Subvenciones en rgimen de concurrencia competitiva para proyectos de investigacin innovadores en materia de prevencin de riesgos laborales

 20/05/2025
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Resolucin de 8 de mayo de 2025, del Instituto Andaluz de Prevencin de Riesgos Laborales, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, las subvenciones reguladas en la Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de subvenciones en rgimen de concurrencia competitiva para proyectos de investigacin innovadores en materia de prevencin de riesgos laborales (BOJA de 19 de mayo de 2025). Texto completo.

RESOLUCIN DE 8 DE MAYO DE 2025, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2025, LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2021, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIN DE SUBVENCIONES EN RGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIN INNOVADORES EN MATERIA DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES.

Mediante Orden de la Consejera de Empleo #(053022)#, Formacin y Trabajo Autnomo, de 23 de noviembre de 2021, y su correccin de errores, se aprueban las bases reguladoras para la concesin de subvenciones en rgimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigacin innovadores en materia de prevencin de riesgos laborales, (BOJA nm. 229, de 29 de noviembre de 2021, y BOJA nm 242, de 20 de diciembre de 2021). Lnea 9.1 del Plan Estratgico de Subvenciones de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autnomo para el perodo 2023-2025, aprobado mediante Orden de la citada Consejera, de 1 de agosto de 2023.

Conforme al apartado 13 del cuadro resumen de la Orden de 23 de noviembre de 2021, el rgano gestor de estas subvenciones es la Direccin-Gerencia del Instituto Andaluz de Prevencin de Riesgos Laborales.

En el marco de la referida Orden de 23 de noviembre de 2021, se determinan los proyectos concretos a los que resulta de aplicacin y se especifica el rgimen jurdico para su regulacin.

En el punto 1 de la disposicin adicional primera de la citada Orden de 23 de noviembre de 2021, se delega en la persona titular de la Direccin-Gerencia del Instituto Andaluz de Prevencin de Riesgos Laborales la competencia para efectuar la convocatoria pblica de las subvenciones reguladas en la misma, mediante resolucin, en la que se establecer el plazo de presentacin de las solicitudes de subvenciones y se aprobarn los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones.

Segn lo dispuesto en el apartado 1 de la disposicin adicional segunda de la misma Orden de 23 de noviembre de 2021, para cada convocatoria se establecer la cuanta mxima de crditos que corresponda en cada ejercicio segn las disponibilidades presupuestarias existentes.

A la vista de lo anterior, y en uso de las competencias conferidas por el Ttulo VII del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pblica de la Junta de Andaluca, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo #(008057)#, en relacin con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio #(055180)#, sobre reestructuracin de Consejeras, y el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio #(055180)#, sobre reestructuracin de Consejeras, el Decreto 155/2022, de 9 de agosto #(055098)#, por el que se regula la estructura orgnica de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autnomo, la Orden de 14 de octubre #(055254)# de 2022, por la que se delegan competencias en rganos directivos y entidades de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autnomo, y la disposicin adicional primera de la Orden de 23 de noviembre de 2021,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2025 las subvenciones reguladas en la Orden de la Consejera de Empleo #(053022)#, Formacin y Trabajo Autnomo, de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigacin innovadores en materia de prevencin de riesgos laborales.

La convocatoria se publicar en el Catlogo de Procedimientos y Servicios de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autnomo.

Segundo. Conceptos subvencionables.

1. Slo podrn financiarse en la presente convocatoria los conceptos subvencionables definidos en el apartado 2.a) del cuadro resumen de la Orden de 23 de noviembre de 2021. De conformidad con lo previsto en dicho apartado, se consideran prioritarios en la presente convocatoria aquellos proyectos de investigacin que versen sobre aspectos relacionados con los riesgos psicosociales, los riesgos de trabajos en altura, la seguridad vial laboral, colectivos vulnerables y enfermedades profesionales, sin que ello suponga exclusin de otras materias e introduciendo siempre la perspectiva de gnero y en la medida de lo posible el estudio de los colectivos vulnerables.

2. El plazo de ejecucin de las actividades subvencionadas para la presente convocatoria ser como mximo seis meses a contar desde la fecha de la resolucin de concesin, pudiendo ser reducido este plazo en la propia resolucin de concesin.

3. De conformidad con el apartado 2.c) del cuadro resumen, cada entidad solicitante slo podr presentar un mximo de dos solicitudes de subvencin.

Tercero. Rgimen jurdico.

