madriddiario.es - 11-04-2012
El Ayuntamiento de Getafe ha aprobado en pleno la iniciativa de UPyD sobre una ordenanza municipal de convivencia ciudadana que ya se aprobó de forma inicial hace dos años aunque su proceso quedó interrumpido en el periodo de alegaciones.
La concejala del PSOE, Carmen Duque, ha señalado que apoyan que el proceso continúe y ha añadido que la ordenanza de convivencia tiene que tener un carácter educativo más que punitivo "aunque esta parte no se pueda negar". La concejala de Participación Ciudadana, Mirene Presas, ha explicado que son "plenamente conscientes de implantar una herramienta legal para actuar ante determinados comportamientos que no están recogidos en ninguna otra ordenanza".
Presas ha recordado que en marzo de 2008 el anterior Gobierno municipal comenzó a trabajar sobre el borrador hasta que se aprobó dos años después, aunque el nacimiento de esta ordenanza "fue polémico porque no hubo consenso con la oposición pero tampoco acuerdo entre los miembros del gobierno, PSOE e IU". Además ha indicado que la ordenanza se publicó el 1 junio 2010 en el Bocam con un plazo de 30 días de alegaciones, pero "estas no aparecen actualmente en los archivos de la Delegación de Participación Ciudadana y nunca se resolvieron".
Por su parte, la concejala de UPyD, Esperanza Fernández, ha dicho que pretenden sacar "del limbo jurídico la ordenanza que quedó interrumpida en el proceso de alegaciones, respetando el texto y asumiendo las alegaciones ya se había hecho un cribado técnico al que ahora habría que sumar un cribado político".
Por último, la portavoz de IU, María Luisa Gollerizo, ha subrayado que siguen sin apoyar la ordenanza, como ya hicieron en el pasado, porque entienden que "los problemas sociales no se solucionan con sanciones y con el afán de controlar las acciones ciudadanas".
El borrador inicial de la ordenanza contemplaba que quien escupa, orine o defeque en espacios públicos estará cometiendo una infracción leve, con multas de hasta 750 euros, así como quien tienda ropa hacia la vía pública o sacuda prendas o alfombras por balcones y ventanas.
Además, esta ordenanza establecía multas de hasta 750 euros por dormir en la calle, manifestarse incorrectamente o con insultos hacia la autoridad municipal, miembros de la corporación o funcionarios, regar en balcones y ventanas fuera del horario comprendido entre las 00.00 y las 08.00 horas, arrojar piedras u otros objetos a personas o vehículos y lavarse en las fuentes públicas.
Asimismo, se calificaba de infracción grave, con multas de hasta 1.500 euros, disparar petardos, cohetes o cualquier otro artículo pirotécnico, perturbar la tranquilidad y el descanso de los vecinos, mediante el funcionamiento de aparatos de televisión, radio, musicales y otros aparatos sonoros; cantos, gritos, o cualquier otro acto molesto, entre las 22 y las 08 horas.
Por último, mantener relaciones sexuales retribuidas en la calle, las conductas de menosprecio a la dignidad de las personas, colocar macetas u otros objetos que pudieran suponer riesgo para los transeúntes en los alféizares de las ventanas o balcones, impedir deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos, y la mendicidad ejercida por menores o aquella que se realice, directa o indirectamente, con menores o con personas con discapacidad, se calificaban como faltas muy graves sancionadas con hasta 3.000 euros de multa.
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