Hacienda confirma que Ourense no necesita su autorización para contratar

 06/03/2013
 Compartir: 

Un informe remitido por el Ministerio y que expuso ayer en una conferencia de prensa la edil de Urbanismo, Aurea Soto, señala que en caso de urgencia para cubrir necesidades urgentes e inaplazables en categorías profesionales prioritarias que afecten a servicios públicos esenciales, no es necesaria su autorización.

Laregion.es

Soto, al leer el informe que entregó a la prensa, precisó que 'únicamente es exigible la autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas en el ámbito de la Administración del Estado' y que 'la ponderación y decisión sobre la excepcionalidad del caso y la presencia del resto de requisitos exigidos por la norma' es una 'facultad de cada Administración en aplicación de sus competencias auto organizativas'.

Por lo tanto, calificó de 'falsas' las afirmaciones del portavoz municipal del PP, Rosendo Fernández, sobre supuestas irregularidades de estas contrataciones que estaba realizando el Ayuntamiento, por lo que anunció que se 'reanudará el proceso sobre ampliación y sustitución de jubilación'.

El informe también apunta que la excepcionalidad y la urgencia de las contrataciones 'ha de estar plenamente justificada, ya que cabe la revisión judicial de la medida en caso de impugnación'

Soto aseguró que se están enfrentando a 'una herencia muy compleja' en relación a problemas urbanísticos, y acusó al PP y a Democracia Ourensana (DO) de 'buscar paralizar la vida municipal'.

Argumentó que el PP 'utiliza las administraciones en las que gobierna para paralizar' y apuntó que la labor de esa formación en el trazado de alta velocidad ferroviaria o en temas de urbanismo se basa en 'intentar que no avancen' para 'impedir incluso la defensa del Ayuntamiento ante la Administración'.

La edil de Personal, Carmen Rodríguez Dacosta, también presente en la conferencia de prensa, apuntó los problemas de urbanismo por jubilaciones y falta de personal cualificado, que complica el correcto funcionamiento de estos departamentos municipales, 'porque el PP reclamó argumentando que las contrataciones estaban mal hechas'.

Manifestó que, pese a todo, 'estaba tranquila porque las contrataciones tenían informe jurídico y técnico' y que con la contestación del Ministerio 'se confirma que en el contexto que nos afecta solamente es exigible la autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el ámbito de la Administración del Estado'.

Para concluir, afirmó que 'el papel de la oposición del PP ante la presencia de nuevos servicios que son esenciales es lamentable' y aludió a la situación del desempleo en la ciudad.

'Ayer se hicieron públicos los datos de desempleo en la ciudad y ahora mismo hay 11.931 parados', apuntó y apostillo: 'si lo que vamos hacer es contratar personal de la ciudad, qué mejor'.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana