Subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas

 03/04/2023
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI461A) (DOG de 31 de marzo de 23). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 20 DE MARZO DE 2023, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA IGUALDAD, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DE MUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN CON LAS ENTIDADES LOCALES GALLEGAS, EN EL MARCO DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2023 (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO SI461A).

BDNS (Identif.): 683611.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta resolución los ayuntamientos gallegos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal, que contraten a mujeres que sufren violencia de género para la realización de obras o servicios de interés general o social, hasta un máximo de 12 mensualidades, para mejorar y facilitar su inserción laboral.

El número máximo de contrataciones a subvencionar por cada entidad solicitante se establece según la población del ámbito territorial de la entidad, de acuerdo con lo siguiente:

a) Hasta 5.000 habitantes: 1 contratación.

b) Entre 5.001 y hasta 20.000 habitantes: hasta un máximo de 2 contrataciones.

c) Entre 20.001 y hasta 50.000 habitantes: hasta un máximo de 4 contrataciones.

d) Más de 50.000 habitantes: hasta un máximo de 6 contrataciones.

A estos efectos, se tendrán en cuenta las cifras oficiales de población a fecha 1 de enero de 2022.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones destinadas a financiar la contratación, por parte de las entidades locales gallegas, de mujeres que sufren violencia de género.

Su finalidad es contribuir a que las mujeres alcancen una mayor autonomía a través de la promoción de su independencia económica y de su empoderamiento, reforzando al mismo tiempo las posibilidades de una posterior inserción laboral estable.

La cuantía de la subvención que se concederá a las entidades locales beneficiarias será, por cada mujer contratada a tiempo completo, la equivalente a la necesaria para sufragar durante el período de contratación, hasta un máximo de 12 mensualidades, las retribuciones salariales brutas totales, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la entidad empleadora.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI461A).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de dos millones doscientos veinticuatro mil dieciséis euros (2.224.016 €).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  3. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  7. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo
  10. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana