Eduard-Valentin Pavel

El régimen jurídico de las alteraciones de los grupos políticos locales

 14/05/2024
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El presente artículo tiene por objeto deslindar el régimen jurídico de las alteraciones de los grupos políticos locales. Dicho de otra manera, se ha pretendido analizar en profundidad, a la luz del art. 73.3 de la LBRL, las figuras de la adscripción y no adscripción a los grupos políticos, dado que se prevén de forma inacabada las vicisitudes sustantivas y procedimentales de la alteración de estos.

Eduard-Valentin Pavel es Profesor lector de Derecho Administrativo en la Universidad de Lleida y asesor jurídico (en excedencia) en el Ayuntamiento de Lleida, con líneas de investigación abiertas, principalmente en procedimiento administrativo y derecho local.

El artículo se publicó en la Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica. Nueva Época. Número 21 (abril 2024)

RESUMEN

Objetivos: el presente artículo tiene por objeto deslindar el régimen jurídico de las alteraciones de los grupos políticos locales. Dicho de otra manera, se ha pretendido analizar en profundidad, a la luz del art. 73.3 de la LBRL, las figuras de la adscripción y no adscripción a los grupos políticos, dado que se prevén de forma inacabada las vicisitudes sustantivas y procedimentales de la alteración de estos. Metodología: la metodología utilizada es la típica del derecho: el uso de la normativa, jurisprudencia, doctrina consultiva y la doctrina científica. Resultados: se han establecido las bases del encaje dogmático y cauce procedimental aplicable a la no adscripción (principal mecanismo forzoso de alteración del grupo político local), teniendo particularmente en consideración los motivos de la existencia de esta figura, así como la intervención de una pluralidad de sujetos en las decisiones sobre la composición de los grupos. Conclusiones: nuestro ordenamiento jurídico no prevé un régimen jurídico completo de no adscripción o, más ampliamente dicho, alteración del grupo político local, ni en los aspectos sustantivos para su producción ni tampoco sobre el iter procedimental que seguir para su acuerdo, necesitándose para ello la intervención del legislador.

ABSTRACT

THE LEGAL REGIME OF ALTERATIONS TO LOCAL POLITICAL GROUPS

Objectives: The purpose of this article is to define the legal regime of the alterations of the local political groups. In other words, it has been intended to analyze in depth, in the light of article 73.3 of the LBRL, the figures of the ascription and non-ascription to the political groups, since the substantive and procedural vicissitudes of the alteration of these are provided for in an unfinished way. Methodology: The methodology used is typical of law: the use of regulations, jurisprudence, advisory doctrine and scientific doctrine. Results: We have established the basis of the dogmatic and procedural framework applicable to the non-attachment (main mechanism for the forced alteration of the local political group), taking into particular consideration the reasons for the existence of this figure as well as the intervention of a plurality of subjects in the decisions on the composition of the groups. Conclusions: Our legal system does not provide for a complete legal regime of non-attachment or, more broadly speaking, alteration, of the local political group, neither in the substantive aspects for its production nor on the procedural iter to be followed for its agreement, requiring the intervention of the legislator.

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