ORDEN ARP/69/2025, DE 9 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ACC/176/2024, DE 22 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA APLICACIN DEL DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO LEADER EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATGICO DE LA PAC 2023-2027
La Orden ACC/176/2024, de 22 de julio, aprob las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la aplicacin del desarrollo local participativo Leader en el marco del Plan estratgico de la PAC 2023-2027 (DOGC nm. 9212, de 25.7.2024).
Para la tramitacin de las ayudas destinadas a la aplicacin del desarrollo local participativo Leader, se ha considerado necesario incorporar o modificar algunos aspectos de la Orden ACC/176/2024 relacionados con los criterios de seleccin y priorizacin de proyectos de cada grupo de accin local (GAL), e incorporar la modificacin del PEPAC, la decisin C(2024) 6133 final, de 30 de agosto de 2024, y otros aspectos organizativos del Departamento de Agricultura, Ganadera, Pesca y Alimentacin, establecidos en el Decreto 460/2024, de 26 de noviembre.
Por consiguiente, valorada la conveniencia de apoyar a las iniciativas de diversificacin econmica en el mbito territorial Leader mediante una ayuda econmica, de acuerdo con los artculos 92 y 93 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas pblicas de Cataluña, a propuesta de la Direccin General de Desarrollo Rural y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Ordeno:
Artculo 1. Modificacin del Anexo 1 de la Orden ACC/176/2024, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la aplicacin del desarrollo local participativo Leader en el marco del Plan estratgico de la PAC 2023-2027 (DOGC nm. 9212).
1.1 Se modifica el subapartado b del apartado 6.2 del anexo 1, que pasa a tener la siguiente redaccin:
“b) Las personas solicitantes de ayudas Leader que durante las ltimas dos convocatorias hayan renunciado a una ayuda Leader aprobada, la hayan certificado a cero o la hayan certificado por menos de la mitad de su importe aprobado, o a las que se les haya revocado la ayuda pagada, pasarn, por orden de puntuacin, detrs del ltimo expediente denegado por falta de presupuesto, de acuerdo con los criterios de seleccin de cada GAL. Se exceptuar el caso siguiente: expedientes aprobados acogidos a las dos convocatorias anteriores que presenten la renuncia a la ayuda, antes del plazo establecido en cada convocatoria de la anualidad de la resolucin de la ayuda, a los que no se les aplicar el criterio referenciado anteriormente.”
1.2 Se modifica el apartado 7.3 del anexo 1, que pasa a tener la siguiente redaccin:
“7.3 Las ayudas reguladas en estas bases son compatibles con otras que, para la misma finalidad, puedan conceder otras administraciones pblicas o entes pblicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que esta acumulacin no d lugar a una intensidad superior a la que establece el apartado 5.2. Se exceptan de esta compatibilidad las ayudas a inversiones del Plan estratgico de la alimentacin de Cataluña (PEAC) y las ayudas a inversiones de los Fondos Nucleares, que son incompatibles con las ayudas establecidas en esta Orden.”
1.3 Se añade el apartado 15.5, con la siguiente redaccin:
“15.5. Las personas beneficiarias pueden renunciar de manera expresa a la subvencin otorgada, de acuerdo con el artculo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo comn de las administraciones pblicas. La renuncia se puede efectuar despus de la resolucin. Si se ha hecho el pago de la subvencin, la persona beneficiaria debe reintegrar la cuanta correspondiente a las cantidades percibidas en concepto de subvencin, as como los intereses de demora calculados a partir de la fecha de pago de la subvencin o de los anticipos o los pagos a cuenta efectuados hasta la fecha en que se dicte la resolucin de renuncia o hasta el momento en que la persona beneficiaria haya realizado el ingreso efectivo.
El reintegro de las cantidades percibidas, y tambin la cuanta correspondiente a los intereses de demora, se podr hacer efectivo mediante el trmite habilitado en la Sede electrnica, que se facilitar a la resolucin de la concesin.”
Artculo 2. Modificacin del Anexo 2 de la Orden ACC/176/2024, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la aplicacin del desarrollo local participativo Leader en el marco del Plan estratgico de la PAC 2023-2027 (DOGC nm. 9212, de 25).
2.1 Se modifican los criterios de valoracin y priorizacin de los proyectos privados del eje de contribucin a la diversificacin de la economa rural del apartado “a) Asociacin para el Desarrollo Rural de la Cataluña Central (ADRCatCentral)”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Eje de contribucin a la diversificacin de la economa rural (25 puntos como mximo):
nica empresa que desarrolla/desarrollar la actividad en el territorio, acreditado documentalmente por una entidad competente: certificado del ayuntamiento, colegio profesional, cmara de comercio...
- nica empresa que desarrolla la actividad en la entidad singular de poblacin: 10 puntos.
- nica empresa que desarrolla la actividad en el municipio: 20 puntos.
Innovacin de la inversin, acreditada documentalmente: 5 puntos.”
2.2 Se modifican los criterios de valoracin y priorizacin de los proyectos privados del eje de economa circular y de Km 0 del apartado “a) Asociacin para el Desarrollo Rural de la Cataluña Central (ADRCatCentral)”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Eje de economa circular y de Km 0 (50 puntos como mximo):
- Puntuacin del indicador de economa circular. Resultado final = indicador herramienta EnCercla*0,5. En caso de resultar un nmero con decimales, se redondear al nmero entero ms cercano.”
2.3 Se modifican los criterios de valoracin y priorizacin de los proyectos privados del eje de viabilidad econmica del apartado “a) Asociacin para el Desarrollo Rural de la Cataluña Central (ADRCatCentral)”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Eje de viabilidad econmica (40 puntos como mximo):
- Existencia acreditada de la financiacin: 10 puntos.
- Grado de madurez: tener la documentacin necesaria para poder empezar las obras (licencia o comunicado de obras, segn proceda): 10 puntos.
- Rentabilidad del proyecto: presentacin de un estudio de viabilidad de la inversin: 20 puntos.”
2.4 Se suprimen las condiciones de reasignacin del apartado “b) Asociacin para el Desarrollo Rural Integral de la Zona Norte-Oriental de Cataluña (ADRINOC)”.
2.5 Se modifican los criterios de seleccin de los proyectos privados del Eje de Economa y Empleo del apartado “b) Asociacin para el Desarrollo Rural Integral de la Zona Norte-Oriental de Cataluña (ADRINOC)”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Eje de Economa y Empleo (150 puntos como mximo):
- Dimensin de la empresa (microempresa, pequeña empresa, mediana emprendida), 50 puntos como mximo.
- Tipologa de solicitante (empresa de nueva creacin, empresa en funcionamiento), 30 puntos como mximo.
- Domicilio de la persona solicitante (en territorio ADRINOC), 40 puntos.
- Asociacionismo,10 puntos.
- Creacin de empleo, 20 puntos.”
2.6 Se modifican los criterios de seleccin de los proyectos pblicos del apartado “b) Asociacin para el Desarrollo Rural Integral de la Zona Norte-Oriental de Cataluña (ADRINOC)”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Eje de Economa y Empleo (180 puntos como mximo):
- Alcance del proyecto, 40 puntos como mximo.
- Tipologa del proyecto (creacin, ampliacin/mejora), 30 puntos como mximo.
- Cooperacin, 20 puntos.
- Puesta en valor del patrimonio local, 20 puntos.
- Servicios a las personas, 30 puntos.
- Participacin ciudadana, 20 puntos.
- Creacin de empleo, 20 puntos.
Eje de Jvenes (10 puntos como mximo):
- Prcticas de estudiantes, 10 puntos.
Eje de Cambio Climtico (170 puntos como mximo):
- Ubicacin del proyecto (dimensin del municipio en el que se realiza la inversin), 100 puntos como mximo.
- Aprovechamiento de espacios vacos, 30 puntos.
- Estructuras compartidas, 20 puntos.
- Eficiencia de recursos, 20 puntos.
Eje de Innovacin (40 puntos como mximo):
- Acceso a las ayudas Leader, 20 puntos como mximo.
- Singularidad: contribucin de manera singular al desarrollo socioeconmico del territorio, 20 puntos.”
2.7 Se modifican los criterios de priorizacin del apartado “b) Asociacin para el Desarrollo Rural Integral de la Zona Norte-Oriental de Cataluña (ADRINOC)”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Criterios de priorizacin
Inicialmente, se tendr en cuenta para la priorizacin de proyectos lo que establecen las bases reguladoras de las ayudas, as como lo que fije la convocatoria, considerando la siguiente priorizacin:
1.º Los proyectos privados desarrollados por microempresas y pequeñas empresas y los proyectos pblicos desarrollados en territorios de menos de 5.000 habitantes.
2.º Los proyectos privados desarrollados por medianas empresas.
3.º Los proyectos pblicos desarrollados en territorios de ms de 5.000 habitantes.”
2.8 Se modifican los criterios de valoracin y priorizacin de los proyectos privados del eje de economa y empleo del apartado “c) Asociacin para la Gestin del Programa Leader Ripollès Ges Bisaura”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
Eje de economa y empleo (140 puntos como mximo):
- Equilibrio demogrfico, mejora de la calidad de vida y cohesin social: 50 puntos como mximo.
a) Actuaciones promovidas por personas fsicas empadronadas o jurdicas que tengan su sede social y fiscal en municipios del territorio Leader Ripollès Ges Bisaura.
b) Proyecto promovido en poblaciones de menos de 1.000 habitantes.
c) Proyecto promovido por mujeres o que promueve la paridad en la plantilla laboral.
- Fomento de la economa circular: 40 puntos como mximo.
a) Inversin que promueve la contratacin de servicios o bienes en empresas o profesionales del territorio.
b) Pertenencia a alguna entidad asociativa del sector o a alguna marca de producto.
c) Persona emprendedora o empresa que dinamiza el casco urbano del municipio donde est situada.
- Diversificacin del impacto de las ayudas a las empresas: 10 puntos como mximo.
a) Si la empresa o persona emprendedora no ha solicitado una ayuda Leader en las ltimas cinco convocatorias.
- Apoyo al crecimiento del empleo e impacto en la ocupacin local: 40 puntos como mximo.
a) Creacin de nuevos puestos de trabajo fijos, incluido el autoempleo.
b) Impacto de la empresa en la ocupacin local.”
2.9 Se modifican los criterios de valoracin y priorizacin de los proyectos privados del eje de viabilidad econmica del apartado “c) Asociacin para la Gestin del Programa Leader Ripollès Ges Bisaura”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Eje de economa y empleo (160 puntos como mximo):
- Equilibrio demogrfico, mejora de la calidad de vida y cohesin social, 50 puntos como mximo.
a) Actuaciones promovidas por personas fsicas empadronadas o jurdicas que tengan su sede social y fiscal en municipios del territorio Leader Ripollès Ges Bisaura.
b) Proyecto promovido en poblaciones de menos de 1.000 habitantes.
c) Proyecto promovido por mujeres y/o que promueve la paridad en la plantilla laboral.
- Fomento de la economa circular, 40 puntos como mximo.
a) Inversin que promueve la contratacin de servicios y/o bienes en empresas o profesionales del territorio.
b) Pertenencia a alguna entidad asociativa del sector o a alguna marca de producto.
c) Persona emprendedora o empresa que dinamiza el casco urbano del municipio donde est situada.
- Diversificacin del impacto de las ayudas a las empresas, 25 puntos como mximo.
a) Si la empresa o persona emprendedora no ha solicitado una ayuda Leader en las ltimas cinco convocatorias.
- Apoyo al crecimiento del empleo e impacto en la ocupacin local, 45 puntos como mximo.
a) Creacin de nuevos puestos de trabajo fijos, incluido el autoempleo.
b) Impacto de la empresa en la ocupacin local.”
“Eje de viabilidad econmica (20 puntos como mximo):
- Acreditacin de fondos de financiacin para ejecutar la actuacin o las actuaciones objeto de la solicitud de subvencin, 20 puntos como mximo.
2.10 Se modifican los criterios de priorizacin del apartado “g) Asociacin Leader de Ponent”, que pasan a tener la siguiente redaccin:
“Criterios de priorizacin
Se priorizarn las personas solicitantes que durante las ltimas tres convocatorias no hayan renunciado a una ayuda Leader aprobada, ni la hayan certificado a cero ni la hayan certificado por menos de la mitad de su importe aprobado, ni a las que se les haya revocado la ayuda pagada. En el caso de los expedientes acogidos a la convocatoria anterior, se considerar renuncia a efectos de priorizacin las renuncias presentadas despus del 30 de septiembre del año de la resolucin.”
2.11 Se modifica la consideracin de renuncia de los criterios de priorizacin del apartado “c) Asociacin para la Gestin del Programa Leader Ripollès Ges Bisaura”, “d) Consorcio Leader de Desarrollo Rural del Camp”, “e) Consorcio GAL Alt Urgell - Cerdanya”, “f) Consorcio para el Desarrollo del Baix Ebre y Montsià”, “h) Consorcio Grupo de Accin Local Noguera Segrià - Norte”, “j) Consorcio para el Desarrollo de la Cataluña Central” y “k) Consorcio Intercomarcal de Iniciativas Socioeconmicas (CIS)” del anexo 2, que pasa a tener la siguiente redaccin:
“En el caso de los expedientes acogidos a la convocatoria anterior, se considera renuncia, a efectos de priorizacin, las renuncias presentadas despus del 30 de septiembre del año de la resolucin.”
Disposicin final
Esta Orden entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
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