Reunión de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL)
- Los objetivos de deuda pública, en porcentaje de PIB, será 3,9 en 2015; 3,8 en 2016; y 3,6 en 2017
- La CNAL ha sido informada también del nuevo Reglamento General de Circulación, en lo que afecta a las vías urbanas, y de las modificaciones de la Orden sobre suministro de información de las EELL al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
25 de junio de 2014.- La Comisión Nacional de Administración Local ha estado presidida por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro. La representación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), ha estado encabezada por su presidente, Íñigo de la Serna.
OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DEUDA PÚBLICA
La actualización del Programa de Estabilidad 2014-2017 del Reino de España, remitido a las instituciones comunitarias, prevé una necesidad de financiación del conjunto de las administraciones públicas para el periodo 2015-2017 que asciende al 4,2% del PIB nacional en 2015, al 2,8% en 2016 y al 1,1% en 2017.
Para el conjunto de las entidades locales, los objetivos de estabilidad presupuestaria son los siguientes:
OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIADEL CONJUNTO DE LAS EELL
TRIENIO 20152017
Capacidad (+) Necesidad (-) de financiación, SEC-2010
(En porcentaje del Producto Interior Bruto)
2015 | 2016 | 2017 |
0,0 | 0,0 | 0,0 |
L
La Comisión Nacional de Administración Local también ha conocido los objetivos de deuda pública del conjunto de las entidades locales, en los términos siguientes:
OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA DEL CONJUNTO DE LAS EELL. TRIENIO 20152017
Deuda PDE
(En porcentaje del Producto Interior Bruto)
2015 | 2016 | 2017 |
3,9 | 3,8 | 3,6 |
OBLIGACIONES DE LAS EELL DE SUMINISTRAR INFORMACIÓN
Además de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, de 2012, se aprobaron a finales del año pasadoLa Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial del Sector Público y la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que recogen nuevas disposiciones sobre distintos tipos de información que las entidades locales deberán suministrar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por ejemplo, información económico-financiera, deuda comercial, período medio de pago o coste efectivo de los servicios que prestan.
Las modificaciones que se introduzcan en la nueva Orden, sobre suministro de información y su publicación, repercutirán en un mejor funcionamiento de las administraciones públicas y reforzarán el cumplimiento del principio de transparencia.
REFORMA DEL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
La Comisión Nacional de Administración Local ha sido informada también de la reforma del Reglamento General de Circulación, que persigue dos grandes objetivos: la elevación de los niveles de seguridad y la mejora de la movilidad de los ciudadanos, con materias muy importantes y novedosas que afectan a la movilidad en el ámbito urbano.
Un aspecto de relevancia del proyecto de reforma del Reglamento establece nuevas regulaciones para los ciclistas y para el uso de la bicicleta, por el impulso registrado a la movilidad en este vehículo en pueblos y ciudades, consiguiendo un protagonismo normativo reclamado desde la Administración Local, que derivará en ordenanzas municipales de movilidad.
El Reglamento se hace eco también del impulso de las calles 30 en muchos ayuntamientos, con límites a la velocidad de 30 kilómetros por hora; el cierre de vías por motivos medioambientales; mayor protección al peatón, al asegurarle la prioridad en los espacios de la vía propios para él; y regulación, por primera vez, de los aparatos mecánicos de movilidad personal, con mayor presencia hoy en las ciudades.
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