Subvenciones para proyectos de transferencia e innovación, generación de conocimiento, comunidades de empresas emergentes, ética y sociedad y espacio de datos

 28/03/2025
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Orden EMT/43/2025, de 20 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de subvenciones para proyectos de transferencia e innovación, generación de conocimiento, comunidades de empresas emergentes, ética y sociedad y espacio de datos en el marco de la Red territorial de hubs en inteligencia artificial del programa Redes territoriales de especialización tecnológica (RETECH) del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) financiado por el fondo Next Generation EU (DOGC de 27 de marzo de 2025). Texto completo.

ORDEN EMT/43/2025, DE 20 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE TRANSFERENCIA E INNOVACIÓN, GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO, COMUNIDADES DE EMPRESAS EMERGENTES, ÉTICA Y SOCIEDAD Y ESPACIO DE DATOS EN EL MARCO DE LA RED TERRITORIAL DE HUBS EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL DEL PROGRAMA REDES TERRITORIALES DE ESPECIALIZACIÓN TECNOLÓGICA (RETECH) DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) FINANCIADO POR EL FONDO NEXT GENERATION EU

El 18 de febrero de 2020, la Generalitat de Catalunya aprueba la Estrategia de inteligencia artificial de Cataluña, que, con el nombre CATALONIA.AI, desarrolla un programa de actuaciones para fortalecer el ecosistema de inteligencia artificial que hay en Cataluña y liderar la generación de conocimiento, la aplicación social y empresarial y la creación de soluciones basadas en inteligencia artificial que fomenten el crecimiento económico y la mejora de la vida de las personas.

El 3 de agosto de 2022, la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) invita a las comunidades autónomas a participar en el programa Redes territoriales de especialización tecnológica (RETECH).

El 14 de octubre de 2022, la Generalitat de Catalunya presenta a la SEDIA la memoria inicial del subproyecto Red de hubs de inteligencia artificial, liderado por Cataluña y en colaboración con la Comunidad Valenciana y las Islas Baleares.

El Consejo de Ministros, de fecha 28 de marzo de 2023, a propuesta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, autoriza el reparto de 258,8 millones de euros para la puesta en marcha de trece proyectos emblemáticos de transformación digital impulsados por todas las comunidades autónomas dentro del programa RETECH, dotado con una inversión total de 500 millones de euros del Estado y las regiones. El subproyecto Red de hubs de inteligencia artificial es uno de los trece proyectos seleccionados.

Por medio de la Resolución de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de fecha 13 de junio de 2023, se autoriza la aportación dineraria a las comunidades autónomas participantes para la ejecución de los proyectos enmarcados en este programa.

En esta distribución de los créditos, la Generalitat de Catalunya, a través de la Secretaría de Políticas Digitales del Departamento de Empresa y Trabajo, ha recibido un total de 16,6 millones de euros del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por los fondos Next Generation EU para el despliegue de la Red territorial de hubs de inteligencia artificial.

La Red territorial de hubs de inteligencia artificial es una red pionera que Cataluña lidera e impulsa conjuntamente con el Gobierno de las Islas Baleares y la Generalitat Valenciana y para el que la Generalitat de Catalunya ha recibido 16,6 millones de euros del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por los fondos Next Generation EU.

La Red de hubs de inteligencia artificial contribuye al cumplimiento de los objetivos del componente 16 -Estrategia nacional de inteligencia artificial- del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), concretamente con los hitos que se detallan a continuación:

Componente 16

- Apoyo a proyectos sobre inteligencia artificial (251)

- Realización de misiones de país (252)

- Finalización de proyectos sobre inteligencia artificial (253)

Componente 12

- Espacios de datos sectoriales (objetivo 180)

El proyecto Red territorial de hubs de inteligencia artificial quiere impulsar una red territorial de hubs para fortalecer el ecosistema de inteligencia artificial entre las diferentes comunidades autónomas con el propósito de generar conocimiento y talento especializado en esta tecnología y fomentar así la adopción de la inteligencia artificial (en adelante, IA) en las empresas e instituciones y mejorar su competitividad y productividad.

La iniciativa pretende fomentar la cohesión social y territorial, creando soluciones basadas en la IA con el fin de desarrollar el crecimiento económico nacional, promover un ecosistema de colaboración e innovación para buscar alianzas entre la comunidad científica y académica e impulsar la comunidad de empresas emergentes para el desarrollo de proyectos basados en esta tecnología.

Asimismo, el proyecto busca implementar la IA y la innovación en diferentes áreas sociales y económicas y sectores estratégicos de la capa socioeconómica y lograr un alcance multisectorial.

