Adenda n.º 6 al Acuerdo Administrativo Estándar entre el Gobierno del Reino de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

 11/03/2025
 Compartir: 

Adenda n.º 6 al Acuerdo Administrativo Estándar entre el Gobierno del Reino de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), hecha en Nueva York el 25 de noviembre de 2024 (BOE•de 11 de marzo de 2025). Texto completo.

ADENDA N.º 6 AL ACUERDO ADMINISTRATIVO ESTÁNDAR ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y LA OFICINA DE LOS FONDOS FIDUCIARIOS DE ASOCIADOS MÚLTIPLES (OFFAM) DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD), HECHA EN NUEVA YORK EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2024.

ADENDA N.º 6 AL ACUERDO ADMINISTRATIVO ESTÁNDAR ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y LA OFICINA DE LOS FONDOS FIDUCIARIOS DE ASOCIADOS MÚLTIPLES (OFFAM) DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD)

El Gobierno del Reino de España (en lo sucesivo, el “Donante”) y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples (OFFAM) del PNUD, que actúa en calidad de agente administrativo (en lo sucesivo, el “Agente Administrativo”) del Fondo Conjunto para los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) (en lo sucesivo, el “Fondo”), por su propia cuenta y por la de todas las organizaciones de las Naciones Unidas participantes, han convenido en lo siguiente:

Considerando que las organizaciones de las Naciones Unidas participantes que firmaron un Memorando de Entendimiento (en lo sucesivo denominadas colectivamente las “organizaciones de las Naciones Unidas participantes”) crearon el Fondo Conjunto para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (en lo sucesivo, el “Fondo”), que inició su actividad el 2 de junio de 2017 y la finalizará el 31 de diciembre de 2030 1 (en lo sucesivo, la “fecha de finalización”), con las posibles modificaciones posteriores, como parte de su respectiva labor en el ámbito de la cooperación para el desarrollo, tal y como se especifica más exhaustivamente en el mandato (en lo sucesivo, el “mandato”) actualizado del Fondo.

1 Fecha en la que se prevé que concluyan las operaciones del Fondo, según lo previsto en su mandato, y que todas las actividades programáticas se hayan completado.

Considerando que el Gobierno del Reino de España y la OFFAM del PNUD del Fondo Conjunto para los ODS, por su propia cuenta y por la de todas las organizaciones de las Naciones Unidas participantes, celebraron un Acuerdo Administrativo Estándar, firmado el 16 de abril de 2018, para formalizar una contribución de diez millones de dólares estadounidenses (10.000.000 USD) de apoyo al Fondo.

Considerando que en la Adenda n.º 1 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada el 4 de diciembre de 2020, el Donante realizó una contribución de cinco millones de euros (5.000.000 EUR) y actualizó la fecha de finalización del Fondo fijada en el Acuerdo Administrativo Estándar al 30 de junio de 2030 para hacerla coincidir con la del mandato de dicho Fondo.

Considerando que en la Adenda n.º 2 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada el 5 de noviembre de 2021, el Donante realizó una contribución de veinte millones de euros (20.000.000 EUR).

Considerando que en la Adenda n.º 3 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada el 7 de diciembre de 2022, el Donante realizó una contribución de diez millones trescientos mil euros (10.300.000 EUR), de los cuales cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla de Emergencias relacionadas con el Desarrollo, y cuatro millones de euros (4.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla de Localización.

Considerando que en la Adenda n.º 4 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada el 28 de noviembre de 2023, el Donante realizó una contribución de cuatro millones de euros (4.000.000 EUR), que se asignaron a la Ventanilla de Localización.

Considerando que en la Adenda n.º 5 al Acuerdo Administrativo Estándar, firmada el 30 de noviembre de 2023, el Donante realizó una contribución de treinta millones setecientos mil euros (30.700.000 EUR), de los cuales diez millones de euros (10.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla de Empleos Decentes y Protección Social Universal, cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla Verde y de Energía, cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla de Seguridad Alimentaria, dos millones de euros (2.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla de Localización, dos millones de euros (2.000.000 EUR) se asignaron a la Ventanilla de Transformación Digital y seis millones setecientos mil euros (6.700.000 EUR) quedaron sin asignar.

Considerando que se ha actualizado la dirección del banco que figura en el artículo 1, apartado 2, del Acuerdo Administrativo Estándar.

Por consiguiente, el Donante decide realizar una contribución adicional de dieciséis millones de euros (16.000.000 EUR), según el calendario de pagos establecido en el anexo B.

Esta nueva contribución eleva la contribución total del Donante al Fondo a la cantidad de diez millones de dólares estadounidenses (10.000.000 USD) y ochenta y seis millones de euros (86.000.000 EUR), de los cuales cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se asignan a la Ventanilla de Emergencias relacionadas con el Desarrollo, diez millones de euros (10.000.000 EUR) se asignan a la Ventanilla de Localización, diez millones de euros (10.000.000 EUR) se asignan a la Ventanilla de Empleos Decentes y Protección Social Universal, cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se asignan a la Ventanilla Verde y de Energía, cinco millones de euros (5.000.000 EUR) se asignan a la Ventanilla para la Seguridad Alimentaria, dos millones de euros (2.000.000 EUR) se asignan a la Ventanilla de Transformación Digital y cuarenta y nueve millones de euros (49.000.000 EUR) quedan sin asignar.

El artículo 1, apartado 2, del Acuerdo Administrativo Estándar queda revisado como sigue:

Para pagos en USD:

Nombre de la cuenta: UNDP Multi-Donor Trust Fund Office (USD) Account.

Número de cuenta: 36349626.

Nombre del banco: Citibank, N.A.

Dirección del banco: 388 Greenwich St., Nueva York, Nueva York 10013.

Código SWIFT: CITIUS33.

Código ABA: 021000089.

Concepto: Cuenta del Fondo Conjunto para los ODS.

Todos los demás términos del Acuerdo Administrativo Estándar permanecen sin cambios. La presente adenda entrará en vigor en la fecha en que la firmen los Participantes.

En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados para ello por el Participante correspondiente, firman el presente acuerdo en inglés.

Por el Donante: Por el Agente Administrativo:

Firma:..........................

Nombre: Excmo. Sr. D. Héctor Gómez Hernández

Cargo: Representante Permanente del Reino de España ante las Naciones Unidas

Firmado en: Nueva York

Fecha:.........................

Firma:..........................

Nombre: Alain Noudehou

Cargo: Coordinador Ejecutivo de la OFFAM

Firmado en: Nueva York

Fecha:..........................

ANEXO B

Calendario de pagos para la adenda 6

Omitido.

La presente adenda entró en vigor el 25 de noviembre de 2024, fecha de su firma, según se establece en su último párrafo.

Últimos estudios

Pedro Brufao Curiel, Carmen Bravo Díaz, Juan José Torres Ventosa
Propuestas para la reforma del empleo público en Extremadura

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Los umbrales de saciedad pueden ser “adecuados y necesarios para la correcta ponderación de criterios buscando un equilibrio entre la objetividad y la finalidad del contrato” y para identificar la oferta que refleje “la mejor relación calidad-precio” (STS, Sala 3ª, Secc. 3ª, núm. 205/2026, de 23 de febrero de 2026 - recurso de casación 1584/2023, ROJ: STS 780/2026, ponente B.M. Santillán Pedrosa)
  2. Estudios y Comentarios: La ejecución de los fondos europeos para la recuperación a partir del Reglamento de la UE 2021/241 y del Real Decreto Legislativo 36/2020
  3. Tribunal Supremo: En el procedimiento abreviado procede la rehabilitación del plazo para interponer la demanda cuando ésta se presenta el mismo día en que se notifica la resolución de archivo del recurso
  4. Legislación: Derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en el territorio español
  5. INAP: Nuevo Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado con la participación de Manuel Villoria, presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante
  6. Actualidad: El Gobierno creará y convocará 200 plazas de fiscales en 2026, un récord histórico
  7. Legislación: Becas y ayudas al estudio personalizadas
  8. Legislación: Prestaciones económicas vinculadas al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal
  9. Actualidad: El PMP se reduce a cierre de 2025 en todas las Administraciones Públicas
  10. INAP: Procesos selectivos: Escala de Gestión de Organismos Autónomos - Cambio de Régimen Jurídico

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana