Proyectos en materia de residuos

 19/05/2025
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Orden de 22 de abril de 2025, de modificacin de diversas rdenes por las que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos en materia de residuos, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU, y se efectan sus convocatorias en el ao 2023 (BOJA de 15 de mayo de 2025). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 2025, DE MODIFICACIN DE DIVERSAS RDENES POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIN DE SUBVENCIONES, EN RGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A PROYECTOS EN MATERIA DE RESIDUOS, DENTRO DEL PLAN DE APOYO A LA IMPLEMENTACIN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIN, TRANSFORMACIN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIN EUROPEA-NEXTGENERATIONEU, Y SE EFECTAN SUS CONVOCATORIAS EN EL AÑO 2023.

En el Decreto 170/2024, de 26 de agosto #(057215)#, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, establece en su artculo 1 que corresponde a la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autnoma de Andaluca en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible, as como las competencias en materia de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030.

Con el objeto de acelerar las inversiones necesarias para mejorar la gestin de los residuos en España y garantizar el cumplimiento de los nuevos objetivos comunitarios en materia de gestin de residuos municipales y de envases y residuos de envases, fundamentalmente, en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada en la fecha 20 de junio de 2022, el Ministerio para la Transicin Ecolgica y el Reto Demogrfico aprob por mayora el Acuerdo por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribucin territorial para la ejecucin de crditos presupuestarios relativos al Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia (PRTR), al Programa de Mejora de Gestin de Residuos Municipales y al PIMA Economa Circular en 2022. Este Acuerdo se adopta de conformidad con el artculo 148.2.f) #(036563) ar.148# de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico, y el artculo 86 #(003445) ar.86# de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y tras el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 7 de junio de 2022.

Al objeto de posibilitar la ejecucin de la asignacin definitiva de los fondos del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea- NextGenerationEU, para inversiones en materia de gestin de residuos en Andaluca, conforme a las Conferencias Sectoriales, desde la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente se publican las siguientes rdenes de subvenciones que se enmarcan en la inversin C12.I3 “Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos y al fomento de la economa circular”, del Componente 12 “Poltica Industrial 2030” del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia de España, encuadrndose en el campo de intervencin: “042 Gestin de residuos domsticos: Medidas de prevencin, minimizacin, separacin, reutilizacin y reciclado”:

- Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantacin, ampliacin o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones especficas de tratamiento biolgico, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU (lnea 1) y se efecta su convocatoria en el año 2023.

- Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de construccin, adaptacin y mejora de instalaciones especficas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU, (lnea 2), y se efecta su convocatoria en el año 2023.

- Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecnico-biolgico existentes para incrementar su eficacia en la recuperacin de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU (lnea 4) y se efecta su convocatoria en el año 2023.

Tal y como se señala anteriormente, estas ayudas fueron aprobadas conforme al Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022. En dicho Acuerdo se señala que los proyectos financiados con cargo al Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, el plazo para su ejecucin, podrn haberse iniciado desde 1 de marzo de 2020 y finalizarn como muy tarde, con posibles prrrogas incluidas, el 31 de mayo de 2026.

Los retrasos existentes en el proceso de tramitacin de las ayudas objeto de la Orden de 8 de marzo de 2024, que han trado como consecuencia la imposibilidad, por parte de las entidades beneficiarias, del cumplimiento de los plazos señalados en las bases reguladoras para la finalizacin de la ejecucin del proyecto objeto de las ayudas de la lnea 1, sublnea 1.1, conforme a la Orden de 4 de septiembre de 2023, por lo que ha sido necesario modificar este plazo.

Por otra parte, en varias de las rdenes dictadas, ha sido detectada la necesidad de realizar algunas Modificaciones en relacin a los plazos de justificacin, plazo de reformulacin, as como en relacin con el plazo para aprobacin del correspondiente Plan Antifraude conforme a lo previsto en la normativa de aplicacin.

En base a lo anterior, se precisa llevar a cabo una modificacin de las rdenes dictadas, concretamente:

1. Modificacin de finalizacin del plazo de ejecucin de los proyectos de la lnea 1.1 de 31 de diciembre de 2024, en la Orden de 4 de septiembre de 2023, lnea 1, en cuanto a que este plazo finalizara antes del 30 de noviembre de 2025, en lugar de antes del 31 de diciembre de 2024.