El proyecto contribuye en un 100% a la transición digital y se puede etiquetar de forma precisa con la etiqueta 09bis (Red española de inteligencia artificial) y la etiqueta 055 (Plataformas de datos tecnológicos).

Visto el Acuerdo de Gobierno de 18 de febrero de 2020, por el que el Gobierno de la Generalitat de Catalunya aprueba la Estrategia de inteligencia artificial de Cataluña.

Visto el Decreto 392/2024, de 15 de octubre , de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo;

Visto el Acuerdo GOV/19/2022, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Plan de medidas antifraude en la ejecución de actuaciones financiadas por los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en la Generalitat de Catalunya;

Vistas la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre , por la que se configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre , por la que se establece el procedimiento y el formato de la información que deben proporcionar las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de recuperación, transformación y resiliencia;

Visto el Real decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre , por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR);

Visto el Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia;

Visto el objetivo de respetar los coeficientes establecidos por la Comisión Europea para el etiquetado digital, el 100% del presupuesto de estas ayudas se destina a la transición digital, de acuerdo con la información recogida en los documentos del Gobierno de España para los componentes 12 y 16 del PRTR, y de acuerdo con el campo021 quarter, “Inversión en tecnologías avanzadas [...]” correspondiente al campo de intervención 6, “Inversión en capacidades digitales y despliegue de tecnologías avanzadas. Dimensión 4 del DESI: Integración de tecnologías digitales + recopilación de datos ad hoc”, enmarcado en el anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia;

Vista la información recogida en el documento de la comisión de análisis del Plan de recuperación y resiliencia de España (SWD(2023) 326 final) para estas actuaciones financiadas mediante el componente 12, inversión 1, y el componente 16 del PRTR, que no cuentan con contribución climática;

Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se regula el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, y en particular la Comunicación de la Comisión sobre la Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de recuperación y resiliencia de España, todas las actuaciones financiadas que se lleven a cabo en cumplimiento de la presente Orden deben respetar el denominado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH, por las siglas en inglés de do no significant harm);

Visto el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías, DOUE L 187/1, de 26.6.2014);

Visto el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis;

Visto lo que se establece en el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ; en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y en su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio ;

Visto que esta actuación está prevista en el Plan estratégico de subvenciones con el código PES25-28_EMT0016, y que contribuye a la consecución del objetivo de fomentar el progreso del país mediante una economía digital y digitalizada, basada en el talento, la innovación, el emprendimiento y la circularidad, previsto en el eje “Por un país basado en una economía del conocimiento, digital y emprendedora”;

Visto el Decreto 271/2019, de 23 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento del Registro de subvenciones y ayudas de Cataluña.

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba su texto íntegro;

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio , sobre las formas de justificación de subvenciones, y la modificación aprobada por la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio;

Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas;

Vista la Ley 26/2010, de 3 de agosto , de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

Vistos la Ley 19/2014, de 29 de diciembre , de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, que regula la transparencia de la actividad pública y el derecho de las personas a acceder a la información y la documentación pública, y el Decreto 8/2021, de 9 de febrero , sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Trabajo;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales y específicas para cada línea de subvención, de acuerdo con los anexos que se indican a continuación, que deben regir la convocatoria de subvenciones para proyectos de transferencia e innovación, generación de conocimiento, comunidades de empresas emergentes, ética y sociedad y espacio de datos en el marco de la Red territorial de hubs en inteligencia artificial del programa Redes territoriales de especialización tecnológica (RETECH) del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) financiado por el fondo Next Generation EU, según se indica en los siguientes:

Anexo 1. Bases generales

Anexo 2. Bases específicas para la línea 1 (Proyectos para fomentar la transferencia y la innovación en el ámbito de la IA)

Anexo 3. Bases específicas para la línea 2 (Iniciativas de impulso de la investigación científica, la gestión del talento y la aceleración del desarrollo de soluciones basadas en IA)

Anexo 4. Bases específicas para la línea 3 (Actividades de dinamización del ecosistema de entidades que desarrollan e integran, implementan u ofrecen soluciones tecnológicas en el ámbito de la IA)

Anexo 5. Bases específicas para la línea 4 (Actividades de formación y capacitación técnica en la aplicación de principios éticos en el uso y la implementación de sistemas de IA)

Anexo 6. Bases específicas para la línea 5 (Pruebas de concepto sobre un centro demostrador de espacio de datos de IA)

Anexo 7. Principios éticos y reglas de conducta

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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