Caib.es 16.05.25
Así, en primer lugar, se reconocen y transfieren 50 millones de euros al Ayuntamiento de Palma correspondientes a las anualidades de 2024 y 2025. Además, se modifica con carácter permanente la Ley de capitalidad de Palma, de forma que esta nueva regulación habilite un sistema que permita una financiación más ágil y flexible en la parte imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y asegure una aportación anual mínima, mediante una transferencia de 25 millones de euros, además del porcentaje mínimo de inversión territorializada en el municipio de Palma en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que se mantiene en el 16 % ya vigente.
En la misma línea, se modifican la ley de capitalidad de Ibiza y la ley Menorca Reserva de la Biosfera, de forma que también se aseguran en estos casos determinadas aportaciones anuales mínimas, de 4 millones de euros para el Ayuntamiento de Ibiza y otros 4 para el Consell de Menorca.
Además, para poder enmarcar adecuadamente la cofinanciación a cargo del Govern de les Illes Balears de este bloque de medidas, se modifica la Ley de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas. De esta manera, el régimen excepcional que prevé respecto de la posible cofinanciación de la CAIB de determinadas políticas públicas con competencias concurrentes o con financiación estatal o europeo a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma pero con destino a gastos o inversiones de competencia insular o municipal, incluirá expresamente las materias mencionadas.
En el mismo decreto se modifica la disposición adicional decimotercera del decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Illes Balears. Se prorroga el tiempo para lograr el nivel de catalán por aquel personal que vía proceso de estabilización accedió a la condición de empleado público sin tener el conocimiento lingüístico exigido. De este modo, se evita su remoción, se garantiza su continuidad y se asegura la prestación de los servicios a la ciudadanía.
A la vez, con la aprobación de este Decreto ley, se añade la disposición adicional decimoquinta a la Ley de Función Pública de la CAIB que adecua el nivel de exigencia de lengua catalana al personal de agrupaciones profesionales del Servicio de Salud de las Illes Balears, entre los cuales se encuentran los celadores, ajustando de esta manera el conocimiento lingüístico a las funciones propias de su categoría.
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