2. Modificacin de los plazos de solicitud de ampliacin de plazo tanto de justificacin como de ejecucin por parte de la entidad beneficiaria en el conjunto de las rdenes citadas.

3. Modificacin de las bases reguladoras en lo referente a la aprobacin del Plan Antifraude por parte de las entidades beneficiarias, en los mismos trminos expresados en el artculo 6 #(054168) ar.6# de la Orden HFP/1030/2021 del 29 de septiembre de 2021, por la que se configura el sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, en la Orden de 4 de septiembre de 2023 de la lnea 1, sublnea 1.1, la Orden de 4 de septiembre de 2023 de la linea 2 y la Orden de 4 de septiembre de 2023 de la lnea 4, sublnea 4.3.

4. Modificacin de las bases reguladoras en relacin con el cmputo de plazos de reformulacin de las solicitudes previsto en la Orden de 4 de septiembre de 2023 de la lnea 1, sublnea 1.1, la Orden de 4 de septiembre de 2023 de la linea 2 y la Orden de 4 de septiembre de 2023 de la lnea 4, sublnea 4.3.

En virtud de lo expuesto y en ejercicio de la competencia que me confiere en el artculo 3 #(057215) ar.3# del Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, as como en los artculos 115 #(008057) ar.115# del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pblica de la Junta de Andaluca, y 22 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo #(018974)#, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesin de Subvenciones de la Administracin de la Junta de Andaluca,

D I S P O N G O

Artculo 1. Modificar la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantacin, ampliacin o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones especficas de tratamiento biolgico, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU (lnea 1) y se efecta su convocatoria en el año 2023.

1. Se modifica el artculo 2, cuarto.2, de la orden, con la siguiente redaccin:

“2. Los proyectos objeto de financiacin debern haberse iniciado con posterioridad al 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecucin finalizar antes del 30 de noviembre de 2025. Se entender como proyecto iniciado aquel en el que haya comenzado la implantacin de la recogida separada de fraccin orgnica.”

2. Se modifica el artculo 1.5 del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“5. Los proyectos objeto de financiacin debern haberse iniciado con posterioridad al 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecucin finalizar antes del 30 de noviembre de 2025. Se entender como proyecto iniciado aquel en el que haya comenzado la implantacin de la recogida separada de fraccin orgnica, conforme al Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022.”

3. Se modifica el artculo 7.4.g) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“g) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables.

Los proyectos objeto de financiacin debern haberse iniciado con posterioridad al 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecucin finalizar antes del 30 de noviembre de 2025. Se entender como proyecto iniciado aquel en el que haya comenzado la implantacin de la recogida separada de FORS.

El organismo otorgante podr prorrogar este plazo, a peticin del beneficiario, si ste acredita la imposibilidad de ejecutar el proyecto dentro del plazo previsto para causa justificada, en los trminos y condiciones previstos en el artculo 24 de las presentes bases reguladoras.

Las solicitudes de prrroga del plazo debern presentarse hasta un mes antes del final del perodo de ejecucin.

Esta prrroga no podr exceder el plazo mximo establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022, y podr concederse siempre y cuando no se dañen los derechos de terceros.”

4. Se modifica el artculo 13.1.j) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“j) Declaracin responsable de que, en caso de resultar beneficiario, reforzarn los mecanismos para la prevencin, deteccin y correccin del fraude la corrupcin y los conflictos de inters y para ello se comprometern a la elaboracin de un Plan Antifraude en un plazo inferior a 90 das desde la notificacin de la resolucin de concesin de la ayuda y a presentarlo junto con la solicitud de pago de esta ayuda.”

5. Se modifica el artculo 20.1.b) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“b) Reformular su solicitud siempre que el importe de la subvencin de la propuesta de resolucin provisional sea inferior al que figura en su solicitud, se podr instar de la entidad beneficiaria la reformulacin de su solicitud en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvencin otorgable a la nueva cuanta. En todo caso se respetar el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoracin establecidos en estas bases reguladoras.

Si la Administracin propone a la entidad solicitante la reformulacin de su solicitud prevista en el artculo 27 #(003434) ar.27# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y esta no contesta en el plazo que aqulla le haya otorgado, se mantendr el contenido de la solicitud inicial.

En todo caso, la reformulacin de solicitudes se realizar en el plazo de 10 das contados desde el da siguiente al de la notificacin.”

6. Se modifica el artculo 25.2.m) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“m) Las entidades beneficiarias de las presentes subvenciones adquirirn la condicin de Entidad Ejecutora conforme a la “Resolucin 1/2022, de 12 de abril, de la Secretara General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condicin de entidad ejecutora, la designacin de rganos responsables de medidas y rganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia” y por ello, debern cumplir todas las obligaciones que se establecen para dichas Entidades Ejecutoras en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre #(054168)#, por la que se configura el sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, incluyendo entre otras:

- La obligacin de registrar la informacin oportuna en relacin a las ayudas percibidas en el Sistema CoFFEE y la emisin de los oportunos informes establecidos en la citada Orden para el seguimiento de la ejecucin de las actuaciones.

- Tener aprobado un Plan de Medidas Antifraude en los trminos expresados en el artculo 6 #(054168) ar.6# de la Orden HFP/1030/2021, en un plazo inferior a 90 das desde la notificacin de la resolucin de concesin de la ayuda y presentarlo junto con la solicitud de pago, as como, presentar junto a la misma, las Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) que sean pertinentes en los procedimientos de contratacin pblica que realicen para la ejecucin de las actuaciones objeto de subvencin, conforme al modelo del Anexo IV de la Orden HFP/1030/2021 y cumplir lo establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al anlisis sistemtico del riesgo de conflicto de inters en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia.

- En aplicacin del artculo 31.3 #(003434) ar.31# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantas establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre #(039439)#, de Contratos del Sector Pblico, por la que se trasponen al ordenamiento jurdico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2017/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para el contrato menor, la entidad beneficiaria deber solicitar como mnimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carcter previo a la contraccin del compromiso para la obra, la prestacin del servicio o la entrega del bien, en los trminos y con las excepciones previstas en el citado artculo y presentarlas junto con la solicitud de pago.”

7. Se modifica el artculo 27.15 del Anexo I de la orden con la siguiente redaccin:

“15. Se consideran gastos justificables los realizados dentro del plazo de ejecucin, es decir, a partir del 1 de marzo de 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2025, salvo prrroga en los trminos previstos en el artculo 7.”

8. Se modifica el artculo 27.17 del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“17. El rgano concedente puede ampliar el plazo de justificacin, a peticin de la entidad beneficiaria, si acredita hasta 10 das antes de la finalizacin del plazo correspondiente, en los trminos y condiciones previstos en el artculo 32 #(013300) ar.32# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la imposibilidad de dar cumplimiento a esta obligacin por causa justificada. Esta ampliacin de plazos no puede exceder la mitad del plazo inicialmente establecido, y en ningn caso podr perjudicar derechos de terceras personas.”

Artculo 2. Modificacin de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de construccin, adaptacin y mejora de instalaciones especficas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU (lnea 2), y se efecta su convocatoria en el año 2023.

1. Se modifica el artculo 7.3.g) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“g) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables.

Los proyectos objeto de financiacin debern haberse iniciado con posterioridad al 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecucin finalizar antes del 30 de noviembre de 2025. Se entender como proyecto iniciado aquel en el que haya comenzado las obras de construccin, adaptacin o mejora de las instalaciones.

Para acreditar lo anteriormente señalado ser necesario que las entidades solicitantes aporten declaracin responsable u otra documentacin justificativa que acredite que las actuaciones y obras se iniciaron con fecha posterior al 1 de marzo de 2020, o del no inicio de las actuaciones y obras a la fecha de la presentacin telemtica de la solicitud.

El organismo otorgante podr prorrogar este plazo, a peticin del beneficiario, si ste acredita la imposibilidad de ejecutar el proyecto dentro del plazo previsto para causa justificada, en los trminos y condiciones previstos en el artculo 24 de las presentes bases reguladoras.

Las solicitudes de prrroga del plazo debern presentarse hasta un mes antes del final del perodo de ejecucin. Esta prrroga no podr exceder el plazo mximo establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022, y podr concederse siempre y cuando no se dañen los derechos de terceros.”

2. Se modifica el artculo 13.1.j) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“j) Declaracin responsable de que, en caso de resultar beneficiario, reforzarn los mecanismos para la prevencin, deteccin y correccin del fraude la corrupcin y los conflictos de inters y para ello se comprometern a la elaboracin de un Plan Antifraude en un plazo inferior a 90 das desde la notificacin de la resolucin de concesin de la ayuda y a presentarlo junto con la solicitud de pago de esta ayuda.”

