EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE, DE 19 DE JULIO DE 2019, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA BASADAS EN ENERGÍAS RENOVABLES Y DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICACIONES DESTINADAS PARA SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE ENTIDADES LOCALES PARA EL AÑO 2019.
BDNS (Identif.): 467948.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultase en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las Entidades Locales pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 15.000 habitantes o que, siendo superior, la edificación o instalación pertenezca a un núcleo cuya población en conjunto, sea inferior a 1.500 habitantes.
No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Entidades Locales en las que concurran algunas de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente Resolución tiene por objeto convocar para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la implantación, en edificaciones e instalaciones de propiedad municipal destinadas para servicio público, de sistemas de producción de energía eléctrica mediante el empleo de energías renovables, Medida A, y de ahorro y eficiencia energética, Medida B.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden MED/10/2019, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para instalaciones de producción de energía basadas en energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en edificaciones destinadas para servicio público municipal de Entidades Locales, publicada en el B.O.C. n.º 105, de 3 de junio de 2019.
Cuarto. Cuantía.
La financiación del gasto que supone la concesión de estas ayudas, que asciende a 200.000 euros, que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.762 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2019.
Estas ayudas están incluidas en el Programa Operativo FEDER Cantabria 2014-2020 por lo que podrán cofinanciarse igualmente por La Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con una tasa de cofinanciación del 50%.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayuda irán dirigidas al Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente conforme al modelo normalizado que figura como Anexo I y se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
La solicitud se podrá presentar en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011, Santander), o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en sus bases reguladoras y conlleva la autorización al Órgano Instructor del expediente para recabar el certificado sobre el estado de cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Gobierno de Cantabria. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.
Cada Entidad Local solicitante podrá presentar una única solicitud, la cual, podrá contener una o varias obras o actuaciones dentro del municipio, pero todas estarán incluidas en un mismo proyecto de inversión.
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