El TSJPV afirma que no se puede imponer a subcontratados las exigencias de euskera de los funcionarios

 03/01/2023
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Así, ha anulado el punto del perfil lingüístico del pliego de condiciones de contrato a una empresa privada por el Ayuntamiento de Barakaldo.

eitb.eus 02.01.2023

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) afirma que no se puede imponer por las administraciones locales las exigencias de euskera de los funcionarios a los trabajadores de las subcontratas que presten servicios para los entes municipales.

El tribunal ha estimado parcialmente en una sentencia el recurso interpuesto por CCOO contra el Ayuntamiento de Barakaldo, en concreto a lo referente a la exigencia del euskera, y anula el pliego de condiciones técnicas del contrato para la gestión de los servicios culturales de proximidad y la ejecución de programas culturales, en el punto en el que establece el perfil lingüístico a los trabajadores de una empresa contratista.

El pliego, ahora anulado, establecía el perfil y las características del personal para la gestión de los programas culturales e incluía a un total de 26 trabajadores a jornada completa. La central sindical denunció que, como novedad, el contrato incluía unos requisitos de perfil lingüístico que tendrían que cumplir "todos los puestos, sin excepción".

En concreto, para los técnicos pedía un perfil 3 de euskera, y para los administrativos y personal de mantenimiento un perfil 2. El contrato se circunscribiría a dos años e imponía a la adjudicataria la obligación de responsabilizarse de que el personal cumpliera con esas exigencias, bien a través de un plan de formación programado por la empresa o bien indicando la necesidad de que el personal se matricule para obtener la certificación lingüística en un plazo no superior al de la duración del contrato.

En su sentencia, el TSJPV afirma que "tal exigencia carece de apoyo legal alguno". "No cabe imponer a los trabajadores de una empresa privada las mismas exigencias que a los empleados públicos", asevera.

Valoración positiva de CCOO

La secretaria general de CCOO Euskadi, Loli García, ha valorado de forma "positiva" la sentencia.

Según ha señalado, desde el sindicato entienden que esa exigencia era "abusiva" y "una discriminación" con un número "muy importante" de trabajadores porque se estaba pidiendo unos perfiles lingüísticos a una empresa privada cuando, "en ningún momento y bajo ningún concepto, se han facilitado medios para que esos trabajadores puedan adquirir esos conocimientos necesarios de forma total y, más aún, en un municipio donde la realidad lingüística es mucho menor de lo que se requería en ese pliego".

García ha precisado que están de acuerdo en extender el uso del euskera y en aplicar políticas públicas para ello pero, "para hacerlo, hay que dar facilidades" y no exigir a los trabajadores que el aprendizaje de una lengua "recaiga sobre sus bolsillos y fuera de sus jornadas de trabajo para poder mantener sus puestos de trabajo".

Barakaldo estudia si recurre la sentencia

Por su parte, el Ayuntamiento de Barakaldo ha asegurado que sus servicios jurídicos estudian si recurren o no la sentencia que rechaza la obligatoriedad del euskera para subrogar, por lo que analizará la resolución judicial "con detenimiento".

Fuentes del Consistorio de la localidad vizcaína han manifestado que, en todo caso, "se garantiza, sin ninguna duda, el puesto de trabajo de toda persona subrogada".

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