EXTRACTO DE LA ORDEN DE 10 DE OCTUBRE DE 2018, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, COFINANCIABLES POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN COLEGIOS PÚBLICOS DE CASTILLA Y LEÓN.
BDNS (Identif.): 419746
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/419746) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.
Primero.- Beneficiarios.
Municipios de más de 20.000 habitantes (según cifras oficiales elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística, sobre población, resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2017) de la Comunidad de Castilla y León, titulares de colegios de educación primaria, o educación infantil y primaria.
Segundo.- Objeto.
Las presentes subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, tienen por objeto promover a realización en Castilla y León de inversiones en materia de ahorro y eficiencia energética, en los edificios de colegios públicos de educación primaria, o educación infantil y primaria, de municipios de más de 20.000 habitantes de Castilla y León, mediante actuaciones en la envolvente térmica del edificio (incluidos los huecos acristalados), en las instalaciones térmicas, en las instalaciones de iluminación y en los ascensores, que se ordenan en categorías de actuación.
Los centros educativos deberán contar con 15 o más unidades y el año de construcción del edificio deberá ser anterior a 1990.
Tercero.- Bases reguladoras.
La Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, n.º 143, de 25 de julio de 2018 y la Orden EYH/1020/2018, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, n.º 188, de 27 de septiembre de 2018.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía total máxima destinada a financiar las subvenciones convocadas asciende a 2.200.000 €.
La concesión de las subvenciones se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva hasta agotar el presupuesto, aplicando criterios de valoración relativos al mejor ratio energético, número de categorías de actuación a ejecutar y a la mayor reserva de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los procesos selectivos llevados a cabo por la entidad local.
La cuantía de la subvención será de un 60% o un 80% del gasto subvencionable (incluido el IVA no recuperable), en función de la mayor transmitancia de los paramentos o huecos, del mayor rendimiento de las instalaciones o del mayor ahorro de consumo energético.
Según la Base Sexta de las Bases Reguladoras, no se tendrá derecho a subvención cuando la cuantía resultante de aplicar los cálculos del porcentaje de subvención a realizar suponga una cuantía inferior a 100.000 €. Así mismo, la cuantía de subvención global (suma de las parciales relativas a cada categoría) máxima será de 400.000 €.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir de las 09:00 horas del día 31 de octubre de 2018 y finalizará el 30 de noviembre de 2018.
Sexto.- Otros datos.
Entre las obligaciones para poder acceder a la subvención se encuentra la de que el edificio cuente, a la fecha de solicitud, con la inscripción del Certificado de Eficiencia Energética en el Registro de la CCAA de Castilla y León correspondiente. Así mismo, deberá realizarse la inscripción de la actualización de dicho certificado en el registro una vez ejecutada la actuación (con la excepción de la categoría D recogida en el apartado séptimo, punto 2 de la orden de convocatoria).
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