Una nueva ordenanza permitirá a las peñas de Medina del Campo abrir todo el año

 10/04/2012
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Los dueños deberán contratar un seguro de responsabilidad civil por 24.000 euros.

El Norte de Castilla - 09/04/2012

La división entre peñas permanentes (que estarán abiertas todo el año) y peñas de carácter temporal (casetas de San Antolín y demás locales alquilados durante la época estival) y las multas o sanciones para los propietarios de los inmuebles que, una vez alquilados, no cumplan la normativa de seguridad e higiene son dos de los 21 artículos que conformarán la futura Ordenanza Reguladora de Peñas que el Ayuntamiento de Medina del Campo pretende llevar al pleno en de mayo y aprobar de manera definitiva a mediados de julio.

“Antes teníamos un bando y ahora lo que pretendemos es hacer una ordenanza completa”, comentó el concejal de Juventud, José María Magro, quien agregó que “el texto se tramitará mediante el Plan de Drogas y contará con las peticiones realizadas por las Ampas, consejos escolares y demás entidades sociales”.

Este documento, que por el momento aún es un borrador, introducirá varios cambios en los bosquejos elaborados por el anterior equipo de gobierno. Entre los más llamativos se encuentra la imposición de un seguro de responsabilidad civil a los propietarios del local por valor de 24.000 euros frente a los 18.000 previstos anteriormente.

Nueva definición

Según el borrador de la ordenanza, la definición de peña se modifica y se entiende por peña tanto el colectivo de personas asociadas y agrupadas, de hecho o bajo una asociación legalmente constituida, como el local abierto que sirve de punto de encuentro y reunión por los asociados y otras personas con su consentimiento. A raíz de este cambio en la definición, la ordenanza contemplará la posibilidad de que las peñas estén abiertas todo el año. Asimismo, la administración local pretende crear un registro general de peñas.

Para poder abrir un local como sede de una peña será preciso dirigir al Ayuntamiento, con una antelación mínima de tres meses a su apertura e inicio de la actividad, una solicitud de autorización conforme a un modelo normalizado que será aprobado por alcaldía y en la que deberán constar los siguientes datos: denominación de la peña, los datos de la persona responsable y tres suplentes -si fueran menores, tres familiares directos deberán hacerse responsables-, autorización del propietario del local, número de integrantes de la peña con sus edades y sexos, croquis de la ubicación del local y de sus elementos y un seguro de responsabilidad civil de 24.000 euros.

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