Tribunales
Eleconomista.es – Xavier Gil Pecharromán – 09.02.22
Así, lo determina el juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, que considera que el despido fue consecuencia de la sentencia que la declaró indefinida no fija, puesto que aunque sobre la plaza en la que trabajaba se resolvió un concurso de traslados, ella continuó durante varios meses ocupando la mima plaza, hasta que le fue comunicado su despido dos meses tras la decisión judicial sobre su situación laboral.
"Dicha sentencia es la única causa que puede entenderse motivadora del cese, pues desde el 8 de abril de 2021 no se acredita ni la toma de posesión de la adjudicataria de la plaza, ni razón alguna que hubiese supuesto una demora en la toma de posesión", señala la magistrada Valle Lorenzo.
El sindicato CSIF Madrid, que ha llevado la defensa de la trabajadora, califica el fallo de trascendente.
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