Una sentencia reconoce la reducción de jornada como trabajo efectivo

 22/11/2016
 Compartir: 

La Justicia ha dado la razón a CCOO en la demanda que presentó frente al Servicio Extremeño de Salud (SES) para que la Administración reconozca completamente como tiempo de trabajo efectivo el tiempo que se está en excedencia o en reducción de jornada por cuidado de hijos.

Elperiodicodeextremadura.com 22.11.16

La demanda, que fue presentada en defensa de una afiliada de Mérida, se ha ganado tanto en primera instancia como en el posterior recurso que el SES presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha informado el sindicato en un comunicado. Después de esta última sentencia, el SES ha decidido aceptar los argumentos de CCOO y extenderá este reconocimiento de trabajo efectivo no solo a la demandante sino a toda la plantilla.

La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO ha venido reclamando recurrentemente a la Administración sanitaria de Extremadura que adopte medidas para que las personas que decidieran solicitar permisos parentales no se viesen discriminadas en su trabajo, independientemente de la relación contractual que tenga.

A juicio del sindicato, el tiempo de excedencia y reducción de jornada por cuidado de hijo es disfrutado en su inmensa mayoría por las mujeres, de manera que son a éstas a las que más se les perjudica si no se les reconoce como tiempo efectivo de trabajo.Se vulnera así el derecho fundamental a la igualdad y discriminación por razón de sexo, ha advertido CCOO.

Esta discriminación, ha precisado el sindicato y recoge Efe, también se ha visto reflejada por la condición de fijeza en el empleo público, pues esos períodos de tiempo sí se contemplaban una vez adquirida la condición de personal estatutario propietario.

En su opinión, no debe haber discriminación entre contratados y propietarios. Hasta la promulgación de esta sentencia, según CCOO, se ha venido negando el mismo tratamiento a todos los trabajadores del SES al reconocer derechos en función de la situación contractual de éstos.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana