Presidido el acto por el subsecretario del Ministerio de Hacienda y Función Pública

Constituido el Comité de Cooperación en materia de contratación pública

 20/02/2018
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El Comité de Cooperación en materia de contratación pública conjuntamente con la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación conforman la nueva estructura de Gobernanza de la contratación pública establecida por la Ley de Contratos del Sector Público, recientemente aprobada y que da cumplimiento tanto a la normativa como a las recomendaciones realizadas por la Unión Europea en esta materia.

- Con ello se configura la nueva estructura de la gobernanza de la contratación pública establecida en la Ley de Contratos del Sector Público

- Se cumple así la normativa y las recomendaciones de la Unión Europea en esta materia

- Forman parte del Comité representantes de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales

19 de febrero de 2018. El subsecretario del Ministerio de Hacienda y Función Pública, Felipe Martínez Rico, ha presidido hoy el acto de constitución del Comité de Cooperación en materia de contratación pública, que ha celebrado asimismo su primera reunión.

El Comité de Cooperación en materia de contratación pública conjuntamente con la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación conforman la nueva estructura de Gobernanza de la contratación pública establecida por la Ley de Contratos del Sector Público, recientemente aprobada y que da cumplimiento tanto a la normativa como a las recomendaciones realizadas por la Unión Europea en esta materia.

El Comité, que se constituye dentro de esta nueva estructura de Gobernanza como el órgano específico de cooperación de las distintas Administraciones territoriales, está presidido por el Director General de Patrimonio del Estado y formado por representantes de las Administraciones del Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.

Sus funciones están relacionadas con todo el amplio ámbito de la compra pública, desde la supervisión de los procedimientos de contratación con el fin de asegurar que se cumple la normativa aplicable.

Así, se favorecerá que las contrataciones se realicen con medios e instrumentos informáticos y electrónicos eliminando el papel en las licitaciones de contratos; la unificación de criterios de interpretación evitando que las distintas Administraciones apliquen las mismas normas de manera distinta, y las relacionas con la Estrategia Nacional de Contratación que es un instrumento que ha creado la citada Ley de Contratos del Sector Público con la finalidad de contemplar de manera integradora las actuaciones de las Administraciones en materia de contratación pública.

El Comité de Cooperación en materia de contratación pública funcionará a través de del Pleno y las Secciones para atender las competencias principales que tiene encomendadas, tales como regulación de la contratación, información cuantitativa y estadística, contratación electrónica, entre otras.

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