La DGA deberá aprobar la oferta pública de empleo de 2014 de Administración General

 06/04/2016
 Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha condenado al gobierno aragonés a aprobar la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2014, en el ámbito de la Administración General, y a pagar las costas del proceso. La sentencia, de fecha 23 de marzo de 2016, estima el recurso contencioso-administrativo promovido por la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, según ha indicado ésta en un comunicado.

Heraldo.es 05.04.16

Los hechos se remontan al 8 de noviembre de 2014 cuando la asociación requirió al consejero de Hacienda y Administración Pública la aprobación de la citada oferta de empleo público, incluyendo la totalidad de las plazas ocupadas por personal interino en los ámbitos de la administración general, educación y sanidad.

Con fecha 16 de diciembre de 2014, el Gobierno de Aragón aprobó los decretos de oferta correspondiente a los ámbitos de educación y sanidad pero omitió la aprobación de oferta con puestos de administración general.

La asociación formuló entonces un recurso contencioso- administrativo frente a la inactividad reglamentaria en que incurría el Gobierno de Aragón al no aprobar la oferta correspondiente al ámbito de administración general, cuya argumentación fue apoyada por el Ministerio Fiscal.

La sentencia dictada finalmente por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA estima en su integridad el recurso planteado por la asociación y refuerza el derecho de acceso a la función pública, entendiendo que vulnera dicho derecho la falta de aprobación de oferta de empleo público -ya sea total o parcial-, y reafirmando la necesidad de que la oferta aprobada incluya la totalidad de las plazas ocupadas por interinos.

Con este nuevo pronunciamiento, la asociación ve refrendada su tesis de que se produce vulneración del derecho de acceso a la función pública cuando la Administración, en contra de lo que exige el Estatuto Básico del Empleado Público, incumple, por inactividad, el deber de aprobar oferta anual de empleo público.

Un incumplimiento que puede ser total o parcial, como en este caso, en el que se aprobó oferta para los sectores de educación y sanidad, pero no para la administración general pese a existir vacantes ocupadas por funcionarios interinos de obligada inclusión en oferta.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana