Subvenciones en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social

 22/06/2022
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Orden de 14 de junio de 2022, por la que se modifica la Orden de 18 de abril de 2022, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2022 (BOJA de 21 de junio de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE JUNIO DE 2022, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 18 DE ABRIL DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN MATERIA DE PERSONAS MAYORES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, COMUNIDAD GITANA, PERSONAS MIGRANTES, PERSONAS SIN HOGAR, SOLIDARIDAD Y GARANTÍA ALIMENTARIA DE ANDALUCÍA, IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS LGTBI, ACCIÓN SOCIAL, VOLUNTARIADO, CONCILIACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN SOCIAL, EN EL ÁMBITO DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2022.

Mediante Orden de 18 de abril de 2022 se convocaron subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2022, con el importe que a continuación se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el ámbito de los programas de acción social:

Tabla omitida.

La Orden de 18 de abril de 2022 recoge en su dispositivo vigésimo que “la presente convocatoria podrá ser ampliada con una cuantía adicional total 200.000,00 euros en la línea 4, de 1.000.000,00 euros en la línea 11 y de 42.000,00 euros en la línea 12”.

Tras la distribución de los créditos provenientes del Pacto de Estado contra la Violencia de Género entre los diferentes programas presupuestarios de la Consejería, ha resultado una asignación al programa 31G superior a la inicialmente prevista, por lo que procede modificar el dispositivo Vigésimo de la Orden de 18 de abril de 2022 para que la convocatoria pueda ser ampliada con una cuantía adicional total de 1.300.000,00 euros en la línea 11.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Servicios Sociales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , y en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,

D I S P O N G O

Primero. Modificar el dispositivo “Vigésimo” de la Orden de 18 de abril de 2022 (BOJA núm. 76, de 22 de abril de 2022), por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2022, que adopta la siguiente redacción:

“Vigésimo. Créditos adicionales.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 5.4 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, la presente convocatoria podrá ser ampliada con una cuantía adicional total de 200.000,00 euros en la línea 4, de 1.300.000,00 euros en la línea 11 y de 42.000,00 euros en la línea 12.

La aplicación de dichas cuantías adicionales a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de estas cuantías adicionales queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención.

La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.”

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Pedro Brufao Curiel, Carmen Bravo Díaz, Juan José Torres Ventosa
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