DECRETO 10/2023, DE 7 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 82/2019, DE 16 DE JULIO, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.
Mediante Decreto 82/2019, de 16 de julio , publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 141, de 18 de julio de 2019, se estableció la estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 32 y 33 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
El artículo 11 , apartados 6 y 7 de la Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha da una nueva redacción a los artículos 58 y 61 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre , sobre el procedimiento de gestión de los gastos y competencias en la gestión de los gastos. La nueva regulación dispone que la competencia en materia de gestión de gastos corresponderá a quienes la ostenten para adoptar los actos o negocios jurídicos que los generen y ejecuten, conforme a lo dispuesto en las normas que regulen la estructura y competencias de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades públicas. La ejecución presupuestaria queda subsumida en los actos de gestión de los que derive. La adopción del acto o negoción jurídico que conlleve el gasto producirá la fase de gestión presupuestaria que le corresponda.
Por lo expresado, es necesario modificar el artículo 6, letra e),
La competencia para la adopción de este decreto viene determinada en la misma normativa que fundamentó la aprobación del Decreto 82/2019, de 16 de julio .
La modificación dispuesta en este decreto responden a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, tal y como exige la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico. En relación con el principio de eficiencia, este decreto no impone cargas administrativas.
De acuerdo con lo expuesto, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Sanidad y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de febrero de 2023,
Dispongo:
Artículo único. Modificación del Decreto 82/2019, de 16 de julio , de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
Se modifica la letra e) del apartado 2 del artículo 6 del Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, con la siguiente redacción:
e) La elaboración y tramitación de las propuestas de modificación de créditos del presupuesto.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Sanidad para desarrollar lo dispuesto en este decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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