Elperiodicodearagon.com 17.11.15
El texto, que se toma hoy en consideración en el Consejo de Gobierno, recoge las funciones que no podrán ejercer ni el Gobierno ni el presidente de Aragón en funciones. Entre ellas, se específica que el líder en funciones no podrá solicitar a las Cortes que se reúnan de manera extraordinaria o autorizar expedientes de contratación por un valor superior a 3 millones de euros y acuerdos de concesión de subvenciones que sobrepasen los 900.000 euros. Tampoco podrá conceder las subvenciones de forma directa o nombrar a altos cargos de la Administración ni a personal eventual.
COMISIÓN
La ley presenta un punto específico acerca del traspaso de poderes. De hecho, cuando el PP abandonó el Pignatelli no se produjo tal situación y para evitar de nuevo sustos innecesarios, el Gobierno propone que en la primera reunión celebrada posteriormente a las elecciones a Cortes, el Ejecutivo en funciones dicte las instrucciones precisas para realizar el cambio de Gobierno. Se verá obligado a elaborar una documentación que incluya, como mínimo, la relación de la tramitación de asuntos pendientes, el estado de ejecución del presupuesto del ejercicio en curso, la disponibilidad de la tesorería o las obligaciones pendientes de pago así como el grado de cumplimiento de la transparencia. En definitiva, tendrán que dar cuenta de si hay facturas en los cajones y evitará a los nuevos tener que hacer una auditoría para conocer el estado de las arcas.
Además, el nuevo presidente podrá solicitar la creación de una comisión de traspaso, integrada por miembros del Gobierno en funciones o altos cargos junto a personal nombrado por el candidato, con la finalidad de examinar la documentación.
DIRECTIVOS
Con un plazo máximo de dos años tras la entrada en vigor del texto, el Gobierno de Aragón deberá presentar ante las Cortes un proyecto de Ley del Estatuto de Empleados Públicos en el sector autonómico. El borrador marca las retribuciones de la figura del directivo --no gerente de empresas públicas--, que no podrán superar las fijadas para los altos cargos de los que dependen. Además, el nombramiento de este personal deberá realizarse por un proceso selectivo que garantice la libre concurrencia y valore los méritos y capacidades del candidato. Aunque podrán establecerse periodos limitados de desempeño, en ningún caso podrán coincidir con la legislatura. Tampoco el fin de un Gobierno o de los altos cargos de los que dependan podrá ser causa para cesar a los directivos; el despido deberá responder a criterios objetivos
El presidente de Aragón, Javier Lambán, ya anunció en las Cortes la nueva ley, que valoró como un proyecto de Gobierno "transformador, que concreta los objetivos y compromisos de regeneración y ética pública en Aragón, proyectado sobre los poderes públicos y también, como elemento fundamental, de quienes se relacionan con ellos". En el texto subyace la lucha contra la corrupción, el clientelismo y el despilfarro, pero también implica a los poderes públicos, a los responsables políticos y a los empleados del sector. "No habrá ética pública sin mejorar la percepción ciudadana de lo público", dijo Lambán.
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