Subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas

 03/04/2023
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Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI461A) (DOG de 31 de marzo de 23). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 20 DE MARZO DE 2023, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA IGUALDAD, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DE MUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN CON LAS ENTIDADES LOCALES GALLEGAS, EN EL MARCO DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2023 (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO SI461A).

BDNS (Identif.): 683611.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta resolución los ayuntamientos gallegos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal, que contraten a mujeres que sufren violencia de género para la realización de obras o servicios de interés general o social, hasta un máximo de 12 mensualidades, para mejorar y facilitar su inserción laboral.

El número máximo de contrataciones a subvencionar por cada entidad solicitante se establece según la población del ámbito territorial de la entidad, de acuerdo con lo siguiente:

a) Hasta 5.000 habitantes: 1 contratación.

b) Entre 5.001 y hasta 20.000 habitantes: hasta un máximo de 2 contrataciones.

c) Entre 20.001 y hasta 50.000 habitantes: hasta un máximo de 4 contrataciones.

d) Más de 50.000 habitantes: hasta un máximo de 6 contrataciones.

A estos efectos, se tendrán en cuenta las cifras oficiales de población a fecha 1 de enero de 2022.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones destinadas a financiar la contratación, por parte de las entidades locales gallegas, de mujeres que sufren violencia de género.

Su finalidad es contribuir a que las mujeres alcancen una mayor autonomía a través de la promoción de su independencia económica y de su empoderamiento, reforzando al mismo tiempo las posibilidades de una posterior inserción laboral estable.

La cuantía de la subvención que se concederá a las entidades locales beneficiarias será, por cada mujer contratada a tiempo completo, la equivalente a la necesaria para sufragar durante el período de contratación, hasta un máximo de 12 mensualidades, las retribuciones salariales brutas totales, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la entidad empleadora.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI461A).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de dos millones doscientos veinticuatro mil dieciséis euros (2.224.016 €).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

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