Comisión Bilateral de Cooperación prevista en el artículo 220 del Estatuto de Autonomía para Andalucía

 22/11/2022
 Compartir: 

Acuerdo de 16 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se designa la representación de la Junta de Andalucía en la Comisión Bilateral de Cooperación prevista en el artículo 220 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOJA de 19 de noviembre de 2022). Texto completo.

ACUERDO DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2022, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE DESIGNA LA REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 220 DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA.

La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo , de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, perfecciona los instrumentos de colaboración bilateral existentes mediante la creación en su artículo 220 de la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado que de acuerdo con los principios de colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio constituye el marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la Junta de Andalucía y del Estado a los efectos y con las funciones determinadas en los apartados 2 y 3, respectivamente, del precepto mencionado.

El Reglamento interno y de funcionamiento de la Comisión Bilateral, aprobado mediante acuerdo de 12 de noviembre de 2007, en su artículo 3.1 establece que la Comisión estará constituida por seis representantes de cada parte, estando integrada la representación de la Junta de Andalucía por tres miembros permanentes y tres más designados en función de las materias a tratar.

Mediante Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio , sobre reestructuración de Consejerías, se procedió a la redistribución de las competencias de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, por lo que procede actualizar la designación de la representación de la Junta de Andalucía en la citada Comisión acorde con la estructura ahora existente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 16 de noviembre de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. La representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado creada por el artículo 220 del Estatuto de Autonomía de Andalucía se compondrá por los tres miembros permanentes siguientes:

La persona titular de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa quien, a su vez, ostentará la Presidencia de la representación de la Junta de Andalucía.

La persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

La persona titular del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

Segundo. La persona titular de la Presidencia de la representación de la Junta de Andalucía podrá designar tres representantes más en función de las materias a tratar.

Tercero. La secretaría permanente de la Comisión en representación de la Junta de Andalucía será desempeñada por la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.

Cuarto. Las personas designadas podrán, mediante delegación expresa, otorgar su representación a favor de personas titulares de los centros directivos correspondientes, salvo la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa en su condición de Presidente de la representación de la Junta de Andalucía.

Quinto. Queda sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2020, por el que se designa la representación de la Junta de Andalucía en la Comisión Bilateral de Cooperación prevista en el artículo 220 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana