La Generalitat Valenciana recupera la presencialidad total de su personal funcionario a partir del 16 de octubre

 27/09/2021
 Compartir: 

El personal funcionario de la Generalitat volverá al cien por cien de presencialidad a partir del próximo 16 de octubre gracias a la «evolución favorable» de la situación epidemiológica del coronavirus en la Comunidad Valenciana, puesto que todos los indicadores de evaluación de transmisión de Covid-19 muestran una tendencia a la baja que permite avanzar en una «desescalada prudente».

Abc.es 27.09.21

La Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública ha publicado este lunes en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la vuelta a la presencialidad total en puestos de trabajo correspondientes a Presidencia, así como al resto de consellerías y organismos públicos adscritos.

La resolución que permite la recuperación de la máxima presencialidad en la Administración valenciana entra en vigor el sábado 16 de octubre, dejando sin efecto la norma actual, aprobada el pasado 18 de mayo, que acordaba la modalidad de teletrabajo en situación de crisis generada por la pandemia del coronavirus.

No obstante, a pesar de la positiva evolución de la situación epidemiológica del Covid-19 en la Comunidad Valenciana, la resolución exige a la Generalitat que adopte <<las medidas preventivas de seguridad y salud laboral necesarias con base en los criterios, pautas y recomendaciones que fijen las autoridades sanitarias en cada momento, así como en la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales>>.

La vacunación contra el coronavirus, clave

Uno de los principales indicadores en los que se basa esta nueva normativa, además de la baja incidencia acumulada de nuevos contagios por Covid-19 (52,66 casos por cada 100.000 habitantes, solo por detrás de Asturias, Castilla y León y Galicia), es el avance del proceso de vacunación en la Comunidad Valenciana.

En estos momentos, el porcentaje de personas inmunizadas en el territorio valenciano, susceptibles de recibir la vacuna ante el coronavirus, se sitúa en un 85,2%, cifra que ha permitido al Ejecutivo que preside Ximo Puig a avanzar en la desescalada relajando las medidas que pesaban sobre sectores económicos como el ocio nocturno y la hostelería, en pro de culminar este proceso de <<apertura progresiva>> el próximo 9 de Octubre, cuando se espera alcanzar <<la máxima normalidad posible>>.

De acuerdo con la resolución del 6 de septiembre de la conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, <<la vacunación proporciona a la inmensa mayoría de personas vacunadas una buena protección frente a la enfermedad grave y frente a la hospitalización, resultando efectiva para prevenir la infección asintomática y evitar la transmisión de la enfermedad a otras personas>>.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana