EXTRACTO DE LA ORDEN DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2021, LA CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS, DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CORPORACIONES LOCALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SOLUCIONES BASADAS EN LA NATURALEZA EN EL ESPACIO PÚBLICO URBANO.
BDNS (Identif.): 593429
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/593429)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las Corporaciones Locales que integran la Región de Murcia.
Segundo: Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales de la Región de Murcia para la financiación de honorarios de redacción de proyectos y la financiación de la ejecución de obras contempladas en proyectos cuyo objeto sea la implementación, en el espacio público urbano, de distintos tipos de Soluciones Basadas en la Naturaleza que puedan contribuir a que las ciudades sean más saludables y habitables y con mayor capacidad de resiliencia frente amenazas del cambio climático.
Se entiende, a los efectos de la presente subvención, que forman parte del espacio público urbano las envolventes, cubiertas y fachadas, de los edificios públicos ubicados en suelo urbano.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 13 de octubre de 2021, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Corporaciones Locales para la implementación de Soluciones Basadas en la Naturaleza en el espacio público urbano (B.O.R.M. 244 de 21 de octubre de 2021).
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el día siguiente la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. No obstante, si el último día del plazo es inhábil, el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
2. Documentación
La solicitud de subvención deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Redacción de proyectos
a) Memoria descriptiva y justificativa del objetivo y alcance de la actuación que esté prevista desarrollar en el proyecto, así como la documentación gráfica necesaria para la correcta interpretación de la propuesta.
- Ejecución de obras
a) Proyecto básico y de ejecución o equivalente suscrito por técnico competente en soporte informático.
- Documentación común
b) Aprobación de la documentación técnica requerida por órgano competente del Ayuntamiento.
c) Acuerdo municipal de solicitud de subvención.
Quinto. Actuaciones subvencionables.
5.1 Redacción de proyectos
1. Serán subvencionables los honorarios de redacción de proyectos básico y de ejecución o equivalentes cuyo objeto sea la adecuación y naturalización del espacio público urbano mediante la implementación de Soluciones Basadas en la Naturaleza.
5.2 Ejecución de obras
1. Serán subvencionables la ejecución de obras contempladas en proyectos cuyo objeto sea la adecuación y naturalización del espacio público urbano mediante la implementación de Soluciones Basadas en la Naturaleza.
Sexto. Presupuesto protegible.
6.1 Redacción de proyectos:
El presupuesto protegible será el importe de los honorarios de redacción del proyecto, IVA no incluido. Los honorarios de redacción del proyecto incluirán los honorarios correspondientes a la redacción del estudio de seguridad y salud, así como los de los anexos complementarios de intervención botánica, de accesibilidad, correspondientes a instalaciones u otros que fueran necesarios. No incluirá honorarios por dirección de obras y coordinación de seguridad y salud.
Los honorarios de redacción del proyecto no podrán superar el 9% del presupuesto de ejecución material de las obras, IVA no incluido.
Ejecución de obras:
El presupuesto protegible será el coste total subvencionable, que podrá incluir el coste de ejecución material, y en su caso gastos generales y beneficio industrial. Quedan excluidos, impuestos, tasas, o tributos.
Séptimo. Plazo de ejecución de las actuaciones.
7.1 Redacción de proyecto
El plazo máximo para la redacción del proyecto será de doce meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la subvención.
7.2 Ejecución de obras
El plazo máximo para la ejecución de las obras será de veinticuatro meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la subvención.
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