Tribunales
Valenciaplaza.com – Estefanía Pastor - 10.02.23
En ésta, se ha publicado una resolución tras el recurso presentado por la compañía Fissa Finalidad Social SL, a la que se le ha aceptado parcialmente sus peticiones. Entre éstas, la modificación del criterio de adjudicación relativo a la implantación de medidas de conciliación de la vida familiar y laboral. "Difícilmente puede indicarse que las medidas de conciliación constituidas como criterio de adjudicación, afectan al rendimiento del contrato, a su objeto, es decir, afectan de manera significativa a la ejecución del contrato de limpieza o a la calidad de sus prestaciones", recoge.
En este sentido, insta a modificar la cuestión en los pliegos, por lo que Hacienda tendrá que solucionar la petición antes e avanzar en el acuerdo marco, que evita tener que hacer diversos concursos o recurrir al enriquecimiento injusto para prestar los servicios, ya que el anterior acuerdo marco ya está caducado. Los pliegos también fueron recurridos por otras organizaciones como las Asociaciones, Federaciones y Empresas de Limpieza Nacionales (Afelin) o la compañía Alago Madrid SL, cuyas demandas no prosperaron.
La centralización de la contratación responde a la necesidad que tiene la Administración de la Generalitat, su Sector Público Instrumental y Entidades Adheridas de ordenar, racionalizar y homogeneizar las condiciones a que deben ajustarse los contratos de los servicios de limpieza, consiguiendo buenos precios de mercado con el fin de reducir el gasto y conseguir una mayor eficiencia en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
Los servicios de limpieza que se centralizan se refieren a limpieza de espacios o áreas de trabajo de uso común y homogéneo, asimilables a oficinas, despachos o dependencias auxiliares en los que fundamentalmente se realizan tareas de administración y cuyas necesidades de limpieza se pueden considerar básicas o estandarizas.
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