Subvenciones del programa Ocell de foc

 02/07/2025
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Orden EMT/105/2025, de 26 de junio, de modificacin de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de las subvenciones del programa Ocell de foc (DOGC nm. 8776, de 20.10.2022) (DOGC de 1 de julio de 2025). Texto completo.

ORDEN EMT/105/2025, DE 26 DE JUNIO, DE MODIFICACIN DE LA ORDEN EMT/227/2022, DE 18 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIN DE LAS SUBVENCIONES DEL PROGRAMA OCELL DE FOC (DOGC NM. 8776, DE 20.10.2022)

El 20 de octubre de 2022 se public en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de las subvenciones del programa Ocell de foc (DOGC nm. 8776, de 20.10.202).

El 24 de diciembre de 2024 se public en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden EMT/254/2024, de 20 de diciembre, de modificacin de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de las subvenciones del programa Ocell de foc (DOGC nm. 8776, de 20.10.2022) (DOGC nm. 9317, de 24.12.2024).

Visto que, una vez aplicados en la convocatoria de 2025 los cambios introducidos por la Orden EMT/254/2024, de 20 de diciembre, se ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar determinadas adaptaciones tcnicas y aclaraciones en algunos apartados, con el objetivo de garantizar una mejor ejecucin del programa Ocell de foc;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislacin vigente y, en concreto, el artculo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas pblicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre #(003191)#,

Ordeno:

Artculo 1

Se modifican los apartados b) y k) de la base 9.2 del anexo 1 de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, que quedan redactados de la siguiente manera:

"b) Las remuneraciones del personal que participe en los trabajos del proyecto, o que lleve a cabo tareas en su elaboracin, ejecucin, desarrollo o seguimiento. Las empresas o las entidades beneficiarias pueden imputar, como gastos salariales, un mximo de 35.000,00 euros anuales por persona trabajadora o socio/socia trabajador/a a jornada completa. El concepto gastos salariales incluye el salario base y las pagas extraordinarias, de acurdo con el convenio colectivo o disposicin salarial aplicable, as como las cuotas patronales a la Seguridad Social. Tambin se incluyen en este concepto los complementos salariales que se encuentren fijados en el convenio colectivo o en el contrato de la persona trabajadora (salvo las horas extraordinarias y los pagos por beneficios) y los finiquitos (sueldo, complementos, vacaciones y parte proporcional de las pagas extraordinarias).”

"k) El 100% de los gastos del informe de auditora relativo a la justificacin de la subvencin otorgada. El importe mximo subvencionable por este concepto ser de 1.500,00 euros para cada una de las entidades beneficiarias."

Artculo 2

Se modifica el segundo prrafo de la base 20.2 del anexo 1 de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, que queda redactado de la siguiente manera:

“Cuenta justificativa con aportacin de un informe de auditora para cada una de las entidades beneficiarias, en el que se acredite la realizacin de las actuaciones subvencionadas, as como todos los gastos generados por las citadas acciones y la aplicacin de los fondos percibidos, que deben corresponderse con la parte alcuota del presupuesto y de la subvencin concedida.

La memoria de justificacin de la entidad gua debe contener una recopilacin de las actuaciones de las beneficiarias, y el informe auditor de la entidad gua deber tener un apartado con la agrupacin de los importes otorgados y verificados por las dems entidades beneficiarias que forman la agrupacin.”

Artculo 3

Se modifica el ltimo prrafo del apartado d) de la base 2.3 del anexo 2 de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, que queda redactado de la siguiente manera:

“Acciones mnimas:

El nmero mnimo de horas de atencin, tutora y acompañamiento a jvenes con problemas de salud mental durante todo el perodo de ejecucin resulta de multiplicar el nmero mnimo de personas jvenes con problemtica de salud mental a atender por el ncleo, en funcin del territorio, por 14 horas.”

Artculo 4

Se modifica el ttulo y el primer prrafo de la base 6 del anexo 2 de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, que quedan redactados de la siguiente manera:

“Base 6

Seguimiento y justificacin

La entidad beneficiaria de la subvencin debe presentar una memoria tcnica justificativa de la actuacin, segn el modelo normalizado, junto con la documentacin indicada en la base 20 del anexo 1 de la presente Orden. Esta memoria debe presentarse en dos momentos: el primero, para el seguimiento del proyecto, en la fecha que establezca la resolucin de otorgamiento; y el segundo, para la justificacin final, dentro del plazo de dos meses contados desde la finalizacin de la actuacin, de acuerdo con la base 20.7 del anexo 1 de la presente Orden. Esta memoria debe incluir, como mnimo:"

Artculo 5

Se modifica el apartado b) de la base 7.1 del anexo 2 de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, modificado por el artculo 18 de la Orden EMT/254/2024, de 20 de diciembre, que queda redactado de la siguiente manera:

“b) Objetivo mnimo del 15% de jvenes atendidas con problemas de salud mental.

A partir del 12%, no se hace revocacin.

Entre un 8% y un 12%, se revoca el 5% de la subvencin.

Entre un 5% y un 8%, se revoca el 10% de la subvencin.

Por debajo del 5%, se revoca toda la subvencin.”

Artculo 6

Se modifica el ttulo y el primer prrafo de la base 8 del anexo 3 de la Orden EMT/227/2022, de 18 de octubre, que quedan redactados de la siguiente manera:

“Base 8

Seguimiento y justificacin

La entidad beneficiaria de la subvencin tiene que presentar una memoria tcnica justificativa de la actuacin, segn el modelo normalizado, junto con la documentacin prevista en la base 20 del anexo 1 de esta Orden. Esta memoria se tiene que presentar en dos momentos: el primero, para el seguimiento del proyecto, en la fecha que establezca la resolucin de otorgamiento; y el segundo, para la justificacin final, dentro del plazo de dos meses contados desde la finalizacin de la actuacin, de acuerdo con la base 20.7 del anexo 1 de esta Orden. Esta memoria debe incluir, como mnimo:"

Disposicin transitoria

La presente Orden regir en la tramitacin de la Resolucin EMT/1247/2025, de 31 de marzo, por la que se hace pblica la convocatoria del año 2025 para la concesin de subvenciones del programa Ocell de foc (ref. BDNS 824941) (DOGC nm. 9391, de 11.4.2025).

En consecuencia, la citada Resolucin se modifica en todo lo que quede afectado por el contenido de la presente Orden.

Disposicin final

Esta Orden entra en vigor al da siguiente de su publicacin en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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