3. Se modifica el artculo 20.1.b) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“b) Reformular su solicitud siempre que el importe de la subvencin de la propuesta de resolucin provisional sea inferior al que figura en su solicitud, se podr instar de la entidad beneficiaria la reformulacin de su solicitud en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvencin otorgable a la nueva cuanta. En todo caso se respetar el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoracin establecidos en estas bases reguladoras.

Si la Administracin propone a la entidad solicitante la reformulacin de su solicitud prevista en el artculo 27 #(003434) ar.27# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y esta no contesta en el plazo que aqulla le haya otorgado, se mantendr el contenido de la solicitud inicial.

En todo caso, la reformulacin de solicitudes se realizar en el plazo de 10 das contados desde el da siguiente al de la notificacin.”

4. Se modifica el artculo 25.2.m) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“m) Las entidades beneficiarias de las presentes subvenciones adquirirn la condicin de Entidad Ejecutora conforme a la “Resolucin 1/2022, de 12 de abril, de la Secretara General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condicin de entidad ejecutora, la designacin de rganos responsables de medidas y rganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia” y por ello, debern cumplir todas las obligaciones que se establecen para dichas Entidades Ejecutoras en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre #(054168)#, por la que se configura el sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, incluyendo entre otras:

- La obligacin de registrar la informacin oportuna en relacin a las ayudas percibidas en el Sistema CoFFEE y la emisin de los oportunos informes establecidos en la citada Orden para el seguimiento de la ejecucin de las actuaciones.

- Tener aprobado un Plan de Medidas Antifraude en los trminos expresados en el artculo 6 #(054168) ar.6# de la Orden HFP/1030/2021, en un plazo inferior a 90 das desde la notificacin de la resolucin de concesin de la ayuda y presentarlo junto con la solicitud de pago, as como, presentar junto a la misma, las Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) que sean pertinentes en los procedimientos de contratacin pblica que realicen para la ejecucin de las actuaciones objeto de subvencin, conforme al modelo del Anexo IV de la Orden HFP/1030/2021 y cumplir lo establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al anlisis sistemtico del riesgo de conflicto de inters en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia.

- En aplicacin del artculo 31.3 #(003434) ar.31# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantas establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre #(039439)#, de Contratos del Sector Pblico, por la que se trasponen al ordenamiento jurdico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2017/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para el contrato menor, la entidad beneficiaria deber solicitar como mnimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carcter previo a la contraccin del compromiso para la obra, la prestacin del servicio o la entrega del bien, en los trminos y con las excepciones previstas en el citado artculo y presentarlas junto con la solicitud de pago.”

5. Se modifica el artculo 27.17 del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“17. El rgano concedente puede ampliar el plazo de justificacin, a peticin de la entidad beneficiaria, si acredita hasta 10 das antes de la finalizacin del plazo correspondiente, en los trminos y condiciones previstos en el artculo 32 #(013300) ar.32# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la imposibilidad de dar cumplimiento a esta obligacin por causa justificada. Esta ampliacin de plazos no puede exceder la mitad del plazo inicialmente establecido, y en ningn caso podr perjudicar derechos de terceras personas.”

Artculo 3. Modificacin de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesin de subvenciones, en rgimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecnico-biolgico existentes para incrementar su eficacia en la recuperacin de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de apoyo a la implementacin de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, financiado por la Unin Europea-NextGenerationEU (lnea 4) y se efecta su convocatoria en el año 2023.

1. Se modifica el artculo 7.3.e) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“e) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables.

Los proyectos objeto de financiacin debern haberse iniciado con posterioridad al 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecucin finalizar antes del 30 de noviembre de 2025. Se entender como proyecto iniciado aquel en el que hayan comenzado las obras de construccin, adaptacin o mejora de las instalaciones.

Para acreditar lo anteriormente señalado ser necesario que las Entidades solicitantes aporten declaracin responsable u otra documentacin justificativa que acredite que las actuaciones y obras se iniciaron con fecha posterior al 1 de marzo de 2020, o del no inicio de las actuaciones y obras a la fecha de la presentacin telemtica de la solicitud.

El organismo otorgante podr prorrogar este plazo, a peticin del beneficiario, si ste acredita la imposibilidad de ejecutar el proyecto dentro del plazo previsto para causa justificada, en los trminos y condiciones previstos en el artculo 24 de las presentes bases reguladoras. Las solicitudes de prrroga del plazo debern presentarse hasta un mes antes del final del perodo de ejecucin.

Esta prrroga no podr exceder el plazo mximo establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022, y podr concederse siempre y cuando no se dañen los derechos de terceros.”

2. Se modifica el artculo 13.1.j) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“j) Declaracin responsable de que, en caso de resultar beneficiario, reforzarn los mecanismos para la prevencin, deteccin y correccin del fraude la corrupcin y los conflictos de inters y para ello se comprometern a la elaboracin de un Plan Antifraude en un plazo inferior a 90 das desde la notificacin de la resolucin de concesin de la ayuda y a presentarlo junto con la solicitud de pago de esta ayuda.”

3. Se modifica el artculo 20.1.b) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“b) Reformular su solicitud siempre que el importe de la subvencin de la propuesta de resolucin provisional sea inferior al que figura en su solicitud, se podr instar de la entidad beneficiaria la reformulacin de su solicitud en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvencin otorgable a la nueva cuanta. En todo caso se respetar el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoracin establecidos en estas bases reguladoras.

Si la Administracin propone a la entidad solicitante la reformulacin de su solicitud prevista en el artculo 27 #(003434) ar.27# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y esta no contesta en el plazo que aqulla le haya otorgado, se mantendr el contenido de la solicitud inicial.

En todo caso, la reformulacin de solicitudes se realizar en el plazo de 10 das contados desde el da siguiente al de la notificacin.”

4. Se modifica el artculo 25.2.m) del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“m) Las entidades beneficiarias de las presentes subvenciones adquirirn la condicin de Entidad Ejecutora conforme a la “Resolucin 1/2022, de 12 de abril, de la Secretara General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condicin de entidad ejecutora, la designacin de rganos responsables de medidas y rganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia” y por ello, debern cumplir todas las obligaciones que se establecen para dichas Entidades Ejecutoras en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre #(054168)#, por la que se configura el sistema de gestin del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia, incluyendo entre otras:

- La obligacin de registrar la informacin oportuna en relacin a las ayudas percibidas en el Sistema CoFFEE y la emisin de los oportunos informes establecidos en la citada Orden para el seguimiento de la ejecucin de las actuaciones.

- Tener aprobado un Plan de Medidas Antifraude en los trminos expresados en el artculo 6 #(054168) ar.6# de la Orden HFP/1030/2021, en un plazo inferior a 90 das desde la notificacin de la resolucin de concesin de la ayuda y presentarlo junto con la solicitud de pago, as como, presentar junto a la misma, las Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) que sean pertinentes en los procedimientos de contratacin pblica que realicen para la ejecucin de las actuaciones objeto de subvencin, conforme al modelo del Anexo IV de la Orden HFP/1030/2021 y cumplir lo establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al anlisis sistemtico del riesgo de conflicto de inters en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia.

- En aplicacin del artculo 31.3 #(003434) ar.31# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantas establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre #(039439)#, de Contratos del Sector Pblico, por la que se trasponen al ordenamiento jurdico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2017/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para el contrato menor, la entidad beneficiaria deber solicitar como mnimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carcter previo a la contraccin del compromiso para la obra, la prestacin del servicio o la entrega del bien, en los trminos y con las excepciones previstas en el citado artculo y presentarlas junto con la solicitud de pago.”

5. Se modifica el artculo 27.17 del Anexo I de la orden, con la siguiente redaccin:

“17. El rgano concedente puede ampliar el plazo de justificacin, a peticin de la entidad beneficiaria, si acredita hasta 10 das antes de la finalizacin del plazo correspondiente, en los trminos y condiciones previstos en el artculo 32 #(013300) ar.32# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la imposibilidad de dar cumplimiento a esta obligacin por causa justificada. Esta ampliacin de plazos no puede exceder la mitad del plazo inicialmente establecido, y en ningn caso podr perjudicar derechos de terceras personas.”

Disposicin final primera. Rgimen transitorio.

Las disposiciones reguladas por esta orden sern de aplicacin a los procedimientos en curso instruidos al amparo de las rdenes que se modifican.

Disposicin final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden surtir efectos a partir del da siguiente en el que se publique en el Boletn Oficial de la Junta de Andaluca el extracto previsto en el artculo 20.8 #(003434) ar.20# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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