España y Bélgica firman el nuevo convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal

 16/04/2014
 Compartir: 

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, y el embajador de Bélgica en España, Jan De Bock, han firmado un nuevo protocolo entre ambos países de modificación del convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.

- El ministro Cristóbal Montoro destaca la intención del Gobierno de profundizar en acuerdos que promuevan la inversión empresarial y luchen contra la opacidad fiscal a nivel internacional

15 de abril de 2014.- El nuevo protocolo, firmado hoy en la sede del Ministerio, sustituye al protocolo firmado en 2009 que modificaba el convenio hispano-belga del año 1995. En relación al intercambio de información, el texto queda redactado en línea con el estándar internacional contenido en el modelo de convenio tributario de la OCDE. Entre otras cuestiones, elimina la posibilidad de aducir la existencia de secreto bancario para no atender a un requerimiento de información en materia tributaria. Además, el nuevo protocolo hace referencia expresa a las subdivisiones políticas y entidades locales belgas.

El texto deberá ser ratificado por los respectivos Parlamentos nacionales antes de que entre en vigor el 1 de enero del año siguiente al de su ratificación.

Con la firma del protocolo de hoy, el Gobierno profundiza en su estrategia de fiscalidad internacional basada, por un lado, en promover las inversiones empresariales con nuevos convenios para evitar la doble imposición, y por otra parte, en reducir la opacidad fiscal gracias a acuerdos de intercambio de información tributaria.

Entre los nuevos convenios para evitar la doble imposición y acuerdos de intercambio de información, firmados o rubricados en esta legislatura figuran los de Catar, Bahrein, Austria, Reino Unido, India, Uzbekistán, Chipre, Argentina y Estados Unidos.

En esta línea, el pasado 14 de marzo de 2014 el Consejo de Ministros autorizó la firma de los acuerdos de intercambio de información con las dependencias de la Corona británica de Jersey, Guernesey y la Isla de Man. Se están tramitando acuerdos con otras jurisdicciones como Bermudas, Islas Caimán, Islas Cook, Macao, Mónaco, San Vicente y Las Granadinas y Santa Lucía.

Intercambio automático y estandarizado

Asimismo, España lidera junto a Francia, Italia, Alemania y Reino Unido (G-5) un proyecto piloto para elaborar un sistema global y estandarizado de intercambio automático de información, basado en el modelo de acuerdo FATCA con Estados Unidos.

Hasta la fecha, 44 países y territorios de todo el Planeta han acordado ya adoptar el intercambio automático de información a partir de 2017, en el marco de la Asistencia Mutua Internacional, lo que supone un hito en la lucha contra la opacidad fiscal y los paraísos fiscales.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana