Euskadi.eus 28.03.23
La aprobación del citado plan extenderá sus efectos respecto de las solicitudes de jubilación anteriores al 1 de enero de 2024, sin perjuicio de su posible prórroga, que estará condicionada a cualquier modificación sustancial de la normativa de Seguridad Social reguladora de la jubilación parcial.
El acuerdo fue negociado en el marco de la última reunión de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi celebrada en el mes de febrero y fue suscrita por el Gobierno Vasco y por los sindicatos CC.OO. y UGT.
El ámbito de aplicación del acuerdo se circunscribe al personal representado en la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en concreto a los siguientes ámbitos sectoriales:
- El personal laboral de la Administración General y de sus organismos autónomos
- El personal laboral docente y educativo del Departamento de Educación
- El personal laboral de Educación
- El personal laboral de Religión del Departamento de Educación
- Personal laboral del Departamento de Seguridad
- Personal laboral de Osakidetza
El acuerdo permitirá una mejora sustantiva en el final de la vida laboral del personal laboral y favorecerá la creación simultánea de nuevo empleo, con el objetivo de facilitar un adecuado relevo generacional.
Este Plan de Jubilación Parcial vinculado a contrato de relevo hace posible la mejora de las condiciones laborales de centenares de trabajadores de la Administración, así como el fomento del empleo público.
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