El Concello de Santiago de Compostela podrá expropiar bienes para instalar ascensores

 13/02/2012
 Compartir: 

La nueva ordenanza también permitirá ocupar terreno público

La Voz de Santiago – 13/02/2012

Los técnicos del departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Santiago están ultimando los detalles de la nueva ordenanza municipal para la instalación de ascensores, que vendrá a sustituir a la actual. La concejala de Urbanismo, María Pardo, explicó que la normativa municipal actual incumple la ley vigente y, además, es excesivamente “restrictiva”, lo que impide la instalación de ascensores en buena parte de los edificios. Pardo apuntó que el objetivo fundamental de la ordenanza debe ser “facilitar” la instalación de elevadores y evitar la situación que obliga a muchas personas a permanecer en el interior de sus viviendas ante la imposibilidad de bajar a la calle.

Una de las novedades más importantes de la nueva normativa es que se regulará el derecho de las comunidades de propietarios de bloques de viviendas “a solicitar al Ayuntamiento la expropiación de aquellos elementos del edificio necesarios para instalar los ascensores”, con las garantías que fija la ley para los propietarios.

Con esta medida, se resolverá uno de los problemas más habituales a la hora de colocar un elevador. Y es que, ante la falta de espacio en las escaleras, suele ser necesario que los propietarios cedan una parte de sus propias viviendas para la colocación del aparato, cesión que habitualmente no se consigue con facilidad.

Exterior en terreno público

Otra cuestión que se resolverá es la posibilidad de ocupar terrenos de titularidad pública para la instalación de ascensor.

En este caso, los propietarios de aquellos edificios en los que resulte imposible la colocación interior de la caja podrán optar por su instalación exterior, aunque ello implique la ocupación de terreno público. Una solución que, por ahora, no es posible. En este caso, será necesario acreditar técnica y económicamente “que no es factible” su colocación por el interior del inmueble. Esta posibilidad resolverá el problema con el que chocan algunas comunidades, en las que coinciden huecos de escaleras excesivamente reducidos junto a pisos de pocos metros cuadrados.

La nueva ordenanza también resolverá uno de los impedimentos técnicos que dificultaba la instalación de ascensores. Así, este elemento ya no computará a efectos de cálculo del volumen de la edificación ni para la ocupación máxima de la parcela. Por tanto, aquellos inmuebles o parcelas que tengan agotada la edificabilidad pondrán colocar el ascensor igualmente, ya que con la modificación de la normativa no superarán el tope.

La concejala de Urbanismo indicó que la intención es mejorar la redacción de la nueva ordenanza con el fin de evitar la “confusión” de la actual. Se trata, según destacó la edil, de “conjugar el rigor jurídico con la mayor sencillez posible, de forma que sea fácilmente comprensible por los ciudadanos”. La intención es llevar el texto al pleno para su aprobación inicial en un plazo de dos o tres meses, con el fin de que pueda entrar en vigor antes del verano.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana