Sustituirá al vigente desde 1975

España y Reino Unido firman el nuevo convenio para evitar la doble imposición entre ambos países. El texto se adapta al modelo de convenio de la OCDE e incluye una cláusula de arbitraje para resolución de conflictos

 26/03/2013
 Compartir: 

El embajador de España en Reino Unido, Federico Trillo, y el secretario del Tesoro británico, David Gauke, han firmado el nuevo convenio entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

25 de marzo de 2013.- Este convenio sustituirá, cuando entre en vigor (en el plazo de tres meses desde su ratificación), al convenio entre España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, formulado en Londres el 21 de octubre de 1975. (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de noviembre de 1976).

El nuevo convenio supone una actualización del articulado del anterior, que, en determinados aspectos, había quedado anticuado como consecuencia del largo periodo de tiempo transcurrido desde su entrada en vigor.

Esta actualización ha permitido adaptarlo tanto a las necesidades derivadas de las actuales relaciones económicas y comerciales entre España y el Reino Unido, como a los sucesivos cambios que se han ido produciendo en el Modelo de Convenio de la OCDE para evitar la doble imposición. De este modo, se da respuesta a los principales problemas que el anterior convenio no podía resolver, como el tratamiento de los residentes no domiciliados en Reino Unido y los trusts, entre otros.

Menor tributación

El nuevo convenio supone una reducción considerable de la tributación en fuente, estableciéndose la tributación exclusiva en residencia para los dividendos derivados de participaciones mayoritarias, así como para intereses y cánones. Asimismo, incluye la cláusula de arbitraje para la resolución de los conflictos que se puedan derivar de la aplicación del convenio.

España avanza así en su compromiso de renegociar todos aquellos convenios que, por el paso del tiempo y las estrechas relaciones económicas que se mantienen con determinados países, necesitan adaptarse a las nuevas circunstancias. El pasado 11 de marzo España y Argentina firmaron también un nuevo acuerdo para evitar la doble imposición y contra la evasión fiscal, que sustituirá el suscrito en 1992.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana