El Gobierno de Cantabria convoca subvenciones a mancomunidades de municipios por valor de 309.000 euros

 16/04/2025
 Compartir: 

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) del 15 de abril ha publicado la orden de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa por la que se convocan ayudas, por un importe de 309.000 euros, destinadas a las mancomunidades de municipios de la comunidad autónoma para financiar sus gastos corrientes durante este año.

Cantabria.es 15.04.25

El Gobierno cántabro ha incrementado un 3 por ciento el presupuesto de estas ayudas con respecto al pasado año.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las mancomunidades legalmente constituidas e integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la comunidad autónoma de Cantabria.

El importe de las ayudas deberá destinarse al mantenimiento de la organización administrativa, a la prestación de servicios municipales y al desarrollo de políticas de promoción local de las mancomunidades.

La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 100% de la totalidad del gasto proyectado, con el límite máximo de 60.000 euros. Para el reparto de la ayuda entre las diferentes mancomunidades, el Ejecutivo tendrá en cuenta el número de servicios que presta, los municipios que la componen, la población total y el presupuesto de gasto corriente.

Las mancomunidades que existen en Cantabria se dedican a prestar servicios públicos de forma conjunta en servicios sociales, recogida de residuos sólidos urbanos, cultura, medio ambiente y otros.

La consejera de Presidencia, Isabel Urrutia, ha destacado el compromiso del Gobierno cántabro con las mancomunidades, una unión de municipios que "hace posible la colaboración y la asociación entre entidades locales para prestar mejores servicios a los vecinos". Se trata, ha dicho, de "un apoyo importante para facilitar su funcionamiento y liberar a los ayuntamientos que las integran de financiar su actividad, destinando esos recursos municipales a la prestación de unos mejores servicios públicos".

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir de mañana.

Enlace a la convocatoria publicada hoy en el BOC

Últimos estudios

César Cierco Seira, Eduard-Valentin Pavel, Daniel Oliach Lesan y José Antonio Bonet Lledós
La borrosa frontera entre lo agrícola y lo forestal: el caso de las plantaciones truferas

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Consejo de Ministros aprueba el nombramiento de Concepción Campos Acuña como nueva presidenta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
  2. Tribunal Constitucional: El Tribunal Constitucional, por unanimidad y en diálogo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, aclara su doctrina en relación con el control judicial de cláusulas abusivas
  3. INAP: Publicado el número 40 de la revista Gestión y Análisis de Políticas Públicas
  4. Legislación: Sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales
  5. Actualidad: Óscar López anuncia la implantación de la jornada de 35 horas semanales en la Administración del Estado
  6. Actualidad: España cierra 2025 con un déficit público del 2,2% del PIB y mejora por sexto año consecutivo el objetivo pactado con la UE
  7. Legislación: Normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026
  8. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 1 al 7 de abril de 2026)
  9. INAP: El próximo 14 de abril, el INAP acoge una nueva conferencia centrada en uno de los retos sociales más relevantes de nuestro tiempo: el edadismo
  10. Tribunal Supremo: Afirma el TS la vigencia de la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras regulada por el Decreto 137/1960, que respeta los principios de reserva de ley y de equivalencia

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana