Los docentes y sanitarios no estarán afectados por la norma

El C1 de valenciano solo será exigible para ser alto funcionario de la Generalitat

 30/11/2022
 Compartir: 

La consellera de Justicia y Administración Pública, Gabriela Bravo, y la responsable de Educación, Raquel Tamarit, han presentado este lunes el acuerdo al que han llegado ambos departamentos sobre el requisito lingüístico para acceder a la Función Pública. Es decir, el decreto que certifica el grado de conocimiento de valenciano que deberán acreditar todos aquellos que quieran acceder a un puesto de la Administración valenciana. 

Alicanteplaza.es – Marta Gozalbo – 28.11.22

En concreto, se trata de dos normativas. La primera, establece un periodo transitorio desde la actualidad hasta que se convoque la Oferta Pública de Empleo de 2025. Hasta entonces aquellos que quieran acceder al grupo C2 de la Administración deberán acreditar un nivel de valenciano B1 -Grado elemental-, mientras que los que deseen acceder a escalas superiores tendrán que probar que tienen un nivel B2, una escala intermedia entre el elemental y el antiguo Grau Mitjà. 

Ahora bien, no será necesario que los aspirantes tengan que presentarse a un examen en particular, puesto que será la propia Conselleria de Educación la que homologue su grado de conocimiento de la lengua cooficial en función de los estudios que certifiquen. Si se ha superado la asignatura de valenciano en los cuatro cursos de la ESO, expedirá el certificado del B1 y si, además, se hubiera aprobado los dos cursos de Bachillerato, lo harán con el B2 y será automática. 

Estos certificados podrán reclamarlos aquellas personas que han finalizaron sus estudios en el curso 2020/2021 y anteriores. Puesto que los que finalicen el curso 2021/2022, ya se les aplicará otra escala de certificación. A los que obtengan al menos un 7 en la asignatura de valenciano en los dos cursos de bachillerato, la Conselleria de Educación certificará que tiene un nivel de valenciano C1, antiguo Grau Mitjà. Mientras, si las notas son inferiores, tendrán un B2; y si no han cursado Bachillerato, sino que sus estudios han finalizado en la ESO, tan solo podrán obtener un B1. 

A partir de la OPE de 2025

Esta escala de certificación, de hecho, será la que se aplique para acceder a la Función Pública a partir de la Oferta Pública de Empleo de 2025. Así, las personas que decidan opositar para acceder al nivel de funcionarios A1 y A2, es decir, la escala más alta de la Administración, deberán contar con un nivel C1 de valenciano -el Mitjà-. Los que aspiren al grupo B funcionarial deberán tener un nivel B2 de valenciano, como aquellos que se presenten al subgrupo C1, mientras que en el subgrupo C2 se pedirá el nivel de valenciano de B1.

Un mérito para sanitarios

El decreto acordado entre Compromís y PSPV deja fuera a todo el personal sanitario, para el que el valenciano seguirá siendo tan solo un mérito y no un requisito de acceso. Pero también excluye al personal docente, que ya tiene su propia normativa. 

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana