Elperiodicodeextremadura.com 22.11.16
La demanda, que fue presentada en defensa de una afiliada de Mérida, se ha ganado tanto en primera instancia como en el posterior recurso que el SES presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha informado el sindicato en un comunicado. Después de esta última sentencia, el SES ha decidido aceptar los argumentos de CCOO y extenderá este reconocimiento de trabajo efectivo no solo a la demandante sino a toda la plantilla.
La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO ha venido reclamando recurrentemente a la Administración sanitaria de Extremadura que adopte medidas para que las personas que decidieran solicitar permisos parentales no se viesen discriminadas en su trabajo, independientemente de la relación contractual que tenga.
A juicio del sindicato, el tiempo de excedencia y reducción de jornada por cuidado de hijo es disfrutado en su inmensa mayoría por las mujeres, de manera que son a éstas a las que más se les perjudica si no se les reconoce como tiempo efectivo de trabajo.Se vulnera así el derecho fundamental a la igualdad y discriminación por razón de sexo, ha advertido CCOO.
Esta discriminación, ha precisado el sindicato y recoge Efe, también se ha visto reflejada por la condición de fijeza en el empleo público, pues esos períodos de tiempo sí se contemplaban una vez adquirida la condición de personal estatutario propietario.
En su opinión, no debe haber discriminación entre contratados y propietarios. Hasta la promulgación de esta sentencia, según CCOO, se ha venido negando el mismo tratamiento a todos los trabajadores del SES al reconocer derechos en función de la situación contractual de éstos.
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