- Hasta la fecha, se extendía al 15 de enero del año siguiente al correspondiente a dichos permisos y vacaciones
- Se aprueba la Instrucción del personal al servicio de la AGE y sus Organismos Públicos para incorporar a la misma el nuevo régimen de permisos por asuntos particulares y vacaciones
16 de septiembre de 2015.- La instrucción adapta la normativa de la AGE en materia de jornada y horarios a la nueva regulación de permisos y vacaciones del mencionado RDL:
- Incremento del número de días de permiso por asuntos particulares, hasta un máximo de 6 días.
- Cada Administración podrá añadir dos días de asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional para cada trienio cumplido a partir del octavo. Se regula su aplicación inmediata a la Administración General del Estado.
- Cada Administración podrá añadir hasta un máximo de cuatro días adicionales en función del tiempo de servicios prestados por los funcionarios públicos. En el supuesto del Estado, se regula el disfrute de dichos días a los 15, 20, 25 y 30 años de servicio.
- Los días adicionales de permiso y vacaciones se podrán disfrutar en el Estado desde el día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes trienios o años de servicio.
La nueva regulación, que entrará en vigor de forma inmediata tras su publicación en el BOE, que se hará efectiva en los próximos días, modifica la Resolución del SEAP de 28 de diciembre de 2012.
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