ORDEN PJC/681/2025, DE 1 DE JULIO, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 1 DE JULIO DE 2025, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO DE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PBLICO PREVISTO EN EL ARTCULO 6.2 DEL REAL DECRETO-LEY 4/2024, DE 26 DE JUNIO, POR EL QUE SE PRORROGAN DETERMINADAS MEDIDAS PARA AFRONTAR LAS CONSECUENCIAS ECONMICAS Y SOCIALES DERIVADAS DE LOS CONFLICTOS EN UCRANIA Y ORIENTE PRXIMO Y SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA FISCAL, ENERGTICA Y SOCIAL.
El Consejo de Ministros, en su reunin de 1 de julio de 2025, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda y del Ministro para la Transformacin Digital y de la Funcin Pblica, ha aprobado un acuerdo por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector pblico previsto en el artculo 6.2 #(057084) ar.6# del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias econmicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Prximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energtica y social.
Para general conocimiento, se dispone su publicacin como anexo a la presente orden.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector pblico previsto en el artculo 6.2 #(057084) ar.6# del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias econmicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Prximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energtica y social
El da 19 de octubre de 2022 se firm el Acuerdo Marco para una Administracin del siglo XXI. Este acuerdo en materia retributiva se plantea con un horizonte temporal a tres años, de modo que las previsiones contenidas en el mismo se incluirn en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Se acuerda un marco plurianual en el que incremento se articular a travs de una parte fija y una parte variable ligada, a lo largo de los tres ejercicios de referencia 2022, 2023 y 2024, al crecimiento de la economa española tomando como variables de referencia el incremento del IPCA (dato del IPC armonizado publicado por el INE) y del PIB (Producto Interior Bruto) nominal publicado por el Ministerio de Hacienda con base en datos de contabilidad nacional trimestral proporcionados por el INE.
Para el año 2024, el incremento salarial fijo ser del 2 por ciento, sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior.
Adicionalmente a la subida fija del año 2024, si la suma de la variacin del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024, se aplicar un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento. Este incremento adicional tendra efectos de 1 de enero de 2024.
Por su parte, el artculo 6.2 #(057084) ar.6# el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias econmicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Prximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energtica y social, recoge para el año 2024 las previsiones contenidas en el Acuerdo de 19 de octubre de 2022, estableciendo que:
“2. Asimismo, con efectos de 1 de enero de 2024, se aplicar, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variacin del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024.
A estos efectos, una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadstica (INE) los datos del IPCA del año 2024, se aprobar la aplicacin de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicar en el BOE.”
El Instituto Nacional de Estadstica, con fecha 15 de enero de 2025, ha certificado que la suma de la variacin del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 es de 12 por ciento.
Por su parte, el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024 es del 8 por ciento.
Por tanto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artculo 6.2 #(057084) ar.6# del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, y dado que se dan los condicionantes recogidos en la norma, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda y del Ministro para la Transformacin Digital y de la Funcin Pblica, el Consejo de Ministros, en su reunin del da 1 de julio de 2025, acuerda:
Aprobar el incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector pblico previsto en el artculo 6.2 #(057084) ar.6# del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias econmicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Prximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energtica y social, que establece que “Asimismo, con efectos de 1 de enero de 2024, se aplicar, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variacin del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024”.
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