Contratación centralizada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón

 09/01/2019
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Orden HAP/2090/2018, de 20 de diciembre, por la que se modifica el anexo del Decreto 207/2008, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen competencias en materia de contratación centralizada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Autónomos (BOA de 8 de enero de 2019). Texto completo.

ORDEN HAP/2090/2018, DE 20 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO 207/2008, DE 21 DE OCTUBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE DISTRIBUYEN COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

Visto el Acuerdo de la Comisión de Contratación Centralizada, de fecha 13 de diciembre de 2018, y de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 207/2008, de 21 de octubre, por el que se distribuyen competencias en materia de contratación centralizada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Autónomos y con las competencias atribuidas por la letra o) del apartado primero del artículo 1 del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública,

ACUERDO

Primero.- Declarar de necesaria uniformidad para la utilización o ejecución común por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Públicos, los siguientes servicios:

- Gestión integral de desfibriladores.

- Mantenimiento de edificios y de inspección de instalaciones.

- Mantenimiento y/o reparación de vehículos.

- Recambio de neumáticos.

Segundo.- Modificar a tal efecto el "anexo de Obras, Servicios y Suministros susceptibles de contratación centralizada", aprobado por Decreto 207/2008, de 21 de octubre , por el que se distribuyen competencias en materia de contratación centralizada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Autónomos, y modificado con posterioridad por Orden de 6 de julio de 2009, del Consejero de Presidencia y Orden de 14 de noviembre de 2012, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, que queda redactado en los siguientes términos:

Obras, Servicios y Suministros susceptibles de contratación centralizada

Servicios

- Servicio de vehículos con conductor

- Servicios de seguros

- Servicio de desinfección, desinsectación y desratización

- Servicios postales

- Servicio de traslados de equipamiento

- Servicio de agencia de viajes

- Reconocimientos médicos

- Servicio de recogida de tóner y cartuchos de tinta

- Servicio de telecomunicaciones

- Servicio de seguridad

- Servicio de limpieza de edificios administrativos

- Servicio de mensajería y paquetería

- Servicio de apoyo técnico audiovisual

- Servicio de gestión de patentes, marcas y dominios Internet

- Servicio de mediación de seguros

- Servicio de conservación de pintura

- Servicio de publicidad

- Servicio de licencias informáticas

- Servicio de gestión integral de desfibriladores

- Servicio de mantenimiento de edificios y de inspección de instalaciones

- Servicio de mantenimiento y/o reparación de vehículos

- Servicio de recambio de neumáticos

Suministros

- Material ordinario no inventariable de oficina

- Papel de fotocopiadora

- Tóner y material auxiliar de informática

- Impresos, tasas y sobres impresos de carácter general

- Papel y plásticos sanitarios y productos y útiles de limpieza

- Prensa diaria y publicaciones periódicas

- Equipos de informática e informática móvil

- Combustibles de calefacción

- Carburante para vehículos

- Maquinaria diversa de oficina

- Equipos audiovisuales

- Vehículos de turismo, transporte de mercancías y todoterrenos

- Material de telecomunicaciones

- Lencería sanitaria y asistencial

- Equipos de protección individual

- Prendas de trabajo

- Energía eléctrica

- Gas

- Mobiliario de oficina y complementario

- Material diverso para reparaciones de edificios e instalaciones

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