ecosistemas urbanos, el indicador fundamental es el aumento de espacios verdes urbanos y cubierta arbórea, la integración de las infraestructuras verdes y las soluciones basadas en la naturaleza, como techos y muros verdes en el diseño de los edificios. Se establece el 31/12/2030 como fecha límite para que los Estados garanticen que no hay pérdida neta en la superficie total nacional de espacio verde urbano y cubierta arbórea urbana en comparación con 2024. Nada nuevo bajo el sol: en España, el principio de no regresión ambiental o cláusula stand still, es aplicada de forma reiterada por los tribunales en materia urbanística para la protección de las zonas verdes. Las SSTC 233/2015 y 45/2015 señalan que este principio con fundamento en los art. 45 CE y 53 CE, no se limita a los espacios naturales protegidos, pues afecta a costas, montes, especies protegidas y también al ámbito urbano, destacando la función medioambiental espacios verdes. Conforme a este principio de no regresión, no es posible reducir el nivel de protección ambiental sin justificación basada en un interés público prevalente (STS 30 de junio de 2023, rec. 7738/21).
(8). El Reglamento delegado 2025/2188 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2025 establece un método con base científica para el seguimiento de la diversidad y las poblaciones de polinizadores.
(9). El índice nacional de aves comunes ligadas a medios agrarios mide la tasa de variación de la abundancia relativa de especies de aves que dependen de los hábitats de las tierras agrícolas para su alimentación o su nidificación, o ambas. Para España, por ejemplo, se citan la alondra, la perdiz roja, el mochuelo, la terrera, el jilguero, el buitrón, el cuervo, la codorniz, el triguero, el cernícalo, la cogujada, la golondrina, el pardillo, la calandria, el abejaruco, la collalba, la tórtola, el estornino, el gorrión, el sisón y la abubilla.
(10). Como es conocido, la Asamblea General de la ONU aprobó en 2015 los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS, entre ellos, 12 gestión y uso eficiente de recursos naturales, minimizando uso de productos químicos y la generación de residuos, 13 integración de medidas para combatir crisis climática y sus efectos y 15 restablecer ecosistemas, regenerar la tierra y luchar contra desertificación y pérdida de biodiversidad.
(11). Entró en vigor de forma general el 17 diciembre de 1975, en España desde el 4 de agosto de 1982. En su origen fue decisiva la campaña internacional para la protección del templo de Abu Simbel, gravemente amenazado por la construcción de la presa de Assuam. La cooperación fue todo un éxito. Se generó un “afecto trasnacional” respecto de ciertos bienes cuya importancia trascendía a las personas y a los países en particular.
(12). La Lista del Patrimonio Mundial se integra por bienes cuya importancia trasciende las fronteras nacionales, conforme a los diez criterios que señalan las Directrices Prácticas (párr. 77) para concretar este valor universal excepcional, junto con los atributos de autenticidad e integridad (párr. 78). El tradicional requisito de autenticidad ha sido reelaborado en la Conferencia de Nara en 1994, para adaptar el concepto europeo a otras realidades , permitiendo reemplazar elementos de madera deteriorados en Templos de Japón o de barro y adobe en las Mezquitas de Mali.
(13). Esta figura admite varios sub tipos:
-Paisajes culturales claramente definidos, concebidos y creados intencionalmente por el hombre, como los jardines diseñados por razones básicamente estéticas: p.ej. Versalles.
-Paisajes evolutivos, resultado de la acción de un grupo humanos sobre el medio natural a lo largo de su historia, pudiendo ser pasajes relictos o fósiles, si la cultura que lo crea ha dejado de existir (arte rupestre prehistóricos) o vivos, si este proceso evolutivo sigue existiendo (paisajes vitivinícolas).
-Paisajes asociativos, como enclaves naturales vinculados a acontecimientos históricos, religiosos o artísticos relevantes, donde los elementos inmateriales son aún más relevantes que sus evidencias físicas (paisajes de Moguer descritos en “Platero y yo” ).
(14). LUENGO AÑÓN, A. “Los paisajes agrícolas del Patrimonio Mundial” Revista del patrimonio mundial, N.º 69, 2013, pp. 8-15.
(15). Complementada por el “Protocolo de Protocolo de Baeza sobre el Patrimonio Agrario 2021: directrices, para profundizar en la caracterización del patrimonio agrario y su reconocimiento e implementación a nivel nacional e internacional”, CASTILLO RUIZ, J. y MARTÍNEZ YAÑEZ, C. ( 2022), erph, ENLACE.
(16). La normativa agraria comparte la concepción de lo agrario como universitas iuris. La Ley 19/1995, de Modernización de las Explotaciones Agrarias define “actividad agraria” como el conjunto de trabajos que se requiere para la obtención de productos agrícolas, ganaderos y forestales y “explotación agraria”, como el conjunto de bienes y derechos organizados empresarialmente por su titular en el ejercicio de la actividad agraria, primordialmente con fines de mercado, y que constituye en sí misma una unidad técnico-económica. Son elementos de la explotación agraria bienes y derechos de muy diversa tipología que son objeto de aprovechamiento agrario permanente; la vivienda con dependencias agrarias; las construcciones e instalaciones agrarias, los ganados, máquinas y aperos integrados en la explotación y afectos a la misma, cuyo aprovechamiento y utilización correspondan a su titular en régimen de propiedad, arrendamiento, derechos de uso y disfrute e incluso por mera tolerancia de su dueño. Asimismo, constituyen elementos de la explotación todos los derechos y obligaciones de su titular afectos a la explotación.
(17). CASTILLO RUIZ, J. (2013) “El Patrimonio Agrario. Razones para su reconocimiento y protección. Desmontando prejuicios, resistencias y menosprecio”, en La Carta de Baeza sobre Patrimonio Agrario. UNIA, pp. 51-68.
(18). Ley 17/2021, sobre el régimen jurídico de los animales, introduce en el CC el art. 333 bis 1.Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad... 2.El propietario, poseedor o titular de cualquier otro derecho sobre un animal debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando su cualidad de ser sintiente, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie y respetando las limitaciones establecidas en ésta y las demás normas vigentes.
(20). Sujetas a los principios y disposiciones de la Ley española 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, Ley 14/2011, de 23 de diciembre de Sociedades Cooperativas Andaluzas y su Reglamento Decreto 123/2014, de 2 de septiembre, siendo de aplicación los beneficios fiscales establecidos en la Ley estatal 20/1990, de 19 de diciembre, de Régimen Fiscal de Cooperativas, así como de las medidas de fomento inherentes a las explotaciones agrarias prioritarias, reguladas en la Ley 19/1995, de Modernización de Explotaciones Agrarias.
(21). En su apartado II, ofrece claves para su identificación, tales como empleo de metodología constructiva popular, generada por oficios, saberes y técnicas tradicionales, transmitidas de manera informal de generación en generación; el fuerte ligamen con lo local regional; la coherencia de estilo y su carácter eminentemente funcional. La Carta precisa que la percepción o interpretación que la población da al patrimonio vernáculo constituye parte integrante de los valores que han de ser protegidos, conjuntamente con las tradiciones y expresiones intangibles que se hallan asociadas al mismo, las técnicas arquitectónicas y los oficios y técnicas constructivas asociadas.
(22). CHUECA GOITIA, F. (1981) Invariantes castizos de la arquitectura española, Ed. Tosar, Madrid, p. 72, señala las características más definitorias de la arquitectura hispana y de los cortijos andaluces “la expresividad externa del interior”, lo que se manifiesta en el carácter cerrado del cortijo y en el alzado de sus construcciones, exterior con aspecto sólido y casi inaccesible, reforzando la privacidad.
(23). CARO BAROJA, J. (1981) Los pueblos de España, tomo II, Istmo, p. 279.
(24). FLORIDO TRUJILLO, G., (1996) en “Hábitat rural y gran explotación en la Depresión del Guadalquivir”, Consejería de Obras Públicas y Transportes, Junta de Andalucía, p.177, los cortijos béticos, aunque con algunas peculiaridades puntuales, responden en sus aspectos básicos y más significativos a un único tipo arquitectónico difundido y arraigado desde antiguo en la mayor parte de la Baja Andalucía , señalando que en los caseríos vinculados a tierras que en la actualidad mantienen cierto peso ganadero es donde en mayor medida se conservan los rasgos más significativos del cortijo tradicional, siendo, por tanto este grupo de edificaciones el que hoy proporciona muchos de los modelos más interesantes de este tipo de arquitectura rural.
(25). Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía (2010), Tomo I, p. 1009.
(26). FELIPE GIRALDO, O (2013) “Hacia una ontología de la Agri-Cultura en perspectiva del pensamiento ambiental “, Polis 34, pp. 3-4 el vocablo agricultura está conformado por dos derivaciones latinas: Agri- de agri, que expresa “arte de cultivar el campo”, y -Cultura, del verbo colere, cuya raíz originaria quiere decir “cultivar” y “habitar”, de manera que el significado profundo de la palabra Agri-Cultura es “el arte de cultivar y habitar la tierra”.., un acto poético de albergar el nacimiento, crecimiento y reproducción de los ciclos naturales de la vida, pero también, de acuerdo a su sufijo – Cultura, es creación –poiesis– de las condiciones favorables para la permanencia de nuestra especie en la Tierra, añadiendo la agricultura no es por tanto, un tema que deba reducirse a la productividad, sino un asunto profundamente ontológico, que ha conformado por milenios las formas del ser, el habitar y el permanecer de la humanidad entera, y que en mucho menos de una centuria ha sido irrumpida por un modelo fabril homogeneizante, cuyo racional percibe a la tierra como un depósito de recursos muertos que podrán ser extraídos para siempre.
(27). ENLACE ( mapa en el que aparece “Naturales del Sierro” desde 2014)
(28). Encontraron valores significativamente más altos de carbono orgánico total (*), C:N (*), tasa de infiltración (**) y abundancia de lombrices de tierra (*) para cultivo-alto-org-input, el cluster de manejo con valores más altos de aplicación de materia orgánica y sin labranza. Asimismo, aparecen valores significativamente más altos de densidad de vegetación (***) y abundancia de raíces (**) para el ganado con cubierta permanente, el conglomerado sin labranza, la integración del ganado y la cobertura permanente (*** p < 0,001, ** p < 0,01, *p < 0,05, °p < 0,1).
(29). PARAJÓN SOTOMAYOR, M. (2025) “La historia milenaria de un mar de olivos a punto de desaparecer”, Revista Ae, de divulgación agroecológica, ed. 57, SEAE, denuncia que en la Campiña Norte de Jaén se arrancan olivares -en plena producción, cuidados con esmero durante generaciones- para sustituirlos por placas fotovoltaicas, dejando de fijar carbono de hojas, ramas, sus restos y tronco, donde permanecía muchos años.
(30). De su libro, publicado póstumamente en 1949 A Sand County Almanac, que se abre con una frase emblemática: “Hay quien puede vivir sin lo salvaje y quien no puede”; libro que gustará, tal como sugirió el propio autor, a “todos aquellos para los que ver gansos salvajes atravesando el cielo es más importante que ver la televisión”
(31). GAMERO RUGEMER, M (2025) “Análisis de la regeneración del estrato arbóreo en la zona de reserva del monte Navahonda (PN Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas). Influencia de la estructura del dosel arbóreo y los factores ambientales”. TFG Ingeniería Forestal. Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica y de Montes. Universidad de Córdoba, pp. 9-10, señala que la regeneración, puesto que hace posible la persistencia de los bosques, es uno de los fenómenos más importantes que ocurren en las masas forestales naturales. Está condicionada por un gran número de factores, tanto propios como ajenos a la masa. Es un proceso delicado que debe ser estudiado desde un punto de vista holístico para paliar posibles fallos en cualquiera de sus etapas. En el ámbito mediterráneo los procesos de regeneración sufren dificultades añadidas debido a ciertas características ambientales propias de estas latitudes, entre ellas la sequía estival () Conseguir una exitosa regeneración natural es una de las principales preocupaciones de los ingenieros encargados de gestionar las masas forestales de nuestro país. La gestión puede en gran medida favorecer, o incluso, si no se interviene de manera adecuada, impedir la regeneración arbórea.
(32). Directrices para evaluar el riesgo de los plaguicidas respecto a las abejas melíferas, abejas bombas y abejas solitarias,“ BEE Guidance Document”, de Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria 2023.
(33). ORTÍZ GARCÍA, M. (2014) “La primavera gris. Sobre el declive de las abejas” R.V.A.P. núm. 99-100. pp. 2278, ENLACE.
(34). El RD 91/2025 ( art.2) define “sumidero” como cualquier proceso, actividad o mecanismo que absorba de la atmósfera gases de efecto invernadero, aerosoles o precursores de esos gases.
(35). La STSJ Madrid, de 16 octubre 2025 ECLI:ES:TSJM:2025:12844, sobre ponderación de intereses entre promoción energías y protección medio ambiente señala: se realizan una serie de alegaciones sobre las políticas administrativas que deben garantizar el cumplimiento de los objetivos de la UE en particular la Directiva 2023/2413 sobre promoción de energías renovables. Sin desconocer esta normativa lo cierto es que ello no implica que un proyecto de energía renovable automáticamente deba contar con resoluciones favorables en materia medioambiental, puesto que de otro modo, sería preciso que la normativa lo estableciera así, y no es lo que hace la UE, sino que insiste en la obligación de los Estados miembros de garantizar en el procedente de concesión que se tendrá en cuenta el interés superior a la hora de sopesar los intereses jurídicos particulares.