Programa “Formación en Empresas Europeas”

 07/04/2014
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Resolución de 26 de marzo de 2014, conjunta de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, por la que se efectúa la convocatoria de estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas” para el curso escolar 2014/2015 (BOJA de 4 de abril de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26 DE MARZO DE 2014, CONJUNTA DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE ESTANCIAS EN OTROS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA PARA EL ALUMNADO QUE CURSA ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO EN CENTROS DOCENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, AL AMPARO DEL PROGRAMA “FORMACIÓN EN EMPRESAS EUROPEAS” PARA EL CURSO ESCOLAR 2014/2015.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Orden de 16 de mayo de 2011 (BOJA núm. 111, de 8 de junio), por la que se regulan las estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas”, la convocatoria de las estancias y visitas de seguimiento se realizará anualmente, en el segundo trimestre del curso, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, mediante resolución conjunta de las Direcciones Generales con competencias en materia de formación profesional inicial y artes plásticas y diseño.

Tras la aprobación del Decreto 128/2013, de 24 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se produce una nueva distribución de competencias en esta Consejería, pasando a asumir la Secretaría General de Educación las competencias en materia de artes plásticas y diseño, hasta ese momento realizadas por la anterior Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en la citada Orden, la Secretaria General de Educación y el Director General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente

RESUELVEN

Primero. Convocar para el curso escolar 2014/2015 estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas”.

Segundo. Se convocan para el curso escolar 2014/2015 las siguientes estancias:

60 estancias de la modalidad “Gestión por parte del centro docente” para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial, 20 de ellas en el primer plazo de solicitud y las 40 restantes, en el segundo plazo.

6 estancias de la modalidad “Gestión por parte del centro docente” para el alumnado que cursa enseñanzas de artes plásticas y diseño.

Tercero. Las solicitudes y el plazo de presentación será el establecido en el artículo 18 de la Orden de 16 de mayo de 2011.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la persona titular de la Secretaría General de Educación o de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, según proceda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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