Bases reguladoras
Primera. Objeto
1. Se convoca, a propuesta de la Comisión de Seguimiento de la Cátedra de Gobierno Abierto de la Universidad de Castilla-La Mancha y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en colaboración con la Red de Cátedras de Gobierno Abierto y el Foro Académico de Gobierno Abierto del V Plan de Acción de Gobierno Abierto de España 2025-2029, un doble premio a trabajos de investigación publicados en 2024 o 2025, en español o inglés, en materia de Gobierno Abierto.
2. Los trabajos de investigación deberán estar publicados en editoriales o revistas de prestigio, y habrán de abordar, en clave práctica y aplicada, una o varias de las siguientes líneas temáticas, todas ellas relacionadas con el Gobierno Abierto:
- Transparencia y acceso a la información pública - Participación ciudadana - Reutilización de la información pública y datos abiertos - Integridad - Rendición de cuentas - Colaboración e innovación pública 3. La convocatoria contempla dos categorías de premios:
- Premio Categoría “Capítulos de libros y artículos en revistas especializadas” - Premio Categoría “Libros”
Segunda. Requisitos de los participantes
Podrán participar en esta convocatoria todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Ser mayor de edad.
2. No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El beneficiario ha de estar al corriente de sus obligaciones legales, tributarias y ante la Seguridad Social.
3. Ser autor o coautor del trabajo de investigación. En el caso de los trabajos firmados por varias personas, podrá presentarse al premio el autor principal.
Tercera. Forma y plazo de presentación de solicitudes
1. Las solicitudes de inscripción, cuya presentación se ajustará a lo previsto en el derecho administrativo, se harán conforme al modelo que figura como anexo I de la presente convocatoria y se dirigirán al Director de la Cátedra de Gobierno Abierto, Centro de Estudios Europeos "Luis Ortega Álvarez" de la UCLM, Calle Cardenal Lorenzana, 1 45071 Toledo.
2. Las solicitudes se presentarán en el registro general de la Universidad de Castilla-La Mancha, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la Universidad de Castilla-La Mancha. Asimismo, se remitirá al correo electrónico catedra.gobab@uclm.es copia del trabajo de investigación en formato PDF.
3. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de la publicación de la convocatoria hasta el 31 de mayo de 2026.
4. Junto a la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:
- Curriculum Vitae del solicitante (autor o autores).
- Copia del trabajo de investigación que se presenta y referencia completa de su publicación.
- Declaración jurada en la que se indique no haber recibido premios por esa misma publicación procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional.
5. La organización podrá rechazar cualquier propuesta que no se ajuste a lo establecido en estas bases.
6. Las comunicaciones relacionadas con la presente convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico aportado por el/la solicitante.
Cuarta. Premios y cuantía
Se establecen, para categoría de premios, las siguientes cuantías:
a) Premio Categoría “Capítulos de libros y artículos en revistas especializadas”: dotación económica de 1.500 euros (mil quinientos euros) y diploma acreditativo.
b) Premio Categoría “Libros”: dotación económica de 3.000 euros (tres mil euros) y diploma acreditativo.
Quinta. Dotación presupuestaria y fiscalidad
1. La presente convocatoria cuenta con un presupuesto máximo de 4.500 euros (cuatro mil quinientos euros) y será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 005430148/541A/48006, existiendo crédito adecuado y suficiente. Ese crédito ha sido debidamente retenido con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria.
2. Los premios objeto de esta convocatoria estarán sujetos a retención del IRPF (Impuesto sobre la renta de personas físicas) o del IRNR (Impuesto sobre la renta de no residentes) de acuerdo con la normativa vigente en el momento de hacer efectivo el abono.
3. El resto de las repercusiones que la obtención de los premios tenga en la fiscalidad de las personas premiadas, serán por cuenta de estas, por lo que la Universidad de Castilla-La Mancha queda exonerada de cualquier responsabilidad al respecto.
Sexta. Obligaciones de los premiados
1. La presentación de la solicitud supone la aceptación de todas las bases de la presente convocatoria. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se aplicará la normativa que para esta materia resulte procedente.
2. La persona o personas premiadas habrán de estar al corriente de sus obligaciones legales, tributarias y ante la Seguridad Social.
3. Asimismo, autorizan a la Universidad de Castilla-La Mancha a publicar y divulgar su nombre y apellidos por diferentes vías.
4. El incumplimiento de las bases de esta convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o manipulación, podrá ser causa de exclusión, revocación y, en su caso, de reintegro de las cantidades percibidas en concepto de premio.
Séptima. Incompatibilidad de los premios
Estos premios son incompatibles con otros premios recibidos previamente por la misma propuesta, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacionales o internacionales.
Octava. Organización
1. La organización de estos premios corresponde a la Cátedra de Gobierno Abierto de la UCLM, que informará de todo el procedimiento y de sus distintas fases en la página web de la Cátedra de Gobierno Abierto https://www.uclm.es/empresas/mecenazgo/catedrasaulasempresa/catedra%20gobierno%20abi erto
2. Se habilita a su Director y su equipo para resolver cualesquiera dudas o imprevistos sobrevenidos no contemplados en estas bases.
3. Cualquier duda o consulta puede dirigirse a:
- Isaac Martín Delgado: Director de la Cátedra de Gobierno Abierto de la UCLM - Dirección: Centro de Estudios Europeo “Luis Ortega Álvarez”. Cátedra de Gobierno Abierto (Calle Cardenal Lorenzana, 1. 45071 Toledo) - Email: catedra.gobab@uclm.es
Novena. Comisión de valoración, criterios, propuesta de adjudicación y resolución
1. La adjudicación de los premios se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva; se atenderá en todo caso a los principios de igualdad, mérito y capacidad y se velará por la correcta acreditación de los requisitos para garantizar unas condiciones de efectiva concurrencia.
2. Se constituirá una Comisión de Valoración para evaluar las solicitudes presentadas, que estará integrada por las siguientes personas:
- Isaac Martín Delgado, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha y Director de la Cátedra de Gobierno Abierto UCLM-JCCM, que presidirá la Comisión.
- Emilio Guichot Reina, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla y Coordinador de la Red de Cátedras de Gobierno Abierto - Ignacio Criado Grande, Profesor Titular de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Madrid y miembro del Foro de Gobierno Abierto - Carmen Suárez Blanco, Jefa de Área de Transparencia de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación de Castilla-La Mancha - Elena Sedeño Zarco. Coordinadora de área de la Subdirección General de Gobierno Abierto. Dirección General de Gobernanza Pública del Gobierno de España.
3. Los criterios de valoración serán los siguientes:
- Originalidad y vinculación con el Gobierno Abierto (3 puntos) - Metodología (2 puntos) - Resultados y aportación al conocimiento (5 puntos) 4. La Comisión levantará acta de la sesión de valoración, incluirá en ella, al menos, las puntuaciones obtenidas por cada uno de los trabajos presentados y será firmada por todos sus miembros. Esta acta tendrá la consideración de propuesta de concesión provisional formulada por la Comisión.
5. La Comisión podrá proponer, en su caso, un listado de suplentes con el objetivo de cubrir posibles ceses o renuncias por parte de los autores que hayan sido premiados.
6. A la vista de la propuesta de la Comisión, el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión provisional del premio, que recogerá la posición de los/as solicitantes en función de la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión, y dará un plazo de tres días para que los/as interesados/as puedan formular alegaciones.
7. La resolución de concesión provisional se comunicará a todos/as los/as solicitantes a través del correo electrónico indicado en su solicitud y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web de la Cátedra.
8. Una vez terminado el plazo de alegaciones a la resolución de concesión provisional, la Comisión de Valoración se reunirá nuevamente para el estudio de las alegaciones, en su caso, presentadas y emitirá la propuesta definitiva, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión definitiva del premio, que recogerá la posición de los/as solicitantes en función de la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Si no hubiera alegaciones, se elevará la resolución provisional a definitiva sin necesidad de que se reúna la comisión 9. La resolución de concesión definitiva se comunicará a todos/as los/as solicitantes a través del correo electrónico institucional de la Cátedra y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la Universidad de Castilla-La Mancha como en la página web de la Cátedra. Asimismo, la resolución de concesión definitiva se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
10. Se organizará un acto de entrega de los premios, al que asistirán las personas ganadoras. En caso de que, por razones justificadas, no sea posible su asistencia, podrán ser representadas por quien estimen conveniente. Asimismo, el Director de la Cátedra de Gobierno Abierto podrá invitar a las personas premiadas a presentar su trabajo en alguna de las actividades organizadas por la Cátedra.
11. Los premios podrán ser declarados desiertos por la Comisión.
12. También se podrá contemplar, para cualquiera de las categorías, que el premio sea ex aequo, en cuyo caso se repartirá la dotación económica prevista.
13. La decisión de la Comisión fundamentará y vinculará al órgano que haya de decidir la resolución final de la presente convocatoria.
Décima. Renuncia, revocación y reintegro de los premios
1. Las personas premiadas deberán renunciar al premio concedido cuando dejen de cumplir los requisitos que fundamentan su concesión. La renuncia deberá presentarse mediante escrito dirigido al Director de la Cátedra de Gobierno Abierto de la Universidad de Castilla-La Mancha. El escrito motivará la causa de dicha renuncia y concretará la fecha a partir de la cual dicha causa concurra.
2. Será causa de revocación del premio el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria. En estos casos, la persona premiada deberá reintegrar el premio percibido, independientemente de las acciones legales que procedan conforme a lo establecido en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este último supuesto se informará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
3. En el caso de que alguna de las categorías de premios quedase vacante por renuncia, revocación o cualquier otra causa, el premio se otorgará a la persona suplente que corresponda en función del orden establecido, si lo hubiera y cumpliera las condiciones requeridas.
Undécima. Aplazamiento o suspensión de la convocatoria
En casos de fuerza mayor, el organizador podrá aplazar o suspender la convocatoria de premios, debiendo comunicar la decisión a las personas participantes y publicarla en los mismos medios donde se publicó esta convocatoria.
Duocécima. Responsabilidad sobre la autoría y contenido de los trabajos presentados
1. Los participantes en la convocatoria responderán personalmente de la legítima titularidad del trabajo presentado. En caso de incumplimiento, la persona responsable será única y exclusivamente aquella que haya presentado el trabajo, quedando la organización eximida de cualquier posible conflicto derivado del contenido del mismo.
2. El autor garantiza que el contenido del trabajo presentado no ha dado ni dará lugar por su publicación a ningún tipo de responsabilidad civil o penal para la Universidad de Castilla-La Mancha, y que no contiene declaraciones difamatorias, violaciones de derechos de autor, de nombres comerciales, de marcas, de patentes o de otras formas de protección de la propiedad industrial, del derecho a la intimidad u otros derechos, y se compromete expresamente a indemnizar a la Universidad de Castilla-La Mancha o sus licenciatarios de cualesquiera gastos, daños y perjuicios derivados de cualquier incumplimiento de esta garantía o como consecuencia de reclamaciones de terceros en relación con las materias cubiertas por estas estipulaciones y garantías.
Décimo tercera. Propiedad intelectual
1. La autoría de los trabajos premiados corresponderá a los/as legítimos/as autores/as de ellos, en los términos establecidos en las bases de esta convocatoria.
2. Los/as autores/as de las obras o trabajos ganadores no ceden los derechos de explotación de las obras o trabajos ganadores.
Décimo cuarta. Recursos
Contra la presente convocatoria, y contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma.
No obstante, el interesado podrá optar por interponer contra esta resolución recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los Arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.