La solicitud, concesin y aplicacin de estas subvenciones se regirn, adems de por la presente convocatoria, por lo establecido en las siguientes disposiciones:

a) Orden de la Consejera de Empleo #(053022)#, Formacin y Trabajo Autnomo, de 23 de noviembre de 2021 (BOJA nm. 229, de 29 de noviembre de 2021, y correccin de errores en BOJA nm. 242, de 20 de diciembre de 2021).

b) Orden de la Consejera de la Presidencia, Administracin Pblica e Interior, de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administracin de la Junta de Andaluca para la concesin de subvenciones en rgimen de concurrencia competitiva (BOJA nm. 249, de 30 de diciembre de 2019).

c) Con carcter especfico, las presentes subvenciones se regirn por las normas a las que hace referencia el apartado 3 del cuadro resumen que se relacionan:

- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la proteccin de las personas fsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulacin de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE #(060443)# (Reglamento General de Proteccin de Datos #(037364)# ).

- Ley Orgnica 3/2018, de 5 de diciembre #(050868)#, de Proteccin de Datos Personales y garanta de los derechos digitales.

Cuarto. Entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y excepciones.

1. En virtud de lo establecido en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de la Orden de 23 de noviembre de 2021, podrn solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria: las Universidades, ctedras en prevencin de riesgos laborales, entidades acadmicas, asociaciones y entidades sin nimo de lucro, que realicen proyectos de investigacin, desarrollo e innovacin en materia de prevencin de riesgos laborales.

2. Los requisitos que deben reunir las entidades solicitantes, el periodo durante el que deben mantener su cumplimiento, y otras circunstancias que impiden obtener la condicin de entidad beneficiaria se incluyen en el apartado 4.a).2.º y letras b), c), d) y e) del apartado 4 del cuadro resumen.

Quinto. Cuanta de las subvenciones y gastos subvencionables.

Conforme al apartado 5.a) del cuadro resumen, la subvencin a conceder a cada proyecto o actividad no podr exceder el porcentaje mximo sobre el presupuesto aceptado, ni las cuantas mximas y mnimas, que se establecen a continuacin:

Tabla omitida.

Los gastos subvencionables sern los determinados en el apartado 5.c).1.º del cuadro resumen, los cuales podrn ser compensados hasta un mximo del 25%, sin que en ningn caso pueda superarse la cuanta total de la subvencin concedida ni las limitaciones en las partidas para las que se establecen porcentajes mximos respecto al coste subvencionable del proyecto.

Conforme a lo dispuesto en el apartado 5.e) del cuadro resumen, el plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables, ser desde el da siguiente a la fecha de publicacin de la convocatoria hasta un mximo de seis meses a contar desde la fecha de la resolucin de concesin, pudiendo ser reducido este plazo en la propia resolucin de concesin.

Sexto. Limitaciones presupuestarias.

La presente convocatoria se circunscribe a las actuaciones cuya dotacin presupuestaria se produce con cargo a recursos de la Junta de Andaluca consignados en los presupuestos para los ejercicios 2025 y 2026. En todo caso, la concesin de las subvenciones estar limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con el artculo 119.2.j) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pblica de la Junta de Andaluca, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo #(008057)#.

Sptimo. Crditos presupuestarios.

1. Las subvenciones se concedern con cargo a los crditos presupuestarios de las posiciones presupuestarias G/31O/44101/00 y G/31O/48300/00, del programa 31O Prevencin de Riesgos Laborales y Salud Laboral. Se podrn adquirir compromisos de gasto de carcter plurianual por las cuantas totales mximas que para cada anualidad y tipo de entidad beneficiaria se detallan a continuacin:

Tabla omitida.

2. La distribucin entre los distintos crditos presupuestarios tiene carcter estimativo, por lo que de conformidad con lo establecido en el prrafo segundo del artculo 9.4 #(050016) ar.9# de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestin presupuestaria del gasto pblico derivado de las subvenciones otorgadas por la Administracin de la Junta de Andaluca y sus agencias administrativas y de rgimen especial, los crditos de aquellas partidas presupuestarias que no queden agotados podrn incrementar el resto de partidas presupuestarias en funcin del grado de ejecucin de las mismas.

Octavo. Aumentos en el crdito disponible.

1. Conforme a lo establecido en la letra e) del artculo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesin de Subvenciones de la Administracin de la Junta de Andaluca, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo #(018974)#, y de acuerdo con el artculo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, en el supuesto de eventuales aumentos sobrevenidos en el crdito disponible, la Direccin-Gerencia del Instituto Andaluz de Prevencin de Riesgos Laborales (en adelante IAPRL), podr dictar una resolucin complementaria de concesin de la subvencin que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hubieran sido beneficiarias por agotamiento del mismo. Estos aumentos en el crdito disponible se distribuirn respetando el orden de prelacin entre las solicitudes, establecido por la comisin de valoracin regulada en el apartado 13 del cuadro resumen.

2. No se considera un aumento de la cuanta mxima del crdito aprobado de la convocatoria los eventuales incrementos sobrevenidos en el crdito disponible de la misma, como consecuencia de la renuncia de personas o entidades beneficiarias, la revocacin de la resolucin de concesiones, o sobrantes del crdito estimado por menor nmero de solicitudes presentadas en alguno de los mbitos territoriales y/o funcionales, que posibiliten una resolucin complementaria en esa misma convocatoria.

Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Durante el ejercicio presupuestario de 2025, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se autoriza a la Direccin-Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolucin de concesin, as como para suspender o no realizar las convocatorias futuras. Todo ello en los trminos establecidos en el artculo 29.2 #(057524) ar.29# de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autnoma de Andaluca para el año 2025.

Dcimo. Solicitudes y formularios. Presentacin electrnica.

1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como anexos y que se relacionan a continuacin, a los que debern ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trmites de reformulacin y aportacin de los documentos citados en el apartado 15.a) del cuadro resumen:

a) Formulario de solicitud (Anexo I).

b) Formulario de alegaciones/aceptacin/reformulacin y presentacin de documentos (Anexo II).

Los formularios anteriores se podrn obtener en la oficina virtual de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autnomo, desde la siguiente direccin electrnica del Catlogo de Procedimientos y Servicios:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24637.html

2. Las solicitudes de subvenciones se ajustarn al modelo que figura como Anexo I e irn dirigidas a la Direccin-Gerencia del IAPRL, conforme a lo dispuesto en el apartado 10.b) del cuadro resumen.

3. Las solicitudes de subvencin y, en su caso, dems documentacin, se podrn presentar, segn lo dispuesto en el apartado 10.c) del cuadro resumen, en el Registro Electrnico nico de la Administracin de la Junta de Andaluca:

https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html

4. Se considerar como fecha de la solicitud la de su presentacin electrnica en el Registro Electrnico nico de la Administracin de la Junta de Andaluca, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 14.2, en relacin con el artculo 68.4 #(013300) ar.68# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Pblicas.

Undcimo. Plazo de presentacin de solicitudes.

1. De conformidad con lo establecido en el apartado 11.b) del cuadro resumen, el plazo de presentacin de solicitudes ser de veinte das a contar desde el da siguiente al de la publicacin en el Boletn Oficial de la Junta de Andaluca del extracto de la misma previsto en el artculo 20.8.a) #(003434) ar.20# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No sern admitidas a trmite las solicitudes que se presenten fuera del plazo anteriormente establecido.

2. Dado que de conformidad con el apartado 2.c) del cuadro resumen, cada entidad puede presentar dos solicitudes en el caso de que se presentara ms de dos, las dos ltimas registradas en plazo en cualquiera de las direcciones electrnicas citadas en el nmero 3 del apartado dcimo, sustituir a las anteriores a los efectos de tramitacin del procedimiento de concesin de subvenciones.

Duodcimo. rganos competentes.

Los rganos competentes para la instruccin, evaluacin y resolucin del procedimiento de concesin de subvenciones sern los previstos en el apartado 13 del cuadro resumen de la Orden de 23 de noviembre de 2021.

Decimotercero. Plazo de resolucin.

El plazo mximo para resolver y publicar la resolucin del procedimiento de concesin de estas subvenciones es de tres meses desde el da siguiente al de la finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 16 del cuadro resumen de la Orden de 23 de noviembre de 2021.

Decimocuarto. Notificacin de los actos administrativos mediante publicacin en la web.

Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas y, en particular, los requerimientos de subsanacin, el trmite de audiencia y la resolucin del procedimiento, sern publicados ntegramente en el tabln de anuncios de la pgina web de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autnomo, en la siguiente direccin electrnica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/anuncios.html

Dicha publicacin sustituye a la notificacin personal y surte los mismos efectos, segn lo previsto en los artculos 17 y 30 del Reglamento de los Procedimientos de Concesin de Subvenciones de la Administracin de la Junta de Andaluca, y en relacin con lo recogido en el apartado 19 del cuadro resumen.

Decimoquinto. Forma y secuencia de pago.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro resumen, el abono de la subvencin concedida se efectuar mediante un primer pago correspondiente al 50% del importe total de la cantidad concedida, tras la publicacin de la resolucin de concesin, librndose la cantidad restante, una vez finalizada la actividad o proyecto subvencionado, previa presentacin por la entidad beneficiaria de los documentos justificativos que se especifican en el apartado 26 del mismo cuadro resumen, y tras la comprobacin tcnica y documental de su ejecucin conforme a lo establecido en el apartado 23.b).3.º

Decimosexto. Devolucin voluntaria de la subvencin.

Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artculo 124 quter del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pblica de la Junta de Andaluca, los medios disponibles para que la entidad beneficiaria pueda efectuar la devolucin voluntaria de la subvencin, o solicitar la compensacin o el aplazamiento y fraccionamiento con reconocimiento de deuda, regulados en los apartados 1 y 2 de dicho artculo, se encuentran en la siguiente direccin electrnica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html

Decimosptimo. Efectos.

La presente resolucin surtir efectos el da siguiente al de la publicacin en el Boletn Oficial de la Junta de Andaluca del extracto de la presente convocatoria, previsto en el artculo 20.8.a) #(003434) ar.20# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

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