Premios Alfons Ortuño de la Escuela de Administración Pública de Cataluña

 27/03/2018
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Se abre la convocatoria de los Premios Alfons Ortuño de la Escuela de Administración Pública de Cataluña correspondiente al año 2018.

Estos premios tienen por objetivo el reconocimiento de las actuaciones innovadoras y las buenas prácticas en gestión pública que llevan a cabo las administraciones públicas catalanas.

BASES

Artículo 1

Abrir la convocatoria de la cuarta edición de los Premios Alfons Ortuño de la Escuela de Administración Pública de Cataluña, para el año 2018.

Artículo 2

La tramitación, la resolución y el procedimiento de concesión de los premios que prevé esta convocatoria, así como las condiciones, los criterios de evaluación, los requisitos de participación y la documentación que debe aportarse, se establecen en las bases reguladoras aprobadas por la Resolución GAH/192/2018, de 12 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Alfons Ortuño de la Escuela de Administración Pública de Cataluña (DOGC núm. 7559, de 15 de febrero de 2018).

Artículo 3

Únicamente se tendrán en cuenta los proyectos y actuaciones que hayan sido efectivamente implantados por la Administración candidata en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y la fecha final del plazo de presentación de candidaturas.

Artículo 4

El plazo de presentación de candidaturas es de dos meses a contar del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

Las solicitudes deben presentarse por medios electrónicos a través de la plataforma EACAT (https://eacat.cat). El enlace a la plataforma también está disponible en Trámites gencat (http://web.gencat.cat/es/tramits/).

Artículo 5

La presentación de la solicitud comporta la aceptación de las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en esta convocatoria.

Artículo 6

El plazo máximo para resolver y hacer pública la concesión de los premios es de seis meses a contar del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Contra la resolución de concesión, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el órgano que ha dictado el acto o ante la persona titular del Